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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (07/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de noviembre de 2009 405762 DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. US$ PUNO/LAMPA CABANILLA 0.00 900.00 SANTA LUCIA 0.00 1,206.75 PUNO/PUNO TIQUILLACA 0.00 675.00 VILQUE 0.00 675.00 PUNO/SAN ANTONIO DE PUTINA ANANEA 0.00 3,450.00 PUTINA 0.00 3,375.00 QUILCAPUNCU 0.00 75.00 SINA 0.00 225.00 PUNO/SAN ROMAN CABANILLAS 0.00 675.00 PUNO/SANDIA ALTO INAMBARI 0.00 337.50 CUYOCUYO 0.00 12,592.66 LIMBANI 0.00 750.00 SANDIA 0.00 112.50 SAN MARTIN/LAMAS BARRANQUITA 0.00 450.00 TACNA/TACNA CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LA 0.00 225.00 PACHIA 0.00 1,350.00 TACNA/TARATA ESTIQUE 0.00 225.00 TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES 0.00 287,033.38 Nº Distritos 209 ANEXO Nº 2 GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92º del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y lo señalado en el literal “d” del Art. 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, modifi cado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de setiembre del 2009, a los Gobiernos Regionales es el siguiente: REGIÓN S/. US$ ANCASH 0.00 25.00 AREQUIPA 0.00 37.50 AYACUCHO 0.00 1,375.00 LORETO 0.00 75.00 MADRE DE DIOS 0.00 316.00 PIURA 0.00 300.00 PUNO 0.00 177.26 TACNA 0.00 75.00 TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 2,380.76 Nº Gobiernos Regionales 8 418843-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas referentes a Alimentos irradiados, productos naturales, seguridad de juguetes, pescados, mariscos, eficiencia energética, cuero y otros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 29-2009/CNB-INDECOPI Lima, 30 de septiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Alimentos irradiados, b) Productos naturales, c) Seguridad de juguetes y útiles de escritorio para niños, d) Pescados, mariscos y productos derivados, e) Conductores eléctricos, f) Uso racional de energía y efi ciencia energética, g) Cuero, calzado y derivados, h) Cereales, leguminosas y productos derivados, i) Tecnología para el cuidado de la salud; j) Textiles y confecciones, k) Aplicación de métodos estadísticos, l) Codifi cación e intercambio electrónico de datos, m) Tecnología química y n) Fundición de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Alimentos irradiados, 01 PNTP, el 24 de junio de 2009 b) Productos naturales, 01 PNTP, el 26 de junio de 2009 c) Seguridad de juguetes y útiles de escritorio para niños; 01 PNTP, el 26 de junio de 2009