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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de noviembre de 2009 406552 1. Coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones, programas y actividades de Defensa Nacional, Defensa Civil que según las normas vigentes sean de su responsabilidad. 2. Ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas del Sistema Regional de Defensa Civil- SIREDECI-, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. 3. Actualizar los estudios básicos que requieran la defensa nacional, defensa civil dentro del ámbito regional, integrando las Comisiones de planeamiento y de otras que se constituyan para el efecto. 4. Participar en la difusión de la doctrina y educación de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana promoviendo la formación cívico-patriótica de la población en la jurisdicción. 5. Estudiar y analizar la problemática de Seguridad Ciudadana regional; a fi n de coordinar y apoyar la reducción y/o eliminación de las causas que motivan la violencia, criminalidad organizada y delincuencia común a nivel regional. 6. Desarrollar acciones de Defensa Civil dentro de la jurisdicción, lo que incluye la ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil que sean de su competencia, así como de las evaluaciones de riesgo o similares que soliciten los administrados. 7. Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y en caso de su ocurrencia, brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados con el fi n de lograr la rehabilitación de las zonas afectadas, involucrando para el efecto a los demás órganos de línea del Gobierno Regional u otras instituciones públicas y privadas de la jurisdicción, según Ley 8. Efectuar el planeamiento, preparación y ejecución de la movilización regional concordante con las responsabilidades asignadas en el Plan de Movilización Nacional del Sistema de Defensa Nacional. 9. Coordinar y apoyar la formación y equipamiento de Compañías de Bomberos Voluntarios en la jurisdicción. 10. Participar en la educación y seguridad vial. 11. Promover y participar en la formación cívico- patriótica de la población en la jurisdicción. 12. Participar en el Comité Regional de Defensa Civil y sus Comisiones, así como garantizar la operatividad permanente del Centro de Operaciones de Emergencias Regional - COER CALLAO. 13. Realizar simulacros y simulaciones en los centros laborales, educativos, comunales, públicos y privados de la jurisdicción. 14. Coordinar y supervisar acciones tendientes a evitar el poblamiento en zonas de riesgo. 15. Coordinar con los Ministerios, Organismos Descentralizados, Instituciones y Empresas Públicas o Privadas, acciones del Sistema Regional de Defensa Civil a fin de superar situaciones de siniestro o riesgo. 16. Dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia, promoviendo una cultura de paz, orden y seguridad. 17. Presentar anualmente la memoria de su gestión que resuma las principales actividades desarrolladas, ante la Gerencia Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil. 18. Implementar las recomendaciones derivadas de los informes de Acciones de Control, emitidos por los Órganos que conforman el Sistema Nacional de Control y Sociedades de Auditoria 19. Realizar otras funciones de su competencia que le asigne la Gerencia Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil”. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 425821-1 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Crean el Comité Regional de Planeamiento Estratégico de la Región Cusco ORDENANZA REGIONAL N° 058-2009-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Sesión Ordinaria de fecha diecisiete de agosto del año dos mil nueve, ha tomado conocimiento de la Propuesta de Ordenanza Regional: “Crease el Comité Regional de Planeamiento Estratégico de la Región Cusco”, el mismo que después de debatido, fue aprobado por Unanimidad, por tanto: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad Popular, son personas jurídicas de derecho publico, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; Que, el Artículo 192º de la Norma Constitucional precitada establece “Que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el literal a) del inciso 1) del artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales regula expresamente que son: 1. Competencias Exclusivas: Son competencias Exclusivas, de acuerdo al Artículo 35º de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, las siguientes: a) Planifi car el desarrollo integral de la Región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo” Que, en el ámbito de la Región Cusco, es indispensable contar con un órgano de planeamiento estratégico que armonice los objetivos, iniciativas y políticas regionales con los objetivos iniciativas y políticas nacionales y locales que permitan efectuar la priorizaron de las necesidades y racionalización de los recursos regionales sobre la base de los planes regionales aprobados y la coordinación permanente del Gobierno Regional, con los niveles nacional y local, para la adecuada conducción del proceso de planeamiento estratégico inherente al desarrollo local regional y local. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y modifi catorias. Y en mérito a las atribuciones del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, se ha aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de la fecha la siguiente: ORDENANZA REGIONAL. Artículo Primero.- CREASE EL COMITÉ REGIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO DE LA REGION CUSCO, encargada de conducir, diseñar, orientar y organizar integralmente las políticas y planes regionales en armonía con las políticas y planes nacionales y locales. Artículo Segundo.- El Comité Regional de Planeamiento Estratégico del Cusco, estará conformado de la siguiente forma: 1. El Presidente del Gobierno Regional, quien la presidirá.