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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2009 (15/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de mayo de 2009 395939 remitiendo la solicitud de renuncia presentada por el magistrado Mario Alfredo Rojas Ruiz de Castilla, con certifi cación de fi rma ante Notario Público de Ayacucho, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el magistrado Mario Alfredo Rojas Ruiz de Castilla, formula renuncia al cargo de Juez titular del Juzgado Especializado Penal de Huamanga, Corte Superior de Justicia de Ayacucho; actualmente desempeñando el cargo de Vocal Provisional de la Segunda Sala Penal de dicho Distrito Judicial; por razones personales y de salud; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 245°, inciso 3, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Tercero: Que, en tal sentido y sin perjuicio de lo dispuesto en la mencionada norma, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica de modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que sea y/o pudiera ser materia de investigación y que se hubiere producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado del Distrito Judicial de Ayacucho; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el magistrado Mario Alfredo Rojas Ruiz de Castilla, al cargo de Juez titular del Juzgado Especializado Penal de Huamanga, Corte Superior de Justicia de Ayacucho; quien actualmente viene desempeñando el cargo de Vocal provisional en el referido distrito judicial; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMIREZ 348113-5 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Amplían el Registro de Peritos Judiciales existente en el Distrito Judicial de Huaura e incorporan profesiones y/o especialidades en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 171-2009-P-CSJHA-PJ Huacho, 20 de abril del año dos mil nueve. EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA VISTO: El Informe N° 02-2009-CEPESP-CSJH/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el informe del visto la Comisión encargada del proceso de evaluación y selección de peritos judiciales; así como de la supervisión del proceso de evaluación de conocimientos de los actuales integrantes del REPEJ, pone en conocimiento que actualmente el REPEJ cuenta con 28 integrantes, lo que genera que las especialidades de grafotecnia, ingeniería agrónoma, ingeniería civil y mecánica se haga necesario incrementar el número de profesionales en razón al número de pericias que le son asignadas, ya que la cantidad de profesionales existente a la fecha no es sufi ciente para atender los requerimientos de los órganos jurisdiccionales. Que, señalan además que es necesario que se incluya en el Registro de Peritos Judiciales especialidades como la de arquitectos, economistas, especialista en lenguaje de señas, ingeniería de sistemas, psicólogos, tasadores de bienes muebles, ingenieros mecánicos y médicos, en un número de cinco por profesión. Que, teniendo en consideración que el Registro de Peritos Judiciales es un organismo de auxilio judicial que contiene la base de datos de los profesionales y/o especialistas que se encargan de brindar sus servicios a las partes litigantes y a los órganos jurisdiccionales, según sea el caso de acuerdo a las normas procesales pertinentes; y que conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Resolución Administrativa N° 766-CME-PJ modifi cada mediante Resolución Administrativa N° 766-CME-PJ, sólo los peritos judiciales inscritos en el registro correspondiente podrán prestar dicho servicio, resulta necesario autorizar la convocatoria para la ampliación de la relación de peritos judiciales en las profesiones y especialidades solicitadas; así como la de peritos incorporar en el registro las nuevas profesiones y especialidades solicitadas por la comisión y detalladas en el considerando precedente, a fi n de optimizar el servicio del REPEJ en nuestro Distrito Judicial en benefi cio de los litigantes; Que, estando a los hechos expuestos, a las normas invocadas; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero: AMPLIAR el Registro de Peritos Judiciales existente a la fecha en el Distrito Judicial de Huaura, en las profesiones y/o especialidades de acuerdo a las cantidades que a continuación se detallan: ESPECIALIDAD CANTIDAD Grafotécnico 05 Ingeniería Agrónoma 12 Ingeniería Civil 15 Técnico en Mecánica 05 Artículo Segundo: INCORPORAR en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura, las profesiones y/o especialidades con la cantidad de vacantes que a continuación se detalla: ESPECIALIDAD CANTIDAD Arquitectura 05 Economía 05 Ingeniería de Sistemas 05 Psicología 05 Ingeniería Mecánica 05 Medicina General 05 Especialista en lenguaje de señas 05 Artículo Tercero: CONVOCAR a los profesionales y/o especialistas detallados en el artículo primero y segundo de la presente resolución administrativa al proceso de evaluación y selección de peritos judiciales para la Corte Superior de Justicia de Huaura, que estará a cargo de la Comisión Especial designada mediante Resolución Administrativa N° 15-2009-P-CSJHA-PJ.