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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de febrero de 2010 414620 Aprueban arancel de evaluación de los instrumentos de gestión ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 091-2010-MEM/DM Lima, 23 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 073-2009-EM se aprobó el reglamento de la Cuarta Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1040, Reglamento para la contratación de evaluadores externos en la evaluación de los instrumentos de gestión ambiental a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros-DGAAM del Ministerio de Energía y Minas; Que, la citada norma creó el Sistema de Evaluadores Externos –SEE, en el que se registran los evaluadores externos seleccionados para realizar la evaluación de los instrumentos de gestión ambiental a cargo de la DGAAM, en los aspectos técnicos, ambientales o sociales, relacionados con las actividades y proyectos del Subsector Minero; Que, conforme a lo establecido por el artículo 21º de la referida norma, los evaluadores externos contratados serán pagados por el Ministerio de Energía y Minas según arancel aprobado por Resolución Ministerial y con cargo a los titulares mineros materia de evaluación; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el arancel de evaluación señalado, considerándose el valor de servicio por profesional y los gastos administrativos por pasajes, viáticos y servicios de coordinación, para la realización de la evaluación del instrumento de gestión ambiental; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 073-2009- EM y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el arancel de evaluación que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 073-2009-EM, se abonará con cargo a los titulares mineros, por la evaluación externa de sus instrumentos de gestión ambiental, el que como Anexo 1, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- El titular minero deberá depositar el importe del arancel, tomando en cuenta los montos máximos establecidos en el Anexo 1 de la presente resolución. Los gastos administrativos que por conceptos de pasajes, viáticos (alojamiento y alimentación) y servicios de coordinación que se requieran para realizar la evaluación de un instrumento de gestión ambiental, serán abonados con cargo al titular minero. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas ANEXO 1 Especialidad Arancel* por Evaluación Parcialmente Tercerizada Arancel* por Evaluación Totalmente Tercerizada Ing. Ambiental, Geográfi ca X 2.5 UIT Hidrología, Geohidrología 2.5 UIT 2.5 UIT Biología / Ing. Agrónoma, Agrícola, Geomorfología/ Forestal 2 UIT 2 UIT Sociología / Antropología/ Economía 2 UIT 2 UIT Ing. Minas, Geotecnista, Civil 2.5 UIT 2.5 UIT Ing. Química, Geología, Geoquímica, Electricidad, Industrial, Metalurgia X 2.5 UIT Gastos administrativos 2 UIT 3 UIT TOTAL 11 UIT 17 UIT * Los montos consignados como arancel, constituyen los montos máximos que abonará el titular minero por la evaluación de su instrumento de gestión ambiental. 461326-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Salinas, Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 087-2010-RE Lima, 25 de febrero de 2010 Visto el Decreto Supremo Nº 054-2008-RE, publicado el 17 de diciembre de 2008, mediante el cual se crea el Consulado del Perú en la ciudad de Salinas, República del Ecuador, con circunscripción en la Provincia de Santa Elena; Vista la Nota Nº 66897/DGAC/08 de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración de la República del Ecuador, a través de la cual se otorga el reconocimiento provisional al señor Víctor Alfonso Abad Rodríguez como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Salinas con circunscripción en la Provincia de Santa Elena; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Consulado General del Perú en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 105º al 109º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Víctor Alfonso Abad Rodríguez como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Salinas, República del Ecuador, con circunscripción en la Provincia de Santa Elena. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 462123-11 Pasan a situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 088-2010-RE Lima, 25 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 18º de la Ley Nº 28091 Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318, señala que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad, se hará efectivo, de ofi cio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático la edad de setenta años de edad o 20 años en cualquier categoría según lo establecido por la Ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Manuel Balbuena López-Alfaro, cumplirá