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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de agosto de 2010 424442 no sólo por castellano hablantes); f) en la administración de justicia (incorporando intérpretes en los procesos judiciales), etc. El uso de las lenguas Awajun, Wampis y Quechua en los ámbitos señalados favorecerá la integración de miles de compatriotas a la vida pública de la Región Amazonas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinacion con la Dirección Regional de Educación y en el término de noventa (90) días calendarios, la elaboración de un Plan de Capacitación Progresiva para el aprendizaje de las Lenguas Awajun, Wampis y Quechua para los Funcionarios Públicos del Gobierno Regional, Gobiernos Locales y de los sectores (especialmente MINEDU, MINSA, MIMDES, Justicia), a fi n de que reconozcan, respeten los derechos de los pueblos indìgenas originarios y promuevan los valores, y el reconocimiento de su cultura; y la elaboración del Plan de Acción Progresiva que plantee como requisito indispensable las lenguas Awajun y Wampis y Quechua. Así como para funcionarios que desempeñan labores en zonas con predominancia de los idiomas mencionados; y la elaboraciòn de Proyectos de Inversiòn, con la fi nalidad de asignar recursos para la puesta en práctica de los Planes indicados. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en coordinación con los sectores de Educación y Salud, elabore el reglamento correspondiente dentro del plazo de noventa (90) días de publicada la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- RECOMENDAR a los Gobiernos locales, de acuerdo a sus funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas conforme a ley, la implementación de la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Artículo Octavo.- CONFORMAR.- Una Comisión Multisectorial de promoción, difusión y desarrollo de las lenguas indígenas de Amazonas, que deberá tener redes de niveles distritales, provinciales, regionales y cuente como integrantes a estudiosos de estas lenguas y juntas directivas de las federaciones indìgenas; encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social para que en un plazo de 30 días realice la implementación. Artículo Noveno.- IMPLEMENTAR el Proyecto Educativo Regional PER – Amazonas, en Instituciones Educativas Públicas y Privadas, incorporando obligatoriamente cursos/asignaturas de lengua Awajun, Wampis y Quechua, desde la Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Institutos Superiores y Universidades, encargando a la Dirección Regional de Educación Amazonas – DREA la implementación y ejecución de la presente Ordenanza Regional en el Plan Educativo Regional. Artículo Décimo.- REITERAR la obligación de desarrollar la Educacion Intercultural Bilingüe en todos los niveles y modalidades educativas de la Región Amazonas de acuerdo a la Ley General de Educación Nª 28044 y el PER - Amazonas,y encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Dirección Regional de Educación de Amazonas realice su implementación. Artículo Undécimo.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgación. En Chachapoyas a los 14 días del mes de junio del 2010. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 7 días del mes de julio del 2010. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente del Gobierno Regional Amazonas 534688-1 Aprueban Plan Estratégico Regional del Recurso Hídrico de Amazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 265 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de fecha 22 de Julio del 2010, trató el tema relacionado al Plan Estratégico Regional del Recurso Hídrico de Amazonas; y CONSIDERANDO: Que, las Regiones tienen autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia, refi ere el Art. 197° de la Ley N°. 27680 – ley de la reforma constitucional, su defi nición guarda armonía con los artículos 2°, 15° Inc. A, y 16° de la Ley N° 27867 Ley orgánica de Gobiernos Regionales que otorga atribuciones para aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como proponer normas y acuerdos regionales; Que, la Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, faculta dictar normas que faciliten la implementación de la política ambiental regional, contando para ello con instrumentos de gestión, como es el caso de la conformación de Grupos Técnicos, para impulsar el desarrollo de políticas ambientales determinadas; Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, ha propuesto al Consejo Regional para su reconocimiento, la conformación del Grupo técnico de gestión de Cuencas del “SICRE”, con la fi nalidad de impulsar los objetivos y metas en la implementación del sistema de Conservación Regional; Que, mediante convenio fi rmado entre el Gobierno Regional Amazonas y la Asociación Peruana para la Conservación de la Naturaleza – APECO, del 18 de Abril del 2007, que en sus adendas respectivas, se señala que APECO se compromete a elaborar una propuesta de sistema de áreas de Conservación Regional (SICRE) con una representatividad adecuada de la diversidad biológica de la región; Que, mediante Ordenanza Regional, N° 196- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 29 de Noviembre del 2007, quedó aprobada la conformación del Grupo Técnico de Cuencas (Ríos Limpios) Amazonas y el Grupo Técnico Regional de Gestión Integral de Residuos Sólidos de Amazonas, quedando como Secretario Técnico, la Asociación Peruana para la Conservación de la Naturaleza; Que, las siete cuencas que existe en el departamento de Amazonas, tienen diferentes grados de contaminación por descargas de aguas servidas, por contaminación de agroquímicos, metales pesados y residuos sólidos. Que, tomando como perspectiva la iniciativa de la Comisión Ambiental Regional, ha sido procedente la constitución de un Grupo Técnico de Cuencas para elaborar una propuesta de Estrategia Regional del Recurso Hídrico en Amazonas, en base a prioridades identifi cadas con acciones de co gestión para la mitigación de los problemas y para la promoción de consumo sostenibles, reducción al mínimo de la generación de residuos sólidos, aumentando al máximo la reutilización y reciclaje; En Amazonas tanto los servicios de tratamiento de Aguas residuales y tratamiento de residuos sólidos son