Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2009 (22/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de noviembre de 2009

Jueces ­ REDLAJ, ha cursado invitacion al Presidente de este Poder del Estado para participar en el III Congreso Iberoamericano sobre Cooperacion Judicial: la Sociedad del Conocimiento y los Derechos Humanos, que se celebrara en la MORDAZA de Fortaleza, Estado de Ceara, Republica Federativa del Brasil, del 23 al 26 de noviembre del ano en curso; designandose al doctor MORDAZA Sanchez-Palacios Paiva, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y Presidente de la Academia de la Magistratura, para que participe en el referido evento academico; Segundo: Que, el mencionado evento tiene como proposito continuar los estudios y estrategias que se han venido formulando en los certamenes organizados por la Red Latinoamericana de Jueces, a fin de consolidar las condiciones materiales y culturales necesarias para una amplia integracion y cooperacion entre los Poderes Judiciales de MORDAZA Latina; promoviendo el intercambio de experiencias e iniciativas sobre el particular, y en especial de como en aras de ese objetivo los procedimientos electronicos se vienen implementando y desarrollando en los paises de la region; temas que resultan de especial importancia para la administracion de justicia en el pais; Tercero: Que, siendo asi, y dada la trascendencia de los temas a tratar en el referido Congreso Iberoamericano, resulta conveniente la participacion del nombrado magistrado en representacion de este Poder del Estado; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos complementarios que dicha participacion origine, considerando el itinerario de viaje; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del articulo 241°, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Sanchez-Palacios Paiva, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y Presidente de la Academia de la Magistratura, para que participe en el III Congreso Iberoamericano sobre Cooperacion Judicial: la Sociedad del Conocimiento y los Derechos Humanos, que se celebrara en la MORDAZA de Fortaleza, Estado de Ceara, Republica Federativa del Brasil; concediendosele licencia con goce de haber del 23 al 27 de noviembre del presente ano. Articulo Segundo.- Los gastos de impuesto aereo, assiscard, viaticos, traslados y telefonia, estaran a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Impuesto aereo Assiscard Viaticos Gastos de traslado Gastos de telefonia US$ 61.00 US$ 59.00 US$ 400.00 US$ 200.00 US$ 50.00

ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas Gasta Bala y Galilea, departamento de Ucayali
RESOLUCION JEFATURAL N° 769-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 18 de noviembre de 2009 VISTOS: los Informes N°s 335 y 340-2009/SGIRC/ GRC/RENIEC emitidos por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe N° 109-2009-GRC/ RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Articulo 11º de la misma MORDAZA, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el Articulo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262° del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, a traves de los Informes de la referencia senala que las Comunidades Nativas de Gasta Bala y Galilea, no han presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente, conforme a la legislacion vigente; Que, las Oficinas Registrales que funcionan en las Comunidades Nativas a que se refieren los informes del visto, han formalizado sus respectivos expedientes de regularizacion de Oficina Registral, los mismos que se encuentran debidamente visados por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Que el numeral 4.4 del articulo 4° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, faculta a las entidades de la Administracion Publica a integrar en un solo documento bajo una misma motivacion varios actos de la misma naturaleza, siempre que se individualice a sus destinatarios; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44° de la

Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de la Red Latinoamericana de Jueces ­ REDLAJ, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al magistrado designado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 424072-1

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