Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA STEIN Presidente del Poder Judicial

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preestablecida, claramente estipulada, y, tambien, fijar algunas limitaciones o condiciones para su concrecion. Incluso, el Juez podra exigir reserva absoluta de parte de la Comision Investigadora ­y compromisos al respecto- si la informacion es sensible, especialmente en orden a la seguridad nacional o al orden publico. 8. Es obvio que el paso de la etapa de instruccion o investigacion preparatoria a la del juicio oral determina un cambio de las circunstancias que en su momento justificaron una inicial negativa a proporcionar informacion. Por tanto, el organo jurisdiccional competente puede revisar el criterio anteriormente adoptado y decidir lo que corresponda, bajo el entendido de que una vez que ceso la reserva de la instruccion ­precluyo definitivamente esa etapa del MORDAZA penal-, en MORDAZA, no cabe oponer negativa alguna a la remision de informacion requerida por la Comision de Investigacion, salvo razones excepcionalisimas que han de mencionarse y explicarse con suficiencia. V. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Se faculta al Senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica para que dicte las medidas complementarias y tomar las acciones que resulten necesarias para garantizar la indispensable colaboracion entre los poderes publicos y la autonomia judicial e independencia de los jueces en el ejercicio de su funcion jurisdiccional. MORDAZA, 22 de enero de 2010.

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ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Aprueban Circular respecto a los limites de inversion generales y el sublimite para los fondos administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
CIRCULAR Nº 004-2010-BCRP
Limites de inversion generales para los fondos administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CONSIDERANDO: Que, el Directorio del Banco Central de Reserva del Peru, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 25º-D del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, de acuerdo con las modificaciones realizadas por la Ley Nº 27988 y el Decreto Legislativo Nº 1008, y contando con la opinion de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, ha resuelto elevar el limite de inversion que realicen los fondos de pensiones administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad economica mayoritariamente se realice en el exterior. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Los porcentajes operativos maximos para los limites de inversion generales y el sublimite son los siguientes (en porcentaje del valor del Fondo):
I. Limites de Inversion Generales

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Aprueban Directiva "Normas y Procedimientos para la Formulacion, Seguimiento y Evaluacion del Plan Operativo 2010 de las Dependencias del Poder Judicial"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. Nº 018-2010-P-PJ
MORDAZA, 25 de enero de 2010 VISTO : El Oficio Nº 119-2010-GG/PJ y el Proyecto de Directiva que MORDAZA el MORDAZA de formulacion, seguimiento, y evaluacion del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el Ano 2010, elaborado por la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que. es necesario establecer las orientaciones metodologicas para la formulacion, seguimiento y evaluacion del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el Ano 2010, a fin de que los organos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial cuenten con un instrumento basico que oriente la gestion institucional; Que, a fin de facilitar la aplicacion del MORDAZA de planeamiento operativo institucional, es necesaria la difusion de dichas orientaciones metodologicas, propiciando la utilizacion de la tecnologia de informacion a traves de la Pagina Web Institucional; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4º del Articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 27465; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 02-2010GG-PJ "NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACION, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL PLAN OPERATIVO 2010 DE LAS DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL" formulada por la Gerencia General del Poder Judicial, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La Gerencia General publicara la citada Directiva en la Pagina Web del Poder Judicial (www. pj.gob.pe), Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General su difusion, seguimiento y evaluacion.

a. Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano b. Instrumentos emitidos o garantizados por el Banco Central de Reserva del Peru c. La suma de las inversiones a que se refieren los incisos a y b precedentes d. Instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad economica mayoritariamente se realice en el exterior II. Sublimite

30% 30% 40%

24%

Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado peruano (Inciso a): - Bonos MORDAZA 10%

Articulo 2º.- La presente Circular entra en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y deja sin efecto la Circular Nº 025-2009-BCRP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA, 26 de enero de 2010 MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General

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