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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (02/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de setiembre de 2009 401856 fi nalidad de Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de los Proyectos de Universidades que promueven; Que, en el artículo 32º del Reglamento, se establece que: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora…”; Que, en el artículo 34º del Reglamento, se establece que: “El Pleno del CONAFU se pronunciará, en el término de quince (15) días calendario a partir de la recepción del Informe Final de la Comisión de Evaluación y Consolidación, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobación o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Postgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podrá adoptar cualquiera de las recomendaciones señaladas en el artículo 32º”; Que, por Carta s/n recibida con fecha 05 de febrero de 2008, el señor Wilfredo Ettore Escalante Alcocer, en nombre de la Sociedad Promotora Educativa Arequipa S.A.C., presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Autónoma San Francisco, para su evaluación correspondiente; Que, por Resolución Nº 174-2008-CONAFU de fecha 28 de mayo de 2008, se resuelve admitir a trámite el Proyecto de Desarrollo Institución del Proyecto de Universidad Autónoma San Francisco presentado por la Sociedad Promotora Educativa Arequipa S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Turismo, Hotelería y Gastronomía, 2) Ingeniería Comercial y Financiera, 3) Ingeniería Industrial y 4) Lengua, Traducción e Interpretación, bajo el Régimen Legal de la Ley Nº 23733; Que, por Resolución Nº 202-2008-CONAFU de fecha 16 de junio de 2008; se resuelve conformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autónoma San Francisco, integrada los siguientes profesionales: César Orestes Cruz Carbajal, José Anzani Canzio Álvarez y Lidia Jovita Verde Rodríguez, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, con Carta Nº 02-2009-SCC-PDI-UASF/ CONAFU recibida con fecha 19 de junio de 2009, el Ingeniero José Anzani Canzio Álvarez, Secretario de la Comisión Califi cadora del PDI, presenta el Informe Final realizado por la referida Comisión, manifestando que el Proyecto Universitario ha cumplido con atender todas las observaciones formuladas, levantándose la mayor parte de ellas, conforme a la naturaleza de la observación; los Formatos del PDI observados, se han reformulado convenientemente en los casos de levantamiento, de acuerdo a la naturaleza de la observación formulada; las exigencias planteadas en los formatos adecuados para cada una de las secciones de la estructura del proyecto, como información general de la promotora, fundamentación del Proyecto, plan de desarrollo institucional, infraestructura física y recursos educacionales, administración fi nanciera, resultados esperados y documentos de respaldo, incluyendo los reformulados, cumplen con las exigencias normadas; al practicarse la califi cación del Proyecto utilizándose las Tablas de Evaluación General de Proyectos Institucionales y las Tablas de Carreras Profesionales, los resultados son los siguientes. En el caso de las Carreras Profesionales propuestas, se ha preferido evaluarlas en conjunto debido a que las observaciones que se hacen sobre ellas, tienen una naturaleza común. Como se observa, tanto en la evaluación de las carreras profesionales como en la del proyecto institucional de funcionamiento, el proyecto presentado alcanza puntuaciones superiores a los mínimos exigidos, por lo que, en ambos casos, la Comisión Califi cadora considera una califi cación aprobatoria, sugiriendo que se declare procedente la Aprobación del Proyecto Institucional presentado por la referida Promotora; Que, por Ofi cio Nº 572-2009-CONAFU-CDAA recibido con fecha 13 de julio de 2009, el Consejero de Asuntos Académicos informa al Pleno del CONAFU sobre el escrito presentado por la Comisión Califi cadora encargada de evaluar Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto Universidad Autónoma San Francisco, donde remite su Informe Final, manifestando la Comisión que el referido Proyecto Universitario ha obtenido una califi cación aprobatoria, como resultado de la Califi cación con las Tablas de Evaluación General y las Tablas de Evaluación de las Carreras Profesionales, por lo que el Consejero de Asuntos Académicos opina que se declare Procedente la Aprobación del PDI del Proyecto de Universidad Autónoma San Francisco; Que, en sesión de fecha 24 de julio de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 329-2009-CONAFU aprobó por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autónoma San Francisco presentado por la Sociedad Promotora Educativa Arequipa S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Turismo, Hotelería y Gastronomía, 2) Ingeniería Comercial y Financiera, 3) Ingeniería Industrial y 4) Lengua, Traducción e Interpretación, bajo el Régimen Legal de la Ley Nº 23733; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autónoma San Francisco presentado por la Sociedad Promotora Educativa Arequipa S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Turismo, Hotelería y Gastronomía, 2) Ingeniería Comercial y Financiera, 3) Ingeniería Industrial y 4) Lengua, Traducción e Interpretación, bajo el Régimen Legal de la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria. Artículo Segundo.- REQUERIR a la Sociedad Promotora Educativa Arequipa S.A.C., Promotora del Proyecto de Universidad Autónoma San Francisco, el cumplimiento de los artículos 36º al 39º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU; bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 42º de la norma antes citada. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente MARIBEL URSULA TIÓ FERNÁNDEZ Secretaria General 390944-1 Reconocen a profesional para ocupar cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Le Cordon Bleu CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 397-2009-CONAFU Lima, 21 de agosto de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 05-PM-PULCB-2009 recibido con fecha 19 de mayo de 2009, la Resolución Nº 278- 2009-CONAFU de fecha 15 de junio de 2009, el Ofi cio Nº 1024-2009-CONAFU-P de fecha 19 de junio de 2009, el Ofi cio Nº 06-PM-PULCB-2009 recibido con fecha 14 de julio de 2009, la Resolución Nº 355-2009-CONAFU de fecha 23 de julio de 2009, el Ofi cio Nº 07-PM-PULCB- 2009 recibido con fecha 20 de julio de 2009, el Ofi cio Nº 661-2009-CONAFU-CDAA de fecha 23 de julio de 2009, y el Acuerdo Nº 339-2009-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 10 de agosto de 2009; y;