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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de agosto de 2010 424432 VISTO: El ofi cio de fecha 20 de julio del año en curso, remitido por el Señor Diómedes De María Oswaldo Anchante Andrade, Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, mediante el cual remite la propuesta de Designación de la Señora Doctora Gloria Elízabeth Calderón Paredes, como Magistrada de la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial para el Distrito de Ventanilla, y; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital, conjuntamente con el Presidente de la Corte Superior son los órganos de dirección de un Distrito Judicial, conforme lo establece el artículo 72º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, el Consejo Ejecutivo Distrital, mediante Resolución Administrativa Nº 025-2009-CED-CSJCL/PJ, de fecha 12 de agosto del año próximo pasado, estableció la conformación de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia del Callao. Que, dentro de los órganos de línea establecidos en dicha resolución se encuentra la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial que se encarga de recepcionar y tramitar las quejas verbales, cuyas ofi cinas se encuentran en la sede central. Que, una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital es la de vigilar la pronta administración de justicia, para lo cual puede adoptar las medidas administrativas que requiere el régimen interior del Distrito Judicial, asimismo adoptar acuerdos para que sus dependencias funcionen con efi ciencia y oportunidad. Que, en el Distrito de Ventanilla funcionan 10 órganos jurisdiccionales que tramitan un considerable número de procesos de todas las especialidades del Derecho, cuyos litigantes, cuando el caso lo requiere, tienen que acudir hasta la sede central para formular algún reclamo o queja verbal contra los magistrados de Ventanilla por conducta disfuncional, hecho que causa malestar en los justiciables y además no tienen la atención oportuna del órgano contralor, por lo que es necesario descentralizar estos servicios estableciendo una ofi cina de la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial antes mencionada en el Distrito de Ventanilla, que estará a cargo de un magistrado de dicha sede, cuya función contralora debe ser en adición a sus actividades jurisdiccionales. Que, el Señor Doctor Diómedes De María Oswaldo Anchante Andrade, Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, en uso de sus facultades ha propuesto a la Señora Doctora Gloria Elizabeth Calderón Paredes, para integrar el mencionado órgano de línea, propuesta que ha sido admitida por el Pleno del Consejo Ejecutivo Distrital, en Sesión de la fecha; por lo que debe ofi cializarse dicho acuerdo. Por estos fundamentos, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de las facultades conferidas por el artículo 96°, incisos 10º y 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del Señor Consejero Pedro Gustavo Cueto Chuman, por encontrarse haciendo uso de sus vacaciones correspondientes al presente año judicial: RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Señora Doctora GLORIA ELIZABETH CALDERÓN PAREDES, como Magistrada Integrante de la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao (CODECMA), cuya labor desempeñará en el Distrito de Ventanilla, en adición a sus funciones jurisdiccionales. Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, brinde el apoyo necesario para la implementación de la ofi cina correspondiente. Artículo Tercero.- PONGASE la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, de los señores magistrados de esta Corte Superior de Justicia y de la magistrada designada, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. S.S. CESAR HINOSTROZA PARIACHI OSWALDO ANCHANTE ANDRADE VÍCTOR ARBULÚ MARTÍNEZ JORGE GUIZADO SALCEDO 535144-1 Declaran en suspenso la Res. Adm. Nº 30-2010-CED-CSJLI-PJ, que dispuso la implementación de la Segunda Etapa del Programa Control Tarea de Todos CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 32-2010-CED-CSJLI-PJ Lima, 20 de agosto de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 680-2010-J-ODECMA-CSJLI/PJ y la Resolución Administrativa Nº 30-2010-CED-CSJLI-PJ que dispone la implementación de la Segunda Etapa del Programa “Control Tarea de Todos” en la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, con fecha trece de agosto del año en curso se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Resolución Administrativa Nº 30-2010-CED-CSJLI-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima que dispone la implementación de la Segunda Etapa del Programa “Control Tarea de Todos” a través de la creación y apertura del “Libro de Defensa del Usuario Judicial” a cargo de los Administradores de los Módulos de esta Corte Superior. Segundo.- Que, siendo necesario contar con la aprobación de la Jefatura Suprema de la OCMA para la efectiva implementación de la Segunda Etapa del Programa Control Tarea de Todos, es que corresponde declarar en suspenso la resolución administrativa precitada y remitirla con la opinión favorable de este Colegiado a dicho Órgano de Control para su evaluación respectiva. En consecuencia, por los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los incisos 19 y 21 del Art. 96º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital, en sesión ordinaria y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en suspenso la Resolución Administrativa Nº 30-2010-CED-CSJLI-PJ publicada con fecha trece de agosto del año en curso en el Diario Ofi cial El Peruano, que dispuso la implementación de la Segunda Etapa del Programa Control Tarea de Todos. Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la Resolución Administrativa Nº 30-2010-CED-CSJLI-PJ a la Jefatura Suprema de la OCMA con la opinión favorable