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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (12/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de febrero de 2010 413739 VISTOS: El Memorando Nº 784-2009-SIS-GO, de la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 027-2010-SIS/ OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, creado por Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, cuya Visión es ser la institución que integra y contribuye al sistema de Aseguramiento Universal que garantiza el ejercicio pleno del derecho a la salud; Que, el artículo 13º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe diseñar, rediseñar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2007-SA se establece el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) y crea los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, de aplicación obligatoria para todos los establecimientos que reciban fi nanciamiento del SIS. Se establece que el Componente Subsidiado, está dirigido a la población de pobreza y pobreza extrema que no cuenta con seguro de salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-DE, el Gobierno declaró de necesidad pública y de preferente interés nacional el Plan denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”, constituyéndose un Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE orientado a propiciar una intervención articulada de los distintos sectores y entidades del Estado y que tiene como objeto alcanzar la pacifi cación, combatir el narcotráfi co y otros ilícitos, así como la promoción del desarrollo económico y social del Valle, a fi n de mejorar las condiciones de vida de esa población e incentivar la participación activa de las autoridades locales y de la sociedad organizada; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2008-DE/SG, se determinan los distritos que forman parte del esquema de intervención estratégica denominado “Una opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 380-2009/ MINSA, se aprueban disposiciones especiales para el fi nanciamiento de prestaciones de asegurados SIS que se atiendan en establecimientos de salud del ámbito del Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE); Que, mediante el documento de Vistos la Gerencia de Operaciones, establece la necesidad de contar con un instrumento normativo institucional que permita operativizar las disposiciones especiales sobre fi nanciamiento de atenciones de salud y por referencias que se brinden a asegurados SIS en establecimientos de salud del ámbito del VRAE, dentro del marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 380-2009/MINSA; De conformidad con el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2010-SIS/ GO, “Directiva para la operativización de la Resolución Ministerial Nº 380-2009/MINSA, que aprueba disposiciones especiales para el fi nanciamiento de atenciones de salud a través del SIS en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE)” y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Operaciones, la implementación, coordinación ejecución y supervisión de la Directiva aprobada en el Artículo precedente. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General coordinar con la Ofi cina de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y con la Ofi cina de Informática y Estadística, la publicación de la misma Resolución y la Directiva aprobada en la página web del Portal del SIS, www.sis.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALEJANDRO MANRIQUE MORALES Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 456862-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban Procedimiento General de “Devoluciones por Pagos Indebidos o en Exceso y/o Compensaciones de Deudas Tributarias Aduaneras” IFGRA- PG.05 (Versión 3) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 070-2010/SUNAT/A Callao, 10 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 323-2006-SUNAT/A del 13.06.2006, se aprobó el procedimiento “DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO” IFGRA-PG.05 (versión 2); Que mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 000997 del 13.09.1999, se aprobó el procedimiento “COMPENSACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS” INRA- PE.10 (versión 2), el mismo que fue recodifi cado como IFGRA-PE.17 por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 475-2003/SUNAT/A del 23.10.2003; Que la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT aprobará los procedimientos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento; Que es conveniente emitir una versión conjunta de los procedimientos mencionados a fi n de adecuarlos a las nuevas exigencias establecidas en la legislación tributaria y aduanera vigente; Que teniendo en cuenta lo señalado en el artículo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el 18.08.2009, se procedió a publicar en el Portal Web de la institución, el proyecto de la presente norma; En mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002- PCM, en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT y de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 007-2010/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase la nueva codifi cación y descripción del procedimiento de “DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO” IFGRA-PG.05 y del procedimiento de “COMPENSACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS” IFGRA-PE.17, los mismos que a partir de la vigencia de la presente resolución se identifi carán de la siguiente manera: CÓDIGO DESCRIPCIÓN IFGRA- PG.05 DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO Y/O COMPENSACIONES DE DEUDAS TRIBUTARIAS ADUANERAS Artículo 2º.- Apruébase el procedimiento de “DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO Y/O COMPENSACIONES DE DEUDAS TRIBUTARIAS ADUANERAS” IFGRA-PG.05 (versión 3), de acuerdo al texto siguiente: I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para la atención de las solicitudes de devoluciones por pagos indebidos o