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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (26/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de agosto de 2010 424428 y en el Registro SINABIP Nº 12225, correspondiente al departamento de Lima; Que, el Artículo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectación de un bien de dominio público, procederá cuando haya perdido la naturaleza o condición apropiada para su uso público o para prestar un servicio público y deberá ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procederá a aprobar la desafectación de los predios de dominio público; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal l) del Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado mediante Resolución Nº 315-2001/ SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; Que, de acuerdo a la inspección técnica de fecha 03 de febrero de 2010, efectuada por personal de esta Superintendencia, se ha verifi cado que el predio se encuentra cercado con muros de ladrillo ocupado por la señora Catalina Cárdenas Villegas y familia, en tres edifi caciones de un piso; quienes lo usan como vivienda, por lo que podemos concluir que no cumple un uso público o se encuentra destinado al servicio público; Que, estando a los fundamentos señalados en el Informe Técnico Legal Nº 0559-2010/SBN-GO-JAD de fecha 20 de agosto de 2010, corresponde declarar la desafectación de su condición de dominio público del predio antes descrito; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007- VIVIENDA, Resolución Nº 315-2001/SBN y Resolución Nº 066-2009/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la desafectación de su condición de dominio público del predio de propiedad del Estado de 651,35 m², constituido por el Lote CRUZR, Manzana K, Etapa Primera, Zona 0-5-6, Urbanización Condevilla Señor y Valdivieso, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº P01219877 del Registro de Predios de Lima y con Registro SINABIP Nº 12225, correspondiente al departamento de Lima, a fi n que se incorpore al dominio privado del Estado. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución procederá a inscribir lo resuelto en el Artículo primero y segundo. Regístrese y publíquese. REYNA ISABEL HUAMANI HUARCAYA Jefe de Adjudicaciones 534658-1 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en la provincia de Huarmey, departamento de Ancash JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 203-2010/SBN-GO-JAR San Isidro, 19 de agosto del 2010 Visto el Expediente Nº 149-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 39 680.02 m², ubicado a la altura del Km. 299 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 39 680.02 m², ubicado a la altura del Km. 299 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 18 de agosto de 2009, se verifi có que el terreno es de topografía plana con suelo de textura arenosa y presencia de piedras dispersas; Que, mediante Informe Técnico Nº 1159-2010- Z.R.Nº. VII/OC-HZ, de fecha 28 de mayo de 2010, la Ofi cina Registral de Casma, señala que en el terreno en consulta no existe superposicion gráfi ca con predios inscritos; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 39 680.02 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 418 -2010/SBN-GO-JAR, de fecha 08 de junio de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 39 680.02 m², ubicado a la altura del Km. 299 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito y provincia de