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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (07/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de noviembre de 2009 405747 Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Informática y Estadística la incorporación de las modifi caciones del aplicativo informático señaladas en el Plan de Trabajo así como la publicación de la presente Resolución, en el portal de la página web del Seguro Integral de Salud. Artículo 4º.- Las Ofi cinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud a nivel nacional, dispondrán las medidas técnico-administrativas para la difusión, implementación y cumplimiento del presente documento técnico. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALEJANDRO MANRIQUE MORALES Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 419419-1 Aprueban Directiva que establece las Reglas de Consistencia necesarias para el ingreso al aplicativo informático SIS de las prestaciones registradas en los Formatos Únicos de Atención del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 185 -2009/SIS Lima, 5 de noviembre de 2009 VISTO: El Memorando Nº 776-2009-SIS-GO de la Gerencia de Operaciones y el Informe N° 256-2009-SIS/ OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creó el Seguro Integral de Salud, como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Salud, cuya visión es ser la institución que integra y contribuye al Sistema de Aseguramiento Universal que garantice el ejercicio pleno del derecho a la salud; Que, el artículo 13° del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe diseñarlo, rediseñarlo y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, el artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, señala que la Gerencia de Operaciones es el órgano de línea que propone, evalúa y supervisa los planes de benefi cios por tipo de población, oferta de benefi cios en función a costos, tarifas, fi nanciamiento y la oferta de establecimientos prestadores de servicios, así como también propone los mecanismos de negociación; Que, la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, aprueba el Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado así como sus Defi niciones Operacionales; Que, de acuerdo al documento de vistos, la Gerencia de Operaciones propone la aprobación de la propuesta de Directiva que establece las Reglas de Consistencia necesarias para el ingreso al aplicativo informático SIS de las prestaciones registradas en los Formatos Únicos de Atención del Seguro Integral de Salud; Que, con el visto bueno de la Sub Jefatura del SIS, Secretaría General, Gerencia de Operaciones, Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia de Mercadeo y Gerencia de Financiamiento, y la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 02-2009-SIS- GO “Directiva que establece las Reglas de Consistencia necesarias para el ingreso al aplicativo informático SIS de las prestaciones registradas en los Formatos Únicos de Atención del Seguro Integral de Salud” y su Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Operaciones la difusión de la presente Directiva. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Informática y Estadística la implementación de la presente Directiva en el aplicativo informático SIS así como la publicación de la presente Resolución en el portal de la página web del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALEJANDRO MANRIQUE MORALES Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 419419-2 Aprueban Directiva Proceso de Evaluación Automática de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 186-2009/SIS Lima, 5 de noviembre de 2009 VISTOS: El Informe N° 022-2009-SIS-GO/AMS/APC y Memorando N° 777-2009-SIS-GO de la Gerencia de Operaciones y el Informe N° 150-2009-SIS/OAJ-EBH e Informe N° 258-2009-SIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creó el Seguro Integral de Salud (SIS) como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Salud, cuya Misión es administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud individual de conformidad con la política del Sector; Que, el artículo 13° del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud debe diseñar, rediseñar y mejorar continuamente el proceso del SIS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2007-SA, se aprueba el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias, que en anexo adjunto establece las intervenciones preventivas, recuperativas y de rehabilitación, así como las Exclusiones Específi cas para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 401-2007/ MINSA, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 111- MINSA/SIS-V.01: “Directiva Administrativa que establece Normas Complementarias para la implementación del Decreto Supremo N° 004-2007-SA”, señalando en el numeral 6.5 sobre Calidad y Control de las Prestaciones de Salud, que todas las acciones relacionadas con las prestaciones a cargo del SIS constituyen materia auditable de manera integral por el SIS y que las prestaciones fi nanciadas por el SIS serán sometidas a procesos de evaluación de la calidad previos al pago, para lo cual se emitirán las normas correspondientes que serán aprobadas por Resolución Jefatural; Que, por Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA, se aprueba la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS- V.01: “Directiva Administrativa que regula el proceso de pago para las prestaciones del Seguro Integral de Salud”, que en el rubro V sobre Disposiciones Generales defi ne el concepto de Proceso de Validación y establece de manera general que se realizará en dos momentos: el Proceso de Evaluación Automática (PEA) y el Proceso de Evaluación Presencial (PEP), de acuerdo a las particularidades de cada mecanismo de pago; Que, por Resolución Ministerial Nº 277-2008/MINSA, se amplía el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias y retira un grupo de patologías de las Exclusiones