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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de enero de 2010 412220 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo, para que se le autorice la apertura de una (01) agencia ubicada en el distrito de Ayna, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”, mediante el Informe N° 23 - 2010 - DSM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo la apertura de una (01) agencia ubicada en la Av. 28 de Julio N° 045, distrito de Ayna, provincia La Mar, departamento de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 450000-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Declaran de interés regional la validación e implementación del Plan de Gestión Integrada de Recursos Hídricos de la Cuenca del Río Casma ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2009-REGIÓN ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; Que, la Ordenanza Regional Nº 015-2009-REGION ANCASH/CR, declara a la cuenca del Río Casma, como “Cuenca Piloto”, para la Gestión del Desarrollo Sostenible de su ámbito. Que la misma dispone que las Direcciones Regionales respectivas de acuerdo a Ley y a un mejor uso de nuestros recursos naturales, tomen las acciones legales que correspondan para viabilizar el funcionamiento de la Cuenca del Río Casma como “Cuenca Piloto”, para la Gestión del Desarrollo Sostenible, así como zona ecológica; Que el manejo y la gestión de cuencas en el Perú esta relacionado con la administración del agua, desde las épocas pre -incaicas donde las actividades eran predominantemente agropecuarias hasta la época colonial y republicana; Que, el Estado a nivel nacional se organiza en tres niveles, nacional, regional y local, conforme a sus competencias y autonomías propias preservando la unidad e integridad del Estado y la Nación conforme lo establece la Constitución Política del Perú; Que, la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley N° 26821 establece como objetivo del Estado promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, estableciendo una relación armónica con el desarrollo integral de la persona humana; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nos. 27902, 28961, 28968 y 29053; y estando a lo acordado por mayoría en la sesión ordinaria llevada a cabo el día quince de octubre del año dos mil nueve; ORDENA: Artículo Primero.- DECLÁRESE de interés regional la validación e implementación del Plan de Gestión Integrada de Recursos Hídricos de la Cuenca del Río Casma. Artículo Segundo.- Implementar el Plan de Gestión Integrada de Recursos Hídricos de la Cuenca del Río Casma, dentro del presupuesto participativo regional, como herramienta de gestión, considerando las ideas de proyectos sostenibles que en el documento se enmarcan a nivel macro regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los veintiocho días del mes de octubre de 2009. JULIO R. LUCIO OLANO Presidente Consejo Regional de Ancash POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la casa del Gobierno Regional de Ancash a los cinco días del mes de noviembre de 2009. CÉSAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente Gobierno Regional de Ancash 450320-1 Declaran en situación de emergencia los ríos, puentes y carreteras de la Zona Sierra de Ancash CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO Nº 072-2009-GRA/CR. El Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; VISTO: En sesión extraordinaria de Consejo Regional, realizado el día 29 de diciembre de 2009 en la Provincia de Huaraz, visto el cuarto punto de la agenda, referido a la Declaración de Emergencia de la Zona Sierra del departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional es el máximo órgano del Gobierno Regional de Ancash, es autónomo en el ejercicio de sus funciones, ejerce su función normativa a través de la aprobación de ordenanzas y acuerdos regionales,