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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (03/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 34

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de abril de 2010 416657 de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del artículo 3º y el inciso c) del artículo 10º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 10º del referido Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 2º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, en adelante reglamento, se establece que: “El procedimiento de Autorización Provisional de funcionamiento de nuevas Universidades tiene como fi n verifi car el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Artículo 7º de la Ley Nº 26439 para otorgar la Autorización de Funcionamiento Provisional, y con ello garantizar la calidad de los servicios educativos en las Universidades bajo su competencia”; Que, en el artículo 9º del Reglamento, se establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos técnicos, económicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones económicas para sus diez (10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesión lógica de etapas que buscan la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su calificación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentarán con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales”; Que, en el artículo 12º del Reglamento, se establece que: “Con la solicitud de autorización de funcionamiento provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional que comprende tres secciones generales:..”; Que, en el artículo 18º del Reglamento, se establece que: “El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud de autorización de funcionamiento ante la Ofi cina de Trámite Documentario (OTD) del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), debiéndose adjuntar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la universidad que se promueve, y el recibo que acredite el pago de la tasa administrativa por evaluación para la admisión a trámite de la solicitud. De conformidad con el inciso 125.1 del artículo 125º de la Ley Nº 27444, el funcionario de la Ofi cina de Trámite Documentario, revisará bajo responsabilidad, que el expediente haya sido adecuadamente conformado y haciendo constar en el formato “Hoja de Tramite General” la existencia de cada uno de los documentos adjuntos y su foliatura. Si faltara algún requisito o documento, lo hará constar bajo fi rma del receptor, en la solicitud y en el formato Hoja de Trámite General, así como en la copia que conservará el administrado, señalando e informándole que dispone de dos días hábiles (48 horas) para completar el expediente, bajo sanción de tenerse por no presentada la solicitud, procediendo a devolverse el expediente al administrado. Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Ofi cina de Trámite Documentario, ingresará ofi cialmente el expediente para su trámite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fi n de que esta última, remita las Secciones A) y C) a la Consejería de Asuntos Académicos (CDAA) y la Sección B) a la Comisión Jurídica (CJ), quienes dispondrán de cinco días hábiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo término emitirán los informes correspondientes.”; Que, con escrito s/n recibido con fecha 17 de diciembre de 2009, el señor Luis Guzmán Cabrera, en representación de la Promotora del Proyecto de Universidad Isaac Newton, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del referido Proyecto Universitario, para brindar los servicios educativos universitarios en las siguientes carreras profesionales: 1) Derecho, 2) Ingeniería de Sistemas e informática, 3) Contabilidad y Finanzas, y 4) Administración y Negocios Internacionales; adjuntando la documentación correspondiente en tres secciones”; Que, por Ofi cio Nº 2224-2009-CONAFU-P de fecha 30 de diciembre de 2009, el Presidente del CONAFU traslada las observaciones formuladas de la Parte “A” y “B” al Proyecto de Universidad Isaac Newton, para que en el plazo de ocho (08) días hábiles, la Promotora de dicho Proyecto Universitario cumpla con levantar las observaciones antes indicadas, bajo apercibimiento de declararse inadmisible su solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 19º del Reglamento del CONAFU; Que, por Ofi cio Nº 001-2010-PUIN recibido con fecha 05 de febrero de 2010, la abogada Diana Tapia Tito, representante de la Promotora del Proyecto de la Universidad Isaac Newton, remite el levantamiento de las observaciones al PDI del referido Proyecto Universitario, trasladadas mediante el Ofi cio Nº 2224-2009-CONAFU- P; Que, con Ofi cio Nº 0177-2010-CONAFU-CDAA de fecha 15 de febrero de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos, informa al Pleno del CONAFU que el Presidente de la Promotora del Proyecto Universidad Isaac Newton, remite el levantamiento de observaciones al PDI, por lo que se dan por saneados los requisitos de admisibilidad de la Parte “A” y “C” del Proyecto de Desarrollo Institucional presentado; Que, por Informe Legal Nº 060-2010-CONAFU-CJ de fecha 15 de febrero de 2010, la Comisión Jurídica del CONAFU informa respecto al Ofi cio Nº 001-2010-PUIN presentado ante este Consejo Nacional con el que la representante del Proyecto Universidad Isaac Newton, hace llegar el levantamiento de las observaciones de admisibilidad que le fueran trasladadas en el Ofi cio Nº 2224-2009-CONAFU-P, donde debería levantar las observaciones efectuadas al proyecto de Estatuto, Organigrama y Certifi cados de antecedentes Penales; todo ello en el plazo de ocho días hábiles, al respecto la subsanación se ha realizado dentro desplazo otorgado y verifi cando se puede indicar que ha cumplido con levantar todas las observaciones pendientes que corresponde ala Parte “B” del PDI, en ese sentido esta sección se encuentra apta para su admisibilidad; Que, en el artículo 19º del Reglamento, se establece que: “Con los informes favorables de la CDAA y de la CJ, contando además con el acta de entrevista a los integrantes de la Promotora y de la Comisión Organizadora propuesta; realizada ante consejeros del CONAFU, el Pleno decidirá sobre la admisión a trámite de la solicitud presentada en el plazo máximo de quince (15) días naturales de recibido el último de los informes antes referidos. ...”; Que, por Ofi cio Nº 225-2010-CONAFU-P de fecha 01 de marzo de 2010, el Presidente del CONAFU cita a los promotores y miembros de la Comisión Organizadora propuesta del Proyecto de “Universidad Isaac Newton ”, de conformidad con el artículo 22º del Reglamento del CONAFU; Que, en cumplimento del párrafo anterior se llevó a cabo la entrevista de los Promotores y miembros de la Comisión Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Isaac Newton, con los señores Consejeros del Pleno del CONAFU, en cumplimiento con la norma correspondiente; Que, en la sesión de fecha 10 de marzo de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 086-2010-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Admitir a trámite la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad Isaac Newton, presentado por el señor Luis Guzmán Cabrera, en representación de la Promotora del referido Proyecto Universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho, 2) Ingeniería de Sistemas e Informática, 3) Contabilidad y Finanzas, y 4) Administración y Negocios Internacionales; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU;