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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2009 (15/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de mayo de 2009 395942 Aquino S.A.C.”; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Administración, 2) Derecho, 3) Enfermería, 4) Obstetricia, y 5) Odontología; y, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, respectivamente”; cuando lo correcto es: “ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Peruana Santo Tomás de Aquino de Ciencia e Integración, presentado por el Doctor Luis Fujita Alarcón, en calidad de Presidente de la Promotora “Organización Educativa Santo Tomás de Aquino S.A.C.”; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Administración y Gestión de Empresas, 2) Derecho, 3) Enfermería, 4) Obstetricia, y 5) Odontología; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, en el artículo 201º numeral 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que: “Los errores materiales o numéricos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión”; Que, de conformidad con la Resolución Nº 268-2006- CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente a expedir Resoluciones dentro de sus atribuciones, y con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; y, en mérito a tales atribuciones, declara corregir el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución Nº 121-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECTIFICAR el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución Nº 121- 2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009; quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Peruana Santo Tomás de Aquino de Ciencia e Integración, presentado por el doctor Luis Fujita Alarcón, en calidad de Presidente de la Promotora “Organización Educativa Santo Tomás de Aquino S.A.C.”; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Administración y Gestión de Empresas, 2) Derecho, 3) Enfermería, 4) Obstetricia, y 5) Odontología; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882”. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente MARIBEL ÚRSULA TIÓ FERNÁNDEZ Secretaria General 347414-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Designan Comisión Especial encargada de proponer criterios para la organización y funcionamiento de los Estudios de Formación General en las universidades del país, y lograr su aplicación COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 401-2009-ANR Lima, 20 de marzo del 2009 EL PRESIDENTE (e) DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733, son fi nes de la Asamblea Nacional de Rectores el estudio, coordinación y la orientación general de las actividades universitarias en el país, así como su fortalecimiento económico y de su responsabilidad con la comunidad nacional; Que la Comisión Especial designada por Resolución Nº 123-2007-ANR, en su oportunidad, presentó el documento fi nal “Propuesta Integrada de Diseño e Implementación de los Estudios de Formación General en las universidades del país”; habiendo incorporado los aportes que alcanzaron algunas universidades, al documento elaborado durante su primera etapa; Que, en el marco de los fi nes previstos en el primer considerando, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, solicita conformar una Comisión Especial, con el objeto de que previo estudio, proponga criterios para la implementación del citado documento y lograr por consenso las líneas académicas que comprenda los estudios de formación general, como marco de referencia normativa para las universidades del país; Que es necesario conformar una Comisión Especial integrada por los docentes que elaboraron el citado documento; Estando a lo propuesto; y, En uso de las atribuciones conferidas al Presidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar la Comisión Especial encargada de proponer criterios para la organización y funcionamiento de los Estudios de Formación General en las universidades del país, y lograr su aplicación. La citada Comisión está integrada por los siguientes profesionales: • Dr. William Hurtado de Mendoza Santander Universidad Nacional Agraria La Molina • Dr. Humberto Asmat Azahuanche Universidad Nacional de Ingeniería • Dr. Héctor Hugo Sánchez Carlessi Profesor Principal de la Universidad Ricardo Palma Artículo Segundo.- Establecer que el trabajo encomendado, se realizará en treinta días hábiles y de acuerdo al presupuesto que forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General Asamblea Nacional de Rectores 347411-1 Autorizan viaje de funcionaria de la ANR a Paraguay para participar en actividades vinculadas con la evaluación y acreditación de la educación superior en el espacio iberoamericano en el marco de la VI Asamblea General de RIACES COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 443-2009-ANR Lima, 2 de abril de 2009 EL PRESIDENTE (E) DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES