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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de mayo de 2009 396649 del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 21. FABRICACIÓN Y SUMINISTROS INDUSTRIALES E.I.R.L. Inhabilitación por ocho (8) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1165-2009-TC-S3 de 27.04.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 22. EDITH MADELEINE GONZÁLES SEGURA. Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1166-2009-TC-S3 de 27.04.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 23. M & A INTERNATIONAL TECHNOLOGY CONSTRUCCIÓN S.R.L. Mediante Resolución Nº 1169-2009- TC-S3 de 27.04.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 946-2009-TC-S3 de 31.03.2009, que le sanciona con trece (13) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 24. ENGELBERT VIACHESLAV BARRETO HUAMAN. Mediante Resolución Nº 1176-2009-TC-S3 de 28.04.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución Nº 945-2009- TC-S3 de 31.03.2009, que le sanciona con trece (13) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 25. DAFO E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 1177-2009- TC-S3 de 28.04.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 967-2009-TC-S3 de 31.03.2009, que le sanciona con tres (3) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 26. RIVERA DIESEL S.A. Mediante Resolución Nº 1178- 2009-TC-S3 de 28.04.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 984-2009-TC-S3 de 01.04.2009, que le sanciona con trece (13) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 27. CODIMAK SELVA S.A.C. Mediante Resolución Nº 1182-2009-TC-S3 de 28.04.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 966-2009-TC-S3 de 31.03.2009, que le sanciona con catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 28. KINSEI MARINE SERVICES S.A.C. Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1192-2009-TC-S3 de 29.04.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 29. GRUPO DE INVERSIONES SAN JUDAS TADEO E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 1215-2009-TC- S3 de 30.04.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1075-2009-TC-S3 de 15.04.2009, que le sanciona con dieciséis (16) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM. 30. G.N.A. MÉDICA E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 1223-2009-TC-S3 de 04.05.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 980-2009-TC-S3 de 31.03.2009, que le sanciona con ocho (8) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 31. AMERITECH CONSTRUCTORA E INVERSIONES S.A.C. Mediante Resolución Nº 1252-2009-TC-S3 de 08.05.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 714-2009-TC-S3 de 06.03.2009, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta durante su trámite de inscripción como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 32. CORSAN CONSULTORES CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. Mediante Resolución Nº 1253-2009- TC-S3 de 08.05.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1097-2009-TC-S3 de 17.04.2009, que le sanciona con nueve (9) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta durante su trámite de inscripción como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 33. T-COPIA S.A.C. Mediante Resolución Nº 1274- 2009-TC-S3 de 08.05.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1083-2009-TC-S3 de 16.04.2009, que le sanciona con dieciséis (16) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, y por haber presentado documentos falsos o inexactos, infracciones tipifi cadas en los numerales 2) y 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección del SEACE incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de abril de 2009 a la página web de la Entidad, www.osce.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. SANTIAGO B. ANTÚNEZ DE MAYOLO M. Presidente Ejecutivo 353098-2