Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2009 (16/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395993

General de Transporte Acuatico, la solicitud presentada por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., cumplio con adjuntar todos los requisitos establecidos en la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1022, asi como en el articulo 32 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional - Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, para la obtencion de una autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena; Que, asimismo, es preciso senalar que mediante Resolucion Suprema Nº 046-2008-MTC, publicada con fecha 19 de MORDAZA de 2008, se aprobo la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena a favor de la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., a la altura de Playa MORDAZA, en la Provincia Constitucional del Callao, en un area de 1`756,605.25 m2, por un plazo de dos (02) anos renovables; Que, por otro lado, mediante Contrato de Cesion de Derechos y Compromiso de Reduccion de Area Acuatica y Franja Riberena de fecha 15 de diciembre de 2008 y su Addenda de fecha 04 de febrero de 2009, la empresa OPORSA S.A., cedio a favor de PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. un area de 274,619.258 m2, respecto del area acuatica y franja riberena que le fuera concedida mediante la Autorizacion Temporal de Uso otorgada con Resolucion Suprema Nº 048-2007-MTC de fecha 02 de MORDAZA de 2007, la misma que fue otorgada por un periodo de dos (02) anos renovables; dicha cesion fue autorizada por el Directorio de la APN a traves de la Resolucion de Acuerdo de Directorio Nº 024-2008-APN/DIR de fecha 21 de MORDAZA de 2008; Que, en consecuencia, la solicitud de autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena de la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., ha sido presentada dentro del plazo indicado en el numeral 32.1 del articulo 32 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, anteriormente citado, es decir dentro del periodo de vigencia de las autorizaciones concedidas mediante Resoluciones Supremas Nos. 048-2007-MTC y 046-2008-MTC; Que, en tal sentido, considerando lo senalado en el Informe Nº 029-2009-APN/DT de fecha 06 de MORDAZA de 2009, aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 639-14607/04/2009/D de la APN, en los Informes Nos. 068-2009MTC/13 y 079-2009-MTC/13 de la Direccion General de Transporte Acuatico y en el Memorandum Nº 767-2009MTC/25 de fecha 04 de MORDAZA de 2009 de la Direccion General de Concesiones en Transportes, resulta procedente emitir la Resolucion Suprema que otorgue la autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena solicitada por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C.; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 35 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional ­ Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. requiere de una Habilitacion Portuaria que otorga la Autoridad Portuaria Nacional para iniciar la ejecucion de obras de construccion de infraestructura portuaria, habiendo la citada empresa previsto el inicio de sus inversiones a partir de MORDAZA de 2009 con un monto de inversion inicial estimado en US$ 4'532,193.87; Que, por su parte, del cronograma de inversion estimado por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C., se observa que en septiembre de 2008, concluyeron los trabajos de construccion de la Planta de Produccion de Biodiesel, Planta de Abastecimiento y Terminal de Almacenamiento de Hidrocarburos; la misma que esta construida en un terreno aproximado de 46,900 m2, distribuidos en diferentes zonas: el terminal de almacenamiento que se divide en la MORDAZA de patio de tanques (30,000 m2) y en la MORDAZA de carga y descarga (12,800 m2); la MORDAZA de patio es la que tiene contacto directo con las tuberias submarinas; Que, por otro lado, las instalaciones terrestres estan distribuidas en patios que contienen tanques, los mismos que se orientan y ordenan de Oeste a Este; asimismo, el Terminal Portuario consistente de un amarradero y lineas submarinas destinado al servicio de carga y descarga de materias primas, productos terminados,

