Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2010 (03/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 43º.- De la remocion del miembro del Consejo Directivo por falta grave. Los miembros del Consejo Directivo de la SUNASA solo podran ser removidos en caso de falta grave debidamente comprobada y fundamentada, previa investigacion en la que se les otorga un plazo minimo de quince (15) dias calendario para presentar sus descargos. La remocion se realizara mediante Resolucion Suprema propuesta por el Ministro del Sector que lo designo El Consejo Directivo establecera en su reglamento interno el procedimiento a seguir en estos casos. Articulo 44º.- DE LA ACEPTACION DE LA RENUNCIA DEL MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO Las renuncias de los miembros del Consejo Directivo de la SUNASA se formulan por escrito ante el respectivo Consejo Directivo con anticipacion a la fecha de la proxima sesion programada. El Consejo Directivo debera correr traslado de la renuncia presentada, al Titular del Sector del Poder Ejecutivo correspondiente, en un plazo de cinco (05) dias habiles contados a partir de la sesion. La aceptacion de la renuncia se hace por Resolucion Suprema. De no expedirse esta en el plazo de treinta (30) dias calendario, la renuncia se tiene por aceptada. El miembro del Consejo Directivo renunciante debe continuar en su cargo hasta la incorporacion de su reemplazante, a menos que transcurran sesenta (60) dias calendario de la fecha de su presentacion. Articulo 45º.- DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo sesionara ordinariamente como minimo, una vez al mes y extraordinariamente, segun determine el Presidente o la mayoria de sus miembros. Corresponde a los miembros del Consejo Directivo percibir dietas por asistencia a las sesiones. No se podra recibir mas de cuatro (4) dietas por mes, aunque se hubiera desarrollado un numero mayor de sesiones en dicho periodo. Las sesiones del Directorio pueden o no ser presenciales, pudiendo realizarse a traves de medios telefonicos, electronicos o de otra naturaleza, siempre que exista una adecuada comunicacion y que la misma se realice sin mayor retardo. La MORDAZA de la realizacion de la sesion debera contar con los medios probatorios idoneos que MORDAZA necesarios, consignados en el acta correspondiente. Cualquier miembro del Directorio puede oponerse a que se utilice este mecanismo. Su sola oposicion impide la realizacion de la sesion no presencial. La participacion en una sesion no presencial, sera considerada como asistencia plena para todos los efectos. Articulo 46º.- QUORUM El quorum de asistencia a las sesiones es la mitad mas uno de los miembros habiles. Si el numero de miembros habiles es impar, el quorum es el numero entero inmediato superior al de la mitad de aquel. Sera necesaria la presencia del Presidente o del Vicepresidente para sesionar validamente. Los acuerdos seran tomados por mayoria de los miembros asistentes. Articulo 47º.DIRECTIVO Son funciones Superintendencia: FUNCIONES del Consejo DEL CONSEJO de la

k. Aprobar el Reglamento del Centro de Conciliacion y Arbitraje de la Superintendencia. l. Proponer modificaciones al Reglamento de Supervision, Infracciones y Sanciones de la Superintendencia. m. Aprobar los reglamentos para el ejercicio de la funcion de Registro y Autorizacion de la Superintendencia. n. Aprobar la estructura, funcionamiento, distribucion geografica, conformacion y el procedimiento para la designacion y/o eleccion de los miembros de las Juntas de Usuarios de la Superintendencia. o. Delegar en el Superintendente las atribuciones que no le MORDAZA privativas. p. Otras que se le asigne en el Reglamento de Organizacion y Funciones. Articulo 48º.- PRESIDENCIA DE LAS SESIONES Las sesiones seran presididas por el Superintendente; el cual tiene MORDAZA dirimente. En los casos de ausencia o impedimento del Superintendente, presidira las sesiones el Vicepresidente. Articulo 49º.- DESEMPENO DEL CARGO El cargo de miembro del Consejo Directivo es indelegable. Los miembros del Consejo Directivo desempenaran el cargo con diligencia, autonomia e independencia de criterio. Los miembros del Consejo Directivo, con excepcion del Superintendente, no podran desempenar funcion ejecutiva en la SUNASA. Articulo 50º.- DEL SUPERINTENDENTE El Superintendente ejerce las funciones ejecutivas de direccion de la Superintendencia, es el Titular de la entidad y su cargo es remunerado Articulo 51º.SUPERINTENDENTE FUNCIONES DEL

Corresponde al Superintendente: a. Ejercer la representacion legal de la institucion. b. Representarla ante autoridades publicas, instituciones nacionales o del exterior, y Consejos Directivos de empresas. c. Organizar dirigir y supervisar el funcionamiento de la institucion. d. Aprobar la estructura organizacional y funcional a ser sometido al Consejo Directivo. e. Designar y remover a los trabajadores de direccion y confianza. f. Celebrar convenios de cooperacion tecnica con entidades nacionales o extranjeras, previa autorizacion del Consejo Directivo. g. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo y determinar los asuntos a ser incorporados en la Agenda. h. Supervisar la correcta ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo. i. Decidir, de conformidad con las pautas generales que establezca el Consejo Directivo, la realizacion de inversiones temporales u otras operaciones con los fondos de la SUNASA. j. Aprobar el Plan Operativo, el Plan de Accion y demas planes que requiera la SUNASA. k. Aprobar la politica de administracion, personal, finanzas, imagen y relaciones institucionales en concordancia con las politicas generales que establezca el Consejo Directivo. l. Aprobar la adquisicion de bienes y contratacion de servicios con cargo al Presupuesto Institucional. m. Proponer al Consejo Directivo el Presupuesto Institucional, el balance general y los estados financieros. n. Expedir las resoluciones que correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo. o. En el caso que no sea posible reunir al Consejo Directivo para sesionar validamente, podra adoptar medidas de excepcion sobre asuntos que corresponda al Consejo Directivo, dando cuenta al mismo en la sesion mas proxima para su ratificacion. p. Ejercer las demas funciones que le delegue o le encargue el Consejo Directivo. El Presidente del Consejo Directivo podra otorgar los poderes que considere necesarios, dentro de los limites que establezca el Consejo Directivo.

Directivo

a. Aprobar la politica general de la Superintendencia. b. Aprobar el Plan Estrategico Institucional. c. Adoptar acuerdos de caracter general o particular, en materias de su competencia. d. Aprobar la Memoria Anual. e. Aprobar los convenios y gestiones de caracter interinstitucional que se requiera para el cumplimiento de sus fines. f. Aprobar la celebracion de actos, convenios y contratos con entidades publicas o privadas nacionales o extranjeras. g. Aprobar el Presupuesto Institucional, el balance general y los estados financieros. h. Designar un Vicepresidente del Directorio i. Otorgar los poderes que considere necesarios. j. Proponer el Reglamento de Organizacion y Funciones, para el tramite correspondiente ante el MINSA.

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