Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2009 (22/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406417

Modifican anexo I de la Res. Nº 00708-MML/GTU-SRT y disponen la implementacion de Paraderos de Transporte Publico aprobados en la Av. Aviacion en el tramo del distrito de San MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 3770-2009-MML/GTU-SRT MORDAZA, 8 de septiembre de 2009 VISTO, la evaluacion tecnica realizada mediante Informe N° 1111-09-MML/GTU-SETT de la Subgerencia de Estudios del MORDAZA y Transporte de fecha 13 de agosto de 2009, se considera modificar la Resolucion de Subgerencia N° 007-08-MML/GTU-SRT de fecha 3 de enero del 2008, en lo concerniente a la ubicacion de paraderos de transporte publico ubicados en la Av. Aviacion en el distrito de San Borja; y CONSIDERANDO: Que, el acapite 7.1 del inciso 7 del articulo 161° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico". Que el articulo 7° de la Ordenanza N° 341-MML ­ Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, publicado el 6 de diciembre de 2001, establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima. Que el articulo 54° de la Ordenanza N° 104-MML ­ Reglamento de Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en MORDAZA Metropolitana, publicado el 4 de marzo de 1997, establece que: "En todas las rutas los vehiculos se detendran o dejaran pasajeros, unicamente en los paraderos autorizados y senalizados por la autoridad administrativa". Que los articulos 2° y 3° de la Ordenanza 131MML, menciona que es politica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en materia de transporte terrestre, la promocion de la consolidacion, eficiencia, modernizacion, desarrollo y expansion del servicio de transporte terrestre y de la infraestructura necesaria que se requiera, asi como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestacion de los servicio publico de transporte y de infraestructura necesaria para el mismo, correspondiendole formular objetivos y directrices con el fin de procurar una eficaz prestacion y organizacion del servicio. Que el articulo 100° de la Ordenanza N° 812-MML ­ Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte regular y no regular de MORDAZA y viabilidad para la provincia de Lima". Que, el articulo 102° de la Ordenanza N° 812MML - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece que: "La Subgerencia de Regulacion del Transporte es el organo responsable del registro y expedicion de las autorizaciones para la circulacion del servicio de transporte publico y para el uso especial de vias en la provincia de Lima". Que, la Gerencia de MORDAZA y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de San MORDAZA solicita la eliminacion de los paraderos ubicados en la Av. Aviacion con la Ca.

Vasari, por motivos que esta ubicacion se ha convertido en un punto de concentracion de elementos de mal vivir y un punto de alto indice de robos y asaltos. Que, de acuerdo a las coordinaciones realizadas con el personal tecnico de la Oficina de MORDAZA y Seguridad Vial de la Municipalidad de San MORDAZA, verificaron las condiciones fisicas de las vias en las ubicaciones propuestas, asi como otros aspectos que seran considerados para la evaluacion a fin de mejorar de la operacion del servicio. Que, la evaluacion que realizara la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte para la determinacion de la ubicacion de paraderos de transporte publico ubicados en la Av. Aviacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, se considero, la distancia entre paraderos, en base a lo establecido en la Resolucion Directoral Municipal N° 18004-MML/DMTU de fecha 17 de junio del 2004 donde se indica una distancia minima de 250m., MORDAZA de 500m. y recomendable de 300 m, esto dependiendo tambien de las propias condiciones fisicas y operativas de la via. Que, los lugares propuestos para reubicar los paraderos actualmente autorizados (Jr. Stravinsky y en el Jr. Linder), cuenta con mejor infraestructura vial para albergar a los usuarios del servicio a la espera de las unidades de transporte publico, asimismo se considero las condiciones de transito; teniendo en cuenta interferencias, maniobrabilidad, visibilidad, y caracteristicas fisicas y operativas de las vias evaluadas, ademas de la existencia de puntos de control semaforico y/o policial. Que, la eliminacion de los paraderos autorizados en la Av. Aviacion a la altura de la MORDAZA Vasari no representa una alteracion de las distancias parametradas (Resolucion Directoral Municipal N° 180-04-MML/DMTU de fecha 17 de junio del 2004) para que los usuarios puedan acceder a los paraderos de transporte publico. Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ordenanza N°104-MML, Ordenanza N° 131-MML, Ordenanza N° 341-MML, la Ordenanza N° 812-MML, y demas normas vigentes. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el anexo I de la Resolucion de Subgerencia N° 007-08-MML/GTU-SRT de fecha 3 de enero del 2008, en lo concerniente a los paraderos autorizados en la Av. Aviacion (Ovalo Los Cabitos ­ Av. MORDAZA de Arriola). Articulo 2º.- Disponer la implementacion de Paraderos de Transporte Publico aprobados en la Av. Aviacion en el tramo del distrito de San MORDAZA, cuya cantidad y ubicacion se detalla en el Anexo I, adjunto en la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los Paraderos Autorizados seran de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 4º.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, ademas por el mobiliario MORDAZA (modulo), si lo hubiese en cada una de las vias senaladas en el anexo I de la presente Resolucion. Articulo 5º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 6º.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados.

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