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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de julio de 2010 421723 Nº 005-2005-MTC, sus modifi catorias y Decreto Supremo Nº 025-2010-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción del o los concursos públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión digital terrestre, el cual estará integrado por las siguientes personas: - Manuel Cipriano Pirgo, Presidente - Jesús Munive Taquia, Miembro - Janeth Peña Rojas, Miembro - Patricia Chirinos Noves, Miembro - Julio Martínez Ocaña, Miembro Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones remitirá al Comité designado en el artículo 1º, la relación de los canales del servicio de radiodifusión por televisión digital terrestre a que se refi ere el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 025-2010- MTC, cuyas autorizaciones se otorgarán por Concurso Público. Artículo 3º- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y a los miembros del Comité designados en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese, JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 514775-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Criterios Específicos de Sanción que se tomarán en cuenta para la aplicación de numerales de la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificación de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones del OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 442 Lima, 17 de junio de 2010 VISTO: El Memorando Nº 96-2010-GFHL/DGLP de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, mediante el cual se propone aprobar los Criterios Específi cos que se deberán tomar en cuenta para la aplicación del numeral 1.13 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modifi catorias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003 y sus modifi catorias se aprobó la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, la cual prevé sanciones pecuniarias en rangos; en razón de los distintos tipos de actividades que se realizan en el sector hidrocarburos; así como también se prevén sanciones no pecuniarias; Que, entre las conductas tipifi cadas contenidas en el numeral 1.13 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos mencionada precedentemente, se encuentra el incumplimiento de no presentar o presentar a destiempo la información y/o la documentación solicitada por OSINERGMIN o por reglamentación de responsabilidad de los Productores (Refi nerías y Plantas de Procesamiento), Plantas de Abastecimiento, Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos, Plantas Envasadoras, y Concesionarios de Transporte de Hidrocarburos por ductos; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 055-2010-OS/CD se aprobó el procedimiento y cronograma que deberán seguir las Plantas Envasadoras de sustitución de válvulas de paso existentes por válvulas de paso que cumplan con las normas vigentes; Que, para el caso de Plantas Envasadoras que incumplan con la presentación o presentación a destiempo de la información requerida en la Resolución de Consejo Directivo Nº 055-2010-OS/CD, no existen criterios específi cos para determinar la sanción por el incumplimiento contenido en el numeral 1.13 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos mencionada; Que, con la fi nalidad de brindar a los administrados mayor información que les permita tener certeza de cuál será el resultado fi nal en los procedimientos que pueda iniciar OSINERGMIN, resulta necesario aprobar los Criterios Específi cos de Sanción que se tomarán en cuenta para la aplicación del numeral 1.13 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modifi catorias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, la Ley de Creación del OSINERGMIN, Ley Nº 26734 modifi cada por Ley Nº 28964, y el literal m) del artículo 65º del Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM y con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Criterios Específi cos de Sanción que se tomarán en cuenta para la aplicación del numeral 1.13 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modifi catorias, referidos a las Plantas Envasadoras mencionadas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, debiéndose publicar en el portal institucional de OSINERGMIN los criterios específi cos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente resolución. EDWIN QUINTANILLA ACOSTA Gerente General OSINERGMIN