hidrocarburos, derivados de los hidrocarburos y mezclas de hidrocarburos con biodiesel, para lo cual se proyecta instalar dos lineas submarinas de 14" de diametro con una longitud aproximada de 4,100 m y un amarradero de cuatro (04) boyas, el mismo que estara en condiciones de atender buques MORDAZA Panamax de hasta 60,000 DWT; se estima ejecutar la obra en un plazo de treinta y cinco (35) dias, los mismos que culminarian aproximadamente en el mes de agosto de 2009; Que, la autorizacion definitiva solicitada por la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. comprendera el area acuatica y la franja riberena delimitada por las siguientes coordenadas DATUM WGS-84:
AREA DE FRANJA RIBERENA
VERTICE 1' H G 2' 3' 4" Coordenadas Geograficas Longitud Oeste Latitud Sur 77º 08' 08.25" 11º 57' 04.10" 77º 08' 09.06" 11º 57' 03.51" 77º 08' 09.71" 11º 57' 01.23" 77º 08' 10.16" 11º 56' 59.03" 77º 08' 09.10" 11º 56' 58.64" 77º 08' 07.94" 11º 57' 03.96" Coordenadas UTM Norte Este 8' 677,951.223 267,408.225 8' 677,969.463 267,401.878 8' 678,039.289 267,381.607 8' 678,106.777 267,367.327 8' 678,119.076 267,399.567 8' 677,955.894 267, 435.829

AREA 1 : 5,402.12 m2

AREA ACUATICA
VERTICE COORDENADAS GEOGRAFICAS LONGITUD OESTE LATITUD SUR COORDENADAS UTM NORTE ESTE

A B1 C1 D1 E F G H I J K L

77º 10' 18.04" 77º 10' 15.46" 77º 10' 04.33" 77º 10' 03.07" 77º 09' 21.31" 77º 08' 38.45" 77º 08' 09.71" 77º 08' 09.06" 77º 08' 36.94" 77º 09' 19.30" 77º 10' 02.42" 77º 10' 01.29"

11º 58' 01.08" 11º 57'42.91" 11º 57'40.72" 11º 57'46.94" 11º 57' 35.65" 11º 57' 19.32" 11º 57' 01.23" 11º 57' 03.51" 11º 57' 22.23" 11º 57' 38.46" 11º 57' 50.14" 11º 57' 55.72"

8' 676,169.545 8' 676,728.633 8' 676,798.465 8' 676,607.651 8' 676,964.474 8' 677,476.725 8' 678,039.289 8' 677,969.463 8' 677,387.481 8' 676,878.817 8' 676,509.315 8' 676,338.074

263,512.283 263,585.841 263,922.187 263,961.804 265,222.916 266,516.252 267,381.607 267,401.878 266,562.444 265,284.452 263,982.220 264,017.773

AREA 2 = 575,401.04 m2

CUADRO RESUMEN
AREA 1 2 TOTAL (m2) 5,402.12 575,401.04 580,803.16

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 del Decreto Supremo Nº 041-2007-MTC, publicado con fecha 22 de noviembre de 2007, posteriormente a la aprobacion de la autorizacion definitiva de uso de area acuatica y franja riberena, la Autoridad Portuaria Nacional emitira una liquidacion del Derecho de Vigencia Anual, la que debera ser cancelada por el titular de la autorizacion en el plazo de ocho (08) dias habiles de su notificacion; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Nº 27943 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificatorias y el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgamiento de la Autorizacion Definitiva de Uso de Area Acuatica y Franja Riberena. Otorgar a la empresa PURE BIOFUELS DEL PERU S.A.C. una autorizacion definitiva de uso del area acuatica y franja riberena, en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, la misma que estara delimitada por las coordenadas DATUM WGS-84 siguientes:
AREA DE FRANJA RIBERENA
Coordenadas Geograficas Coordenadas UTM VERTICE Longitud Oeste Latitud Sur Norte Este 1' 77º 08' 08.25" 11º 57' 04.10" 8' 677,951.223 267,408.225 H 77º 08' 09.06" 11º 57' 03.51" 8' 677,969.463 267,401.878 G 77º 08' 09.71" 11º 57' 01.23" 8' 678,039.289 267,381.607 2' 77º 08' 10.16" 11º 56' 59.03" 8' 678,106.777 267,367.327 3' 77º 08' 09.10" 11º 56' 58.64" 8' 678,119.076 267,399.567 4" 77º 08' 07.94" 11º 57' 03.96" 8' 677,955.894 267,435.829 AREA 1 : 5,402.12 m2

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