Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2009 (22/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Ley N° 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en: COMUNIDAD MORDAZA Gasta Bala Galilea DISTRITO Purus Raimondi PROVINCIA Purus Atalaya DEPARTAMENTO Ucayali Ucayali

Articulo 2°.- Los Jefes de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas mencionadas en el articulo precedente, quedan encargados de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a estas, a fin que los procedimientos registrales que realicen MORDAZA efectuados en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- Asimismo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles proveera del respectivo libro de matrimonio, a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en la Comunidades Nativas de Gasta Bala y Galilea, cuando estas cumplan con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante la cual se ha conformado el Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262° del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 425514-2

Prorrogan plazo para que se efectue el empadronamiento de personas mayores de 25 anos que requieran tramitar el DNI por primera vez y no cuenten con MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento
RESOLUCION JEFATURAL N° 777-2009/JNAC/RENIEC MORDAZA, 19 de noviembre de 2009 VISTOS: El Informe N° 240-2009/GOR/RENIEC (02OCT2009) de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Oficio N° 2902-2009/GPP/RENIEC (12NOV2009) de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe N° 19282009/SGP/GPP/RENIEC (12NOV2009) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe N° 1411-2009/GAJ/RENIEC (16NOV2009) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el articulo 183° de la Constitucion Politica del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal proposito una politica social de acercamiento a la ciudadania orientada a

atender las necesidades de documentacion de la poblacion menos favorecida y en situacion de vulnerabilidad; Que, de acuerdo al Articulo 2° de la Ley N° 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es la entidad encargada de organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, en la Resolucion Jefatural N° 742-2008JNAC/RENIEC (28OCT2008), se aprobo realizar el empadronamiento de las personas mayores de edad que requieran tramitar su DNI por primera vez y que no cuentan con la MORDAZA de su acta de nacimiento, delimitando este beneficio a aquellas personas mayores de edad, con excepcion de los nacidos en el ano 1991. Las Oficinas de Registro del Estado Civil de las Municipalidades con facultades registrales delegadas, remitirian a las Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atencion de las Jefaturas Regionales las copias certificadas de las Actas de Nacimiento de las personas empadronadas requeridas por el RENIEC, debiendo consignar en el reverso de la MORDAZA del acta registral la siguiente leyenda: "uso exclusivo para el tramite del DNI", siendo dicha MORDAZA gratuita; Que, por la Resolucion Jefatural N° 870-2008JNAC/RENIEC (22DIC2008) se encargo a la Gerencia de Operaciones Registrales para que, a traves de las Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atencion de las Jefaturas Regionales a nivel nacional, realicen el empadronamiento de las personas mayores de 25 anos de edad que requieran tramitar el Documento Nacional de Identidad por primera vez y no cuentan con la MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento. Debiendo ser ejecutada dicha actividad en un plazo MORDAZA de 120 (ciento veinte) dias calendario, a partir del 1º de enero de 2009; Que, del mismo modo, en la Resolucion Jefatural N° 249-2009-JNAC/RENIEC (08MAY2009) se prorrogo el plazo dispuesto en la Resolucion senalada en el parrafo que antecede, por 120 (ciento veinte) dias calendario a partir del primero de MORDAZA de 2009. Indicandose tambien, que se encargaba a la Gerencia de Operaciones Registrales para que, a traves de las Oficinas Registrales, Agencias, Puntos de Atencion, Campanas y Desplazamientos efectuados por las Jefaturas Regionales a nivel nacional, realicen el empadronamiento de las personas mayores de 25 anos de edad que requieran tramitar el Documento Nacional de Identidad por primera vez y que no cuentan con la MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento; Que, por su parte, la Gerencia de Operaciones Registrales remite el Informe N° 240-2009/GOR/RENIEC (02OCT2009), en el que solicita la ampliacion del beneficio descrito en los parrafos que anteceden, indicandose tambien que dicho MORDAZA de empadronamiento se ejecutaria tambien durante las actividades de MORDAZA y Desplazamiento; Que, asi tambien, la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, ha senalado en su Informe N° 1928-2009/SGP/GPP/ RENIEC (12NOV2009), que es factible de ser atendido dicho empadronamiento con cargo a los recursos presupuestarios del Pliego 33 RENIEC, solo hasta el ano fiscal inmediato siguiente y su afectacion sera en la medida que se realicen las atenciones correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC vigente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo dispuesto en la Resolucion Jefatural Nº 249-2009-JNAC/RENIEC (08MAY2009), para efectuar el empadronamiento de las personas mayores de 25 anos de edad que requieran tramitar el Documento Nacional de Identidad por primera vez y que no cuentan con la MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales para que, a traves de las Oficinas Registrales, Agencias, Puntos de Atencion, Campanas y Desplazamientos efectuados por las

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