Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2009 (16/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395991

Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles posteriores a su emision, asi como en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, encargandose a la Oficina General de Administracion, la remision de una MORDAZA de la resolucion y los informes tecnicos y el informe legal que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles posteriores a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 348939-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan Autorizacion Definitiva de Uso de Area Acuatica y Franja Riberena a la empresa Pure Biofuels del Peru S.A.C.
RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2009-MTC MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 046-2008-MTC publicada con fecha 19 de MORDAZA de 2008, se aprobo la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena otorgada por la Autoridad Portuaria Nacional -en adelante APN- a favor de la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., a la altura de Playa MORDAZA, en la Provincia Constitucional del Callao, en un area de 1`756,605.25 m2, por un plazo de dos (02) anos renovables; Que, mediante carta ingresada con fecha 19 de enero de 2009, la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., presento ante la APN una solicitud para la obtencion de una autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena; asimismo, la citada empresa senalo que mediante Resolucion de Acuerdo de Directorio Nº 024-2008-APN/ DIR de fecha 21 de MORDAZA de 2008, la APN autorizo a la empresa OPERADORA PORTUARIA S.A. -en adelante OPORSA S.A.- a ceder parte de la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena concedida a traves de la Resolucion Suprema Nº 048-2007-MTC de fecha 02 de MORDAZA de 2007 a favor de PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., en virtud a dicha autorizacion OPORSA S.A. cedio a favor de PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. un area de 274,619.258 m2; Que, mediante Memorandum Nº 041-2009-APN/DT de fecha 21 de enero de 2009, la Direccion Tecnica de la APN senalo que luego de revisar la documentacion tecnica presentada por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., se determino que dicho administrado, no cumplio con presentar MORDAZA simple del documento que acredite la posesion de las areas terrestres adyacentes a la franja riberena solicitada, conforme a lo previsto en el articulo 32 del Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, que modifica el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Que, con carta Nº 084-2009-APN/GG de fecha 21 de enero de 2009, la APN solicito a la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. levantar las observaciones efectuadas mediante Memorandum Nº 041-2009-APN/DT de fecha 21 de enero de 2009; Que, a traves de la carta ingresada el 26 de enero de 2009, la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. presento diversos documentos relacionados a su solicitud de autorizacion definitiva de uso de area acuatico y franja riberena;

Que, mediante Oficio Nº 062-2009-APN/PD de fecha 29 de enero de 2009, la APN solicito a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, se pronuncien acerca de si el area solicitada por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., ha sido otorgada anteriormente a favor de terceros; Que, con carta presentada ante la APN con fecha 02 de febrero de 2009, la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. adjunto documentacion adicional a su solicitud de autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena; Que, a traves de carta presentada con fecha 10 de febrero de 2009, la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. adjunto una Addenda al Contrato de Cesion de Derechos y Compromiso de Reduccion de Area Acuatica y Franja Riberena, celebrado entre OPORSA S.A. y PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. con fecha 15 de diciembre de 2008, a traves del cual se preciso el area cedida a favor de la empresa solicitante; Que, mediante Oficio Nº V.200-0771 ingresado el 09 de marzo de 2009, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, comunico a la APN que, en MORDAZA, parte del area acuatica solicitada se superpone con el area otorgada en concesion mediante Resolucion Directoral Nº 0342-97/DCG de fecha 16 de octubre de 1997, a la empresa COMPLEJO PESQUERO SACRAMENTO S.A. ­ CIPSA, para la instalacion de tuberias submarinas; no obstante, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa solicito a la APN una MORDAZA del Plan Maestro presentado por PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., a efectos de ampliar el analisis efectuado y determinar si las actividades a desarrollar en dicha MORDAZA, afectaran derechos de terceros; Que, con Oficio Nº 129-2009-APN/PD de fecha 19 de marzo de 2009, la APN reitero a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, su pedido de informar acerca de si el area solicitada por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. ha sido otorgada anteriormente a favor de terceros, senalando que para tales efectos, no es preciso remitir MORDAZA del Plan Maestro presentado por el administrado, considerando que la APN es la autoridad encargada de efectuar la evaluacion tecnica de la solicitud presentada; Que, a traves del Oficio Nº V.200-1030 ingresado el 26 de marzo de 2009, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa comunico a la APN, que luego de efectuar una inspeccion ocular en el area solicitada, se ha observado que no existe superposicion de areas concesionadas por la citada Direccion General, a favor de terceros; Que, con Informe Legal Nº 281-2009-APN/UAJ de fecha 03 de MORDAZA de 2009, la Unidad de Asesoria Juridica de la APN recomendo inscribir la cesion de la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena efectuada entre OPORSA S.A. y PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., conforme a lo previsto en el articulo 33 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional ­ Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, sin que para ello deba efectuarse un procedimiento especifico; Que, mediante Informe Nº 029-2009-APN/DT de fecha 06 de MORDAZA de 2009, la Direccion Tecnica de la APN senalo que la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. ha cumplido con la MORDAZA de la documentacion necesaria para obtener una autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena, en la MORDAZA ubicada en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, por el plazo de treinta (30) anos; Que, con Acuerdo de Directorio Nº 639-146-07/04/2009/ D adoptado en la sesion de fecha 07 de MORDAZA de 2009, el Directorio de la APN resolvio aprobar el Informe Nº 0292009-APN/DT de fecha 06 de MORDAZA de 2009, emitido por la Direccion Tecnica, en el cual se recomienda aprobar la solicitud presentada por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., para obtener una autorizacion definitiva de uso area acuatica y franja riberena en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; Que, con Oficio Nº 183-2009-APN/PD con numero de registro 050339, presentado con fecha 23 de MORDAZA de 2009, la APN remitio al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el expediente administrativo correspondiente a la solicitud de autorizacion definitiva de

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