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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de julio de 2010 422353 de irrigación, escuelas, centros de producción, puestos de salud, etc. Dicho informe de validación de la ZEE, será elaborado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Subgerencia de Administración Territorial y por cada Dirección Regional, Proyectos Especiales, en el cumplimiento de sus funciones. Artículo 11. Solución de confl ictos entre actores El GRSM debe promover y procurar la conciliación de intereses entre particulares y en sus relaciones con las autoridades, en asuntos derivados del manejo de las normas sobre la aplicación de la ZEE en los diferentes niveles. Al haber contradicciones entre las decisiones sectoriales o de otros niveles de gobierno, en cuanto a las categorías de uso defi nidas en la ZEE de nivel macro; o entre ésta y el nivel meso o micro; el GRSM, intervendrá a fi n de resolver en primera instancia. En caso de continuar dichas contradicciones, se hará de conocimiento al Ministerio del Ambiente, a fi n de que resuelva en última instancia administrativa, dichos confl ictos. TÍTULO III DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES Artículo 12. Autoridad departamental para la ejecución de la ZEE El GRSM, es el órgano competente, encargado de la ejecución de la ZEE del departamento de San Martín y de regular los instrumentos para su efi ciente aplicación. Se ejecuta la ZEE, a través de sus Gerencias Regionales y sus órganos desconcentrados. Artículo 13. De las funciones y atribuciones Son funciones y atribuciones del GRSM, además de las establecidas por las Leyes: 13.1 Normativas a) Promover o regular, los instrumentos legales para la efi ciente aplicación de la ZEE, siendo de cumplimiento obligatorio para todas las entidades al amparo de las Leyes. b) Absolver consultas de carácter técnico y jurídico, defi nir posiciones y emitir pronunciamientos institucionales en relación a la aplicación de la ZEE del departamento de San Martín. c) Celebrar convenios u otros actos jurídicos necesarios para el ejercicio de sus funciones y el uso efi ciente de la ZEE. d) Elaborar sus normas administrativas en el marco de sus funciones y competencias sobre ZEE. e) Proporcionar a la Procuraduría Pública Regional todos los elementos para iniciar acciones legales ante actos, hechos u omisiones que instituyan un incumplimiento de la aplicación de la ZEE. 13.2. De supervisión a) Informar, orientar y asesorar a la población y las entidades públicas respecto del cumplimiento y aplicación de la ZEE. b) Conocer e investigar sobre actos, hechos u omisiones que constituyan incumplimiento de la aplicación de la ZEE, producto de las quejas y denuncias que se formulen ante el GRSM. c) Realizar visitas de verifi cación in situ, cuando exista queja, denuncia presentada o de ofi cio, a efecto de confi rmar actos, hechos u omisiones por incumplimiento de la ZEE que conlleven a iniciar acciones administrativas o legales contra alguna persona jurídica o natural. d) Emitir opinión técnica a solicitud o de ofi cio, sobre las recomendaciones de la ZEE en un determinado espacio donde se tenga proyectado realizar alguna actividad de interés nacional, regional y local. 13.3 De gestión a) Promover la efi ciente gestión de la aplicación de la ZEE a fi n de maximizar el uso y ocupación sostenible del territorio. b) Planifi car, ejecutar y controlar las funciones y competencias exclusivas y compartidas para la ejecución de la ZEE. 13.4 De información a) Brindar información sobre el proceso y las recomendaciones de la ZEE a las personas jurídicas y naturales que así lo soliciten. b) Actualizar la ZