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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de agosto de 2010 424444 Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la elaboración del Reglamento correspondiente el cual será aprobado mediante Decreto Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 30 días del mes de junio del año dos mil diez. ZONIA MENESES DE YARANGA Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 30 días del mes de junio del año dos mil diez. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ Presidente 534632-1 Aprueban Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones - 2010 ORDENANZA REGIONAL Nº 017 - 2010 - GRA/CR Ayacucho, 26 de julio de 2010 EL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 12 de julio de 2010, trató el tema relacionado a la Propuesta del Reglamento de Organización y Funciones – R. O. F. y Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones – 2010; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 269-2010-GRA/PRES, el señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho remite ante el Consejo Regional la propuesta aprobación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, que acompaña el Informe Técnico emitido por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, Informe Nº 015-2010- GRA/GRPPAT-SGDI-NSMR de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática y la Opinión Legal Nº 193-2010-GR-AYAC/ORAJ-UAA-ECN y el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Política de Gestión y Fortalecimiento Institucional; Que, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos; contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades. Es un documento que expresa cómo los órganos estructurados de una institución deben funcionar, además es un instrumento normativo institucional que contiene disposiciones técnico – normativos que contemplan, regulan y fi jan la estructura orgánica; Que, el marco normativo aplicable para la formulación, aprobación y vigencia de todo Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del sector público, es el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM de fecha 26 de julio del 2006, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República; y el literal a) del artículo acotado señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27783 Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 29053 y Ley Nº 28968; el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros y la dispensa del trámite y lectura de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, en forma excepcional, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F. de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones - 2010, que consta de ocho (08) Títulos, diez (10) Capítulos, treinta y seis (36) Artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Transitoria y tres (03) Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO, la Ordenanza Regional Nº 008-2007-GRA/CR, de fecha 11 de mayo de 2007 y toda Disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- No es aplicable a la presente Ordenanza Regional, lo dispuesto por la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Regional Nº 024-2007-GRA/CR. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 26 días del mes de julio del año dos mil diez. ZONIA MENESES DE YARANGA Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla.