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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de agosto de 2010 424370 • Llamada de Larga Distancia Internacional a China por Discado Directo en Horario Normal: De S/. 3.784 a S/. 3.094. • Ampliación del horario reducido en las llamadas de Larga Distancia Internacional; antes: de lunes a domingo y feriados calendario desde las 23:00 a 07:59 horas; propuesta: de lunes a domingo y feriados calendario desde las 22:00 a 07:59 horas. 534247-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Reemplazan 2 NTP de mejores prácticas logísticas, por otras dos de la misma materia RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 15-2010/CNB-INDECOPI Lima, 26 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas vigente, establece en su artículo 15 que las Normas Técnicas Peruanas serán revisadas periódicamente para lograr su actualización; Que, de conformidad con la reglamentación anterior, acorde con la vigente, se ha venido ejecutando el Plan de Revisión y Actualización de Normas Técnicas Peruanas con el objeto de poner a disposición de los usuarios normas técnicas confi ables que satisfagan sus expectativas; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización de Mejores Prácticas Logísticas de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Comité citado, se evaluó la necesidad de reemplazar y dejar sin efecto (04) Normas Técnicas Peruanas caducas por Normas Técnicas Peruanas vigentes; Que, la Comisión acorde a lo informado por el mencionado Comité, confi rmó la necesidad de reemplazar y dejar sin efecto (04) Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1030, el Decreto Legislativo Nº 1033, el Decreto Supremo Nº 081- 2008-PCM y la Resolución Nº 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 26 de julio de 2010. RESUELVE REEMPLAZAR las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 399.055:1981 CONTENEDORES. Terminología y defi niciones Reemplazada por la NTP-ISO 830:2009 MEJORES PRÁCTICAS LOGÍSTICAS. Contenedores de carga. Vocabulario NTP 399.056:1981 CONTENEDORES. Dimensiones externas y masa bruta máxima Reemplazada por la NTP-ISO 668:2009 MEJORES PRÁCTICAS LOGÍSTICAS. Contenedores de carga serie 1. Clasifi cación, dimensiones y masa bruta máxima DEJAR SIN EFECTO las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 399.055:1981 CONTENEDORES. Terminología y defi niciones NTP 399.056:1981 CONTENEDORES. Dimensiones externas y masa bruta máxima Con la intervención de los señores miembros: Antonio Blanco Blasco, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. ANTONIO BLANCO BLASCO Vicepresidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 534175-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a empresas con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 1403-2010-TC-S1 Sumilla: Corresponde imponer sanción administrativa al Proveedor que presentó documentos falsos o inexactos ante el Registro Nacional de Proveedores. Lima, 21 de julio de 2010