TEXTO PAGINA: 56
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de julio de 2010 422370 3) Fiscalización ciudadana, a través de mecanismos municipales. 4) Tareas comunales y voluntariados. Artículo 16º.- Conciencia Ambiental El Sistema de Gestión Ambiental de San Luis realiza programas de sensibilización ambiental a fi n de crear una conciencia en cuanto a la conservación del ambiente. Igualmente, brindará apoyo al CAM San Luis y demás instancias que realizan acciones en defensa del ambiente de la forma siguiente: 1) Educación Ambiental: vía folletos, revistas, trípticos, afi ches, volantes, vídeos y fotos. 2) Promover y facilitar la labor de voluntariados ambientales y brigadas ecológicas. 3) Organización de seminarios, talleres y conferencias. Artículo 17º.- Compatibilidad entre comercio y ambiente El Sistema de Gestión Ambiental de San Luis impulsará normas que mitiguen el impacto ambiental de manera obligatoria y gradual. Alentará la arborización o levantamiento de áreas verdes en el distrito y al interior de comercios o industrias ubicados en el distrito. De igual forma, coordinará con el sector competente para vigilar el debido cumplimiento de normas ambientales en las empresas ubicadas en el distrito. Artículo 18º.- Confl ictos de competencias Confl ictos de competencia es el supuesto en el cual una determinada función establecida en el marco normativo tiene asignada a más de una entidad u órgano municipal responsable de ejercerla. Ante alguna posible duplicidad de funciones es competente el órgano de creación más reciente. Artículo 19º.- Optimización de los recursos disponibles El Sistema de Gestión Ambiental de San Luis busca optimizar en todo su accionar la optimización de los recursos disponibles dentro de la logística de la Municipalidad Distrital de San Luis. TÍTULO IV OBLIGACIONES AMBIENTALES Artículo 20º.- Obligación de conservación medioambiental Es obligación de toda persona natural o jurídica conservar el medio ambiente de la localidad. En tal sentido se prohíbe las siguientes acciones: a) Arrojar residuos sólidos en vía pública fuera de las horas establecidas. b) Afectar las áreas verdes con heces de canes y/o residuos sólidos. c) Irrumpir la tranquilidad de los vecinos. Artículo 21º.- Actividades ambientalmente sensibles Las actividades ambientalmente sensibles son aquellas actividades que afectan notoriamente el desarrollo del distrito: a) Contaminación sonora. b) Emisión de gases tóxicos. c) Heces caninas en toda área de uso público: parques, jardines y vías. d) Arrojar desmonte, residuos sólidos, aceites, aguas servidas en la vía pública. e) Incorrecta disposición de sustancias tóxicas por actividades económicas. TÍTULO V INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL Artículo 22º.- Defi nición Los Instrumentos del Sistema de Gestión Ambiental de San Luis son todos los documentos, normas y acciones que regulan las líneas de gestión ambiental, así como sus metas, planes, estrategias señaladas tanto en la presente ordenanza, en el plan de acción ambiental local como en todo instrumento de gestión ambiental vigente y aplicable al Distrito San Luis. Artículo 23º.- Instrumentos del Sistema de Gestión Ambiental de San Luis Son los siguientes: 1) Política Ambiental Local. Es la herramienta principal del Sistema de Gestión Ambiental de San Luis que orienta en forma clara y decidida su accionar en relación al medio ambiente y debe aplicarse en concordancia con las políticas nacionales y regionales de gestión ambiental. Es participativa. 2) Plan de Acción Ambiental Local. Es el instrumento técnico que tiene orientaciones y acciones municipales ambientales, con los objetivos defi nidos y establecidos, contiene programas, proyectos y presupuestos y se armoniza a la política nacional ambiental. Lo elabora el CAM San Luis, en forma participativa. Es aprobado por ordenanza municipal. 3) Agenda Ambiental Local. Es el instrumento ambiental local de corto plazo (2 años) contiene el diagnóstico ambiental local y está articulada al Plan de Acción Ambiental Local. Lo elabora la Comisión Ambiental Municipal y se aprueba por ordenanza municipal. 4) Evaluación de Impacto Ambiental. Es la labor técnico- administrativa que opera para prevenir, controlar y corregir problemas ambientales, que sean resultados de inversiones económicas o conductas ambientales. 5) Educación e Investigación Ambiental. La Municipalidad Distrital de San Luis realizará compañas de educación ambientales en la comunidad y también a los funcionarios de la municipalidad, de la siguiente manera: a) Talleres, seminarios y eventos en general. b) Trípticos, afi ches, entre otras publicaciones. c) Exposiciones, videos, murales. Artículo 24º.- Sistema de información ambiental El Sistema de Información Ambiental es el procedimiento administrativo que recopila, procesa y sistematiza la información ambiental y la pone a disposición de la comunidad. Artículo 25º.- Ordenamiento territorial ambiental El ordenamiento territorial ambiental es un instrumento del Sistema de Gestión Ambiental de San Luis que se orienta al ordenamiento territorial y a la conservación de: áreas verdes y biodiversidad de la localidad. Artículo 26º.- Obligatoriedad y plazo de aprobación de Política, Plan y Agenda ambiental El plazo para la aprobación de los Instrumentos del Sistema de Gestión Ambiental de San Luis como: Política Ambiental Local; Plan de Acción Ambiental Local y Agenda Ambiental Local, es de 30 días posteriores a la publicación de la presente ordenanza. TÍTULO VI FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Artículo 27º.- Fiscalización ambiental Gerencia de Servicios a la Ciudad fi scaliza el cumplimiento de la normativa medioambiental. Subgerencia de Fiscalización Tributaria aplica las sanciones administrativas de acuerdo a nuestra Régimen Administrativo de Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 8-2003-MDSL. TÍTULO VII RECURSOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL Artículo 28º.- Recursos de la gestión ambiental El Sistema de Gestión Ambiental de San Luis busca la optimización de los recursos disponibles. La Municipalidad Distrital de San Luis destinará de su presupuesto anual una partida reservada a fondo ambiental con recursos que generen la fiscalización ambiental por sanciones administrativas en el ámbito distrital en cada línea de gestión que comprende el Sistema de Gestión Ambiental de San Luis. Las cuales comprenden: 1) Programas de mitigación a los impactos ambientales. 2) Programas de difusión de información sobre temas ambientales como: impacto ambiental, atención ambiental, prevención ambiental, salud y alimentos. 3) Programas de capacitación en educación ambiental.