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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424605 economía regional, fomentan inversiones y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, durante la sesión de Consejo Regional se incluyó como punto de agenda, a petición de la Consejera Regional, Prof. Aída A. Lozano Trujillo, a efectos de que el Pleno del Consejo Regional, apruebe la supervisión de la Obra “Construcción de Puente Vehicular en Huaracco Km. 22+000 Ruta I-C 108 EMP PE 1S Río Grande-Palpa-Ica”, siguiendo el procedimiento establecido en el Decreto de Urgencia Nº 078-2009 y demás normas aplicables, la que fue deliberada, conforme así se desprende del acta de sesión de la fecha y al considerar necesaria su aprobación de la misma, en ejercicio de la facultad establecida en el artículo primero de las disposiciones complementarias y fi nales del Decreto de Urgencia Nº 041-2009 y el artículo primero de las disposiciones complementarias y fi nales del Decreto de Urgencia Nº 078- 2009, fue aprobado con el quórum de Ley, por el Pleno del Consejo Regional la petición solicitada previa las formalidades de Ley, resultando por consiguiente justifi cada su formalización mediante Acuerdo de Consejo Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria del tres de agosto del año dos mil diez, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la supervisión de la obra “Construcción de Puente Vehicular en Huaracco Km. 22+000 Ruta I-C 108 EMP PE 1S Río Grande-Palpa-Ica”, que surgió en la presente sesión del Consejo Regional, siguiendo el procedimiento establecido en el Decreto de Urgencia Nº 078-2009 y demás normas complementarias, el mismo que surgió en la presente sesión del Consejo Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina Regional de Administración, la publicación del presente Acuerdo, en el diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgación. JUAN FRANCISCO CABREJAS HERNÁNDEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. RÓMULO TRIVEÑO PINTO Presidente del Gobierno Regional de Ica 536336-10 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0045-2010-GORE-ICA Ica, 17 de agosto de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del tres de agosto del año dos mil diez. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía es un derecho y la capacidad efectiva del gobierno regional de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afi anzar en la ciudadanía e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación; Que, el primer párrafo del artículo 192º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan inversiones y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, durante la Sesión de Consejo Regional, además de la ejecución de la obra se incluyó que el Pleno del Consejo Regional, apruebe también la supervisión de la obra “Mejoramiento de los Servicios Educativos en la Infraestructura Educativa I.E. Nº 23543 Almirante Miguel Grau-Marcona”, siguiendo el procedimiento establecido en el Decreto de Urgencia Nº 078-2009 y demás normas aplicables, la que fue deliberada, conforme así se desprende del acta de sesión de la fecha y al considerar necesaria su aprobación de la misma, en ejercicio de la facultad establecida en el artículo primero de las disposiciones complementarias y fi nales del Decreto de Urgencia Nº 041-2009 y el artículo primero de las disposiciones complementarias y fi nales del Decreto de Urgencia Nº 078-2009, fue aprobado con el quórum de Ley, por el Pleno del Consejo Regional la petición solicitada previa las formalidades de Ley, resultando por consiguiente justifi cada su formalización mediante Acuerdo de Consejo Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria del tres de agosto del año dos mil diez, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la supervisión a ser contratada y/o ejecutada, pedida por el Consejero Regional Alex Javier Pillaca Castilla en sesión del Consejo Regional de la obra “Mejoramiento de los Servicios Educativos en la Infraestructura Educativa I.E. Nº 23543 Almirante Miguel Grau- Marcona”, siguiendo el procedimiento establecido en el Decreto de Urgencia Nº 078-2009 y demás normas complementarias y conexas, que se trajeron a colación en esta sesión. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina Regional de Administración, la publicación del presente Acuerdo, en el Diario de mayor circulación de la Región y en el Portal del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgación. JUAN FRANCISCO CABREJAS HERNÁNDEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. RÓMULO TRIVEÑO PINTO Presidente del Gobierno Regional de Ica 536336-11 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0046-2010-GORE-ICA Ica, 17 de agosto de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del tres de agosto del año dos mil diez. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía es un derecho y la capacidad efectiva del gobierno regional de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afi anzar en la ciudadanía e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación;