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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de noviembre de 2009 405742 Que, mediante Informe Nº 57-2009-DVMPEMPE/ CP-OAF-UC, la Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa, señala que a través de la Resolución Ministerial Nº 299-2008-TR, se autorizó, entre otros, la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Iberia, precisando que dicha transferencia no se efectuó debido a que el desembolso no se requirió oportunamente; Que, mediante Memorando Nº 224-2009-DVMPEMPE/ CP-USPSP, la Jefa de la Unidad de Supervisión de Proyectos indica que, de acuerdo a lo informado por la Unidad de Contabilidad, se requiere atender el requerimiento del primer desembolso del ejercicio anterior, a favor de la Municipalidad Distrital de Iberia; Que, mediante el Memorando Nº 219-2009- DVMPEMPE/CP-OPP, la Jefa de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, otorga la certifi cación de crédito presupuestario, hasta por la suma de S/. 18 741, 47 (Dieciocho Mil Setecientos Cuarenta y Uno y 47/100 Nuevos Soles), para atender el desembolso a favor de la Municipalidad Distrital de Iberia; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 025- 2009-DVMPEMPE/CP-OAF, el Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Programa, reconoció la deuda pendiente de pago, a favor de la referida Municipalidad, correspondiente al citado convenio; Que, en virtud a las consideraciones expuestas, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial 299-2008-TR, en el extremo correspondiente a la transferencia fi nanciera a favor del Organismo Ejecutor del Convenio Nº 21-0006-02.08, Municipalidad Distrital de Iberia, por la suma de S/. 17 127. 51 (Diecisiete Mil Ciento Veintisiete y 51/100 Nuevos Soles), a fi n de continuar con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y de la Jefa de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, y de la Directora General ( e ) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 299-2008-TR, del 22 de septiembre de 2008, en el extremo que autorizó la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 17 127, 51 (Diecisiete Mil Ciento Veintisiete y 51/100 Nuevos Soles), a favor del Organismo Ejecutor Municipalidad Distrital de Iberia, correspondiente al Convenio Nº 21-0006-02.08. Artículo 2°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el trámite de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 419657-2 Dejan sin efecto la R.M. Nº 295- 2008-TR, en extremo que autorizó la transferencia financiera a favor del Organismo Ejecutor “Comité de Gestión Pro Obra Agua y Alcantarillado del Pueblo Joven 28 de julio y los Dátiles” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 325-2009-TR Lima, 5 de noviembre de 2009 VISTOS: El Memorando Nº 375-2009-DVMPEMPE/ CP-OAF del 25 de agosto de 2009, del Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 07- 2009-DVMPEMPE/CP-OAF-UC del 13 de enero de 2009, de la Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 048-2009-DVMPEMPE/CP-OPP del 13 de febrero de 2009, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 069-2009- DVMPEMPE/CP-USP del 10 de febrero de 2009, de la Jefa de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Legal Nº 325-2009-DVMPEMPE/CP-UAL del 2 de septiembre de 2009, del Jefe de la Unidad de Asesoría Legal; y, el Ofi cio Nº 727-2009-MTPE/3/14.120 del 4 de septiembre de 2009, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 130-2001, concordado con la vigésimo cuarta disposición complementaria y fi nal de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, en adelante el Programa, es una unidad ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, para el cumplimiento de sus fi nes, el Programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 105- 2008-TR, de fecha 09 de abril de 2008, se aprobó las disposiciones para la tramitación de las transferencias fi nancieras que realiza el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” a favor de entidades privadas; Que, el artículo 3° de las referidas disposiciones señala que serán aprobadas por Resolución Ministerial aquellas transferencias fi nancieras correspondientes a proyectos de obras o servicios cuyo fi nanciamiento individual respecto al rubro “Otros” o de la Bonifi cación Económica por Formulación de Proyectos sea igual o superior a las diez (10) Unidades Impositivas Tributarias y las que no superen las diez (10) Unidades Impositivas Tributarias serán aprobadas por Resolución Directoral; Que, en atención a lo señalado precedentemente, mediante Resolución Ministerial Nº 295-2008-TR, del 18 de septiembre de 2008, se autorizó, entre otros, la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 39 265.16 (Treinta y Nueve Mil Doscientos Sesenta y Cinco y 16/100 Nuevos Soles), a favor del Organismo Ejecutor “Comité de Gestión Pro Obra Agua y Alcantarillado del Pueblo Joven 28 de Julio y los Dátiles“, correspondiente al Convenio Nº 14-0050-02.08; Que, mediante Informe Nº 07-2009-DVMPEMPE/ CP-OAF-UC, la Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa, señala que existen saldos de desembolsos pendientes de las convocatorias de ejercicios pasados, requerimientos que no fueron solicitados al 31 de diciembre de 2008, precisando que existe un saldo en el citado convenio por atender; Que, mediante Informe Nº 069-2009-DVMPEMPE/CP- USP, la Jefa de la Unidad de Supervisión de Proyectos señala que, de acuerdo a lo informado por la Unidad de Contabilidad, se requiere atender el monto del saldo del ejercicio anterior, a favor del referido Comité de Gestión, por la suma de S/. 21 595. 84 (Veintiún Mil Quinientos Noventa y Cinco y 84/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 048-2009-DVMPEMPE/CP- OPP, el Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto otorga la certifi cación de crédito presupuestario, hasta por la suma de S/. 3 876 628, 02 (Tres Millones Ochocientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Veintiocho y 02/100 Nuevos Soles) para atender los desembolsos requeridos por la Unidad de Supervisión de Proyectos en el Informe