Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

413609

MORDAZA, a la MORDAZA de Lyon - MORDAZA, del 7 al 15 de marzo de 2010, para participar en la "6ª Conferencia Anual de Jefes de las Oficinas Centrales Nacionales INTERPOL". Articulo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x 260 US$ 1,300.00. - Pasajes Aereos (Lima/Lyon - Francia/Lima) US$ 1,590.66. - Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 30.50. ----------------------TOTAL US$ 2,921.16.

Que, mediante el Informe Nº 132-2009/COE-TC del 10 de diciembre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en Buenos Aires el 11 de junio de 2004 y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Tercer Juzgado Penal Supraprovincial y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito de MORDAZA de Activos ­ Actos de Conversion y Transferencia provenientes del Trafico Ilicito de Drogas y por Delito contra la Fe Publica ­ Falsedad Ideologica en agravio del Estado y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- Dentro de los siete (7) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y por el senor Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 456742-12

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 456742-13 RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2010-JUS MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 003-2009/ COE-TC del 20 de enero de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Tercer Juzgado Penal Supraprovincial de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 25 de noviembre de 2008, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los Delitos contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud-Asesinato, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, contra la MORDAZA Individual-Secuestro y contra la Humanidad-Desaparicion Forzada, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Expediente Nº 96-2008); Que, mediante el Informe Nº 003-09/COE-TC del 20 de enero de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion vigente entre la Republica del

JUSTICIA
Acceden a pedidos de extradicion activa de ciudadanos peruanos y disponen su MORDAZA a la Republica MORDAZA y a EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2010-JUS MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 132-2009/ COE-TC del 10 de diciembre de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica MORDAZA, del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Tercer Juzgado Penal Supraprovincial; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 27 de noviembre de 2009, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito de MORDAZA de Activos ­ Actos de Conversion y Transferencia provenientes del Trafico Ilicito de Drogas y por Delito contra la Fe Publica ­ Falsedad Ideologica en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 94-2009);

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