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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413610 Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima el 25 de julio de 2001, vigente desde el 25 de agosto de 2003, y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano peruano DAVID EDUARDO CASTAÑEDA CASTILLO, formulado por el Tercer Juzgado Penal Supraprovincial de Lima, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por los Delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Asesinato, en agravio de Juliana Baldeón García y otros, contra la Libertad Individual-Secuestro y contra la Humanidad- Desaparición Forzada, en agravio de Severino Baldeón Palacios y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de los Estados Unidos de América, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 456742-14 Deniegan pedidos de extradición activa de ciudadanos peruanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2010-JUS Lima, 10 de febrero de 2010 VISTO: el informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 130-2009/ COE-TC del 7 de diciembre de 2009, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana BLANCA ROSA SAAVEDRA RAMOS DE PARKS o BLANCA ROSA SAAVEDRA RAMOS o BLANCA ROSA PARKS, formulada por la Sala Mixta Descentralizada de Nazca de la Corte Superior de Justicia de Ica; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 18 de noviembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana BLANCA ROSA SAAVEDRA RAMOS DE PARKS o BLANCA ROSA SAAVEDRA RAMOS o BLANCA ROSA PARKS, por la presunta comisión del Delito contra la Administración Pública - Malversación de Fondos en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 77-2009); Que, mediante el Informe Nº 130-2009/COE-TC del 7 de diciembre de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515° del Código Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514° del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28° del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Denegar el pedido de extradición activa de la ciudadana peruana BLANCA ROSA SAAVEDRA RAMOS DE PARKS o BLANCA ROSA SAAVEDRA RAMOS o BLANCA ROSA PARKS, formulado por la Sala Mixta Descentralizada de Nazca de la Corte Superior de Justicia de Ica. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 456742-15 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 037-2010-JUS Lima, 10 de febrero de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 131-2009/ COE-TC del 10 de diciembre de 2009, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS HERMOGENES CHAVEZ GAMARRA, formulada por el Primer Juzgado Penal Liquidador de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 10 de noviembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS HERMOGENES CHAVEZ GAMARRA, por la presunta comisión del Delito contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 92-2009); Que, mediante el Informe Nº 131-2009/COE-TC del 10 de diciembre de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515º del Código Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS HERMOGENES CHAVEZ GAMARRA, formulado por el Primer Juzgado Penal Liquidador de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será