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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de noviembre de 2009 405746 referido, cuyo valor asciende a la suma de US$ 5,188.83 (Cinco Mil Ciento Ochenta y Ocho y 83/100 Dólares Americanos); Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 78º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo señalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN “Procedimientos Para la Aprobación de la Venta de Predios del Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad”, aprobada por Resolución Nº 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modifi catoria, se publicó con fecha 23 de setiembre de 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano y en el diario de “La Voz de Ica“, así como en la página web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasación comercial del predio, con la fi nalidad que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de 10 días útiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido el plazo no se recibió oferta alguna; Que, la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. – TGP mediante escrito recibido por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales el 13 de agosto de 2009, ha manifestado su conformidad respecto al valor de la tasación del predio materia de venta; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 580- 2009/SBN-GO-JAD, de fecha 28 de octubre de 2009; ha opinado favorablemente por la adjudicación en venta directa del citado predio a favor de la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. – TGP, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal b) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA y Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Adjudicación en Venta Directa a favor de la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. – TGP, del predio de 2,975.08 m² denominado Parcela XV-50019 ubicado en el distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica, inscrito en la Partida Nº 11012974 del Registro de Predios de Pisco y con Registro SINABIP Nº 1401 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales correspondiente al Libro de Ica. Artículo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba asciende a US$ 5,188.83 (Cinco Mil Ciento Ochenta y Ocho y 83/100 Dólares Americanos), conforme a la valorización efectuada por la empresa INGENIERÍA Y VALUACIONES S.A., el mismo que será cancelado al contado. Artículo 3º.- Los ingresos que se obtengan de las ventas de los predios constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. – TGP. Artículo 5º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos inscribirá en el Registro de Predios de Pisco, la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendente 419101-2 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Documento Técnico: Plan de Trabajo y Precisiones para la Implementación de la R.M. Nº 240- 2009/MINSA “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado y sus Definiciones Operacionales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 184-2009/SIS Lima, 5 de noviembre de 2009 VISTO: El Memorando Nº 775-2009-SIS-GO de la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 257-2009-SIS/ OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creó el Seguro Integral de Salud, como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Salud, cuya visión es ser la institución que integra y contribuye al Sistema de Aseguramiento Universal que garantice el ejercicio pleno del derecho a la salud; Que, el artículo 13° del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe diseñarlo, rediseñarlo y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, se aprobó el Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado y sus Defi niciones Operacionales; Que, el artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, señala que la Gerencia de Operaciones es el órgano de línea que propone, evalúa y supervisa los planes de benefi cios por tipo de población, oferta de benefi cios en función a costos, tarifas, fi nanciamiento y la oferta de establecimientos prestadores de servicios, así como también propone los mecanismos de negociación; Que, de acuerdo al documento de vistos, la Gerencia de Operaciones propone la aprobación de la propuesta de “Documento Técnico: Plan de Trabajo y Precisiones para la Implementación de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado y sus Defi niciones Operacionales”, el cual es necesario su implementación para el correcto registro en el Formato Único de Atención, defi nir las adecuaciones necesarias a realizar en el aplicativo informático, así como establecer un cronograma para la implementación del Tarifario del SIS a nivel nacional; Que, con el visto bueno de la Sub Jefatura del SIS, Secretaría General, Gerencia de Operaciones, Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia de Mercadeo y Gerencia de Financiamiento, y con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: Plan de Trabajo y Precisiones para la Implementación de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado y sus Defi niciones Operacionales”, y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Operaciones la difusión de la presente Directiva.