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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424601 Que, atendiendo a las características del mercado internacional, hacen que las compraventas internacionales sean más complicadas que las nacionales, debido principalmente a: El tiempo que la mercancía está viajando, los posibles percances en el viaje, las formalidades aduaneras, regulaciones de comercio exterior y los controles de cambio, la diferencia de legislaciones entre países, desconocimiento mutuo entre el importador y el exportador, distintos idiomas, divisas, costumbres, etc. Por tal razón el importador necesita saber que la mercancía le será entregada conforme al pago realizado mientras que el exportador quiere asegurarse que va a recibir el pago de la mercancía enviada. Por su parte el exportador deberá presentar al Banco los documentos que evidencien el envío o despacho de la mercancía requerida. Contra la presentación de los documentos conformes a las condiciones establecidas en el Crédito, obtendrá el pago o compromiso. El importador con los documentos podrá retirar la mercancía; Que, para obtener el “Crédito Documentario” del Banco de la Nación, se requiere contar con la siguiente documentación: a) Solicitud de Apertura de Crédito Documentario presentado por la máxima autoridad regional con el formulario proporcionado por el Departamento de Operaciones, donde se señala básicamente: Nombre del Proveedor, País de procedencia, Monto del Crédito documentario, vigencia, forma y modalidades de pago, descripción de los bienes por importar, garantías o colaterales que respaldan el crédito, para lo cual los representantes legales autorizan al BN para afectar la cuenta corriente y constituir el depósito a plazo por el 100% del valor de crédito documentario de importación; b) Copia legalizada del Acta de Acuerdo de Consejo Regional, mediante el cual se aprueba solicitar el crédito documentario de importación con indicación del benefi ciario, monto, objeto, plazo y demás cláusulas contenidas en el formato de apertura de crédito documentario de importación, conteniendo además, la autorización para que el Presidente Regional, pueda gestionar y suscribir la solicitud y los documentos necesarios para la emisión de la Carta Fianza; c) Informe comercial requerido por la Superintendencia de Banca y Seguros, según formato ajustado para el Banco de la Nación debidamente fi rmado por el Presidente Regional; d) fotocopia legalizada de los siguientes documentos: Copia del nombramiento del representante legal, según corresponda y copia del RUC de la Institución; Que, conforme se advierte de la copia del Contrato de Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios Nº 001-2009-GORE-ICA, suscrita a los 16 días del mes de diciembre del 2009, que tiene por objeto la contratación de bienes y servicios para la implementación de un sistema de alerta para la prevención de desastres hidrometereológicos, planeamiento y desarrollo de la Región Ica, la que con fecha 27 de noviembre del 2009, el Comité Especial otorgó la Buena Pro del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 029-2009-GORE ICA al CONSORCIO SMA, conformada (SIAP+ MICROS SRL– Empresa Italiana, MICROCOM DESIGN INC-Empresa de Estados Unidos de Norteamérica y ADR TECNOLOGY S.A.C. –Empresa Peruana), conforme así se desprende de la cláusula primera del citado contrato; Que, a efectos de resolver la imposibilidad por parte del Gobierno Regional de Ica, de gestionar el pago directo para cada uno de las Empresas que forman parte del Consorcio MSA, como inicialmente estaba previsto en el Contrato, estas acuerdan aceptar el pago del 100% del valor del contrato a favor de la Empresa SIAP + MICROS SRL, lo que permite la posibilidad de pago a un único miembro del Consorcio, quién actuará como benefi ciario principal, razón por la cual el representante legal, solicita la Apertura de la Carta de Crédito, para tal efecto inicia el trámite para la suscripción de una Addenda al Contrato de Adquisición de Bienes y Servicios Nº 001-2009-GORE-ICA, la que previo el procedimiento administrativo, respectivo y en observancia de las formalidades de Ley, en cumplimiento de las observaciones efectuados mediante Informe Nº 172-2010-ORAJ y el Informe Legal Nº 197-20010-ORAJ, y contando con los además con Memorandum Nº 204-2010- GRRNGMA y Informe Nº 125-2010-OAP, emitidas por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, y el Sub Gerente de la Ofi cina Regional de Abastecimiento y Patrimonio, respectivamente, por el cual alcanza propuesta de modifi cación de la Cláusula Quinta del Contrato en relación a la forma de pago, así como la Apertura de Carta de Crédito por el 100% del monto del crédito, las que difi eren en los porcentajes propuestos por el Consorcio SMA, todo ello, con la fi nalidad de superar la imposibilidad de tramitar las Cartas de Crédito en forma individual (es decir para cada Empresa conformante del Consorcio), tal como estaba previsto en el Contrato primigenio, la que justifi ca la necesidad de modifi car las cláusulas segunda y quinta del Contrato mediante Addenda al Contrato, a fi n que consignar sólo a uno de los integrantes del Consorcio–SIAP+MICROS designado por el Consorcio, tal como se desprende de la Addenda, la que fi nalmente mediante Resolución Ejecutiva Regional Noº235-2010-GORE ICA/PR, se aprueba la Primera Addenda al Contrato de Adquisición de Bienes y Servicios Nº 001-2009-GORE ICA; Que, a efectos de dar cumplimiento a la Primera Addenda al Contrato de Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios Nº 001-2009-GORE-ICA, por el cual se establece entre otras obligaciones de parte del Gobierno Regional de Ica, se tramite la Apertura de Carta de Crédito por el 100% del valor del Contrato S/. 1,865,00.00 (Un millón ochocientos sesenta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles), las mismas que serán convertidos por el Banco de destino EURO-ITALIA, trámite que será realizado por el Banco de la Nación, con las precisiones al que hace referencia en la Primera Addenda al Contrato referido, y las formalidades precisadas en el sexto considerando del presente; Que, en atención a las consideraciones precedentes y el Dictamen Nº 001-2010-CPPAT/CRI, las deliberaciones realizadas por los señores Consejeros Regionales durante la Sesión Ordinaria y con la participación de los asistentes, conforme así se desprende del acta de sesión de la fecha, el Consejo Regional acordó con el quórum de ley, dictar la presente Acuerdo de Consejo Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del quince de junio del año dos mil diez, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Solicitud de Apertura de Carta de Crédito de Importación al Banco de la Nación, en los términos precisados en el documento denominado “Acta de Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica” que en ANEXO, forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración de la Región y la Secretaría del Consejo Regional, a realizar los trámites respectivos para la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional, en el Diario de Mayor Circulación de la Región; asimismo disponer su inclusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica, de conformidad a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. JUAN FRANCISCO CABREJAS HERNÁNDEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. RÓMULO TRIVEÑO PINTO Presidente del Gobierno Regional de Ica 536336-4 Modifican Acuerdo y dejan sin efecto situación de emergencia respecto a la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de Nazca - Vista Alegre - Ica” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0039-2010-GORE-ICA Ica, 2 de julio de 2010