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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413603 Campo (FTT) se realizará del 12 de febrero al 12 de julio de 2010, sin exceder la cantidad de días autorizados por la Resolución Legislativa Nº 29503; Que, el artículo 3º de la Resolución Legislativa Nº 29503 autorizó al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Defensa y por Resolución Ministerial, pueda modifi car, cuando existan causas imprevistas, los plazos de ejecución de las actividades operacionales previstas en el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010, siempre y cuando dicha modifi cación no exceda el total de días programados para su desarrollo, dando cuenta a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas de expedida la citada resolución ministerial; Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856, la Ley Nº 28899 y Resolución Legislativa Nº 29503; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010, en la parte pertinente a la fecha de realización del ejercicio del Equipo de Entrenamiento de Campo (FTT) conformado por una patrulla del Ejército de los Estados Unidos de América, de acuerdo al siguiente detalle: OBJETIVO Entrenamiento táctico de unidades en el campo LUGAR Lima, Iquitos, Pichari, Tarapoto, Tingo María, Mazamari, San Lorenzo, Pucallpa, Ayacucho FECHA DE INICIO Del 12 de febrero al 12 de julio de 2010 TIEMPO DE PERMANENCIA 150 días INSTITUCIÓN INVOLUCRADA MGP-FAP-EP-PNP PAÍS PARTICIPANTE Estados Unidos de América TIPO DE UNIDAD 01 Patrulla del Ejército de los Estados Unidos de América CANTIDAD DE PERSONAL 01 Ofi ciales / 11 Subofi ciales TIPO Y CANTIDAD DE ARMAS 01 fusil (M4) y una pistola 9mm para cada efectivo, 01 sistema de francotirador SR25, 01 ametralladora M240 Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo señalado en la Resolución Legislativa Nº 29503. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 456366-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan la transferencia de partidas a favor de diversas Municipalidades en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 en el marco del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa DECRETO SUPREMO N° 055-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 078-2006- PCM, se autorizó al Ministerio de Educación a llevar a cabo a partir del 1º de Enero del 2007 con participación de las Municipalidades, un Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa en los niveles educativos Inicial y Primaria, incorporando al nivel Secundaria de Educación Básica Regular mediante la Sexagésima Disposición Final de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009. Asimismo en el referido Decreto Supremo estableció que las transferencias de recursos presupuestarios que resulten necesarias se efectúan una vez que el Ministerio de Educación, en coordinación con el entonces Consejo Nacional de Descentralización declare la viabilidad técnica y funcional del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa; Que, el Ministerio de Educación mediante la Resolución Ministerial Nº 0031-2007-ED aprobó el “Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007”, dando inicio al proceso de implementación del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa mediante el desarrollo de múltiples acciones de coordinación, logrando mediante las Resoluciones de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros Nºs 014, 018, 033, 039 y 046-2009-PCM/SD la acreditación de treinta y siete (37) municipalidades incluidas en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 201-2009- EF publicado el 17 de setiembre 2009, se autorizó la transferencia de partidas a trece (13) Municipalidades por el periodo setiembre a diciembre 2009, en el Marco del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, siendo éstas las Municipalidades de Asunción de la Región Amazonas; Huamanguilla de la Región Ayacucho; Paucarpata y Cerro Colorado de la Región Arequipa; Colcabamba de la Región Huancavelica; Amarilis y Chinchao de la Región Huánuco; Santa Rosa de Ocopa de la Región Junín; Florencia de Mora de la Región La Libertad; Belén y San Juan Bautista de la Región Loreto; y Yarinacocha y Nueva Requena de la Región Ucayali; a las cuales se les otorgó una transferencia de partidas, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, dicha transferencia se llevó a cabo con posterioridad a la fase de programación y formulación del Presupuesto para el Año Fiscal 2010, razón por la cual el Presupuesto de las Instituciones Educativas de las trece (13) Municipalidades se encuentra inmerso en el Presupuesto del Año Fiscal 2010 asignado a los Pliegos de los Gobiernos Regionales correspondientes, por lo que la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación solicitó a los Gobiernos Regionales a través del Ofi cio Múltiple N° 075-2009-ME/SPE-UP que determinen el Presupuesto para el año 2010 a transferir a las citadas Municipalidades, habiendo los Gobiernos Regionales determinado que el Presupuesto para el año 2010 a transferir asciende a CIENTO VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 126 481 427,00), en las genéricas del gasto 1 Personal y Obligaciones Sociales, 2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales y 3 Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-EF del 21 de enero de 2010 se autorizó la transferencia de partidas por el importe de DOCE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 347 303,00) para atender los gastos operativos del mes de enero de las trece (13) municipalidades, siendo necesario asegurar la atención para el periodo febrero a diciembre del año 2010; Que, asimismo la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 precisa que los créditos presupuestarios correspondientes a las competencias y funciones transferidas con posterioridad a la fase de programación y formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, en el marco del proceso de descentralización, se transfi eren durante el citado año, conforme a lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, que señala que las transferencias de recursos serán aprobadas por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 28044 - Ley General de Educación; Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de CIENTO CATORCE MILLONES CIENTO TREINTA Y