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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de enero de 2010 411593 Que, con el fi n de garantizar el cumplimiento de la transparencia de la gestión institucional de la Defensoría del Pueblo, es necesario establecer los niveles de decisión y autoridad en los diferentes aspectos de los procesos de contratación y en determinadas acciones de personal que lleve a cabo la Entidad; Que, mediante Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el numeral 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411 prevé que las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, la cual deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 30.2) del artículo 30° de la Ley Nº 28411, modifi cado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 29465, los calendarios de compromisos institucionales son aprobados en el Gobierno Nacional por resolución del Titular del Pliego o por quién éste delegue, a propuesta de los jefes de las ofi cinas generales de administración y presupuesto, respectivamente, o la que haga sus veces; Que, el numeral 7.1) del artículo 7º de la Ley Nº 28411 establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho marco normativo, así como las leyes de presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, de otro lado, mediante Decreto Legislativo N° 1017 se aprobó la Ley de Contrataciones del Estado y con el Decreto Supremo N° 184-2008-EF se aprobó su Reglamento; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 5° de su Reglamento, el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado, excepto la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos establecidos en el Reglamento; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 012- 2009/DP la Titular de la Entidad designa a la Secretaría General como responsable de distintos niveles de decisión y autoridad en los procesos de contratación llevados a cabo institucionalmente en el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento; Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP y modifi cado mediante Resolución Administrativa Nº 025-2007/DP, se aprobó el Reglamento Interno de Trabajo; Que, el artículo 49º del Reglamento Interno de Trabajo establece que la licencia por motivos particulares podrá ser autorizada al trabajador por un período máximo de noventa (90) días, considerándose en forma acumulativa todas las licencias y permisos de la misma índole que tuviere el trabajador durante los últimos doce (12) meses y, asimismo, dispone que excepcionalmente corresponde a la Titular de la Entidad autorizar la ampliación del plazo máximo establecido; Que, el literal e) del artículo 59º del citado Reglamento Interno de Trabajo dispone que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Del mismo modo, señala que la aprobación de los encargos respecto del personal directivo en niveles D7 y D8 corresponde a la Titular del Pliego; Que, el literal f) del artículo 8º del citado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo establece que la Titular de la Entidad tiene, entre sus atribuciones, la facultad de delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo; Que, conforme a lo propuesto en el documento de visto y con el fi n de asegurar la adecuada gestión institucional, es conveniente delegar las facultades señaladas en los considerandos precedentes; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, de Administración y Finanzas, de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 8° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP y modifi cado mediante Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7°, 30° y 40° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y por el artículo 49º y el literal e) del artículo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP y modifi cado mediante Resolución Administrativa Nº 025-2007/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Primer Adjunto o el que haga sus veces, las siguientes facultades en materia de acción de personal: a. Aprobar las resoluciones de encargatura respecto del personal directivo que se encuentre en los niveles D7 y D8 de la Defensoría del Pueblo. b. Autorizar la ampliación del plazo máximo establecido para otorgar las licencias por motivos particulares a los funcionarios y trabajadores de la Defensoría del Pueblo. Artículo Segundo.- DELEGAR en la Secretaria General o el que haga sus veces, las siguientes facultades en materia presupuestaria: a. Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2010, de acuerdo a lo establecido en el numeral 40.2) del artículo 40º de la Ley N° 28411. b. Aprobar los calendarios de compromisos institucionales y sus ampliaciones durante el Año Fiscal 2010, conforme a lo dispuesto por el numeral 30.2) del artículo 30° de la Ley Nº 28411. c. Aprobar, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2010, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas a la función de la Defensora del Pueblo, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7º de la Ley Nº 28411. Artículo Tercero.- INCORPORAR el numeral 19) en el Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 012- 2009/DP, conforme al siguiente texto: 19) Aprobar los informes de postergación de cualquiera de las etapas de un proceso de selección. Artículo Cuarto.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo Quinto.- REMITIR copia fedateada de la presente resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 448127-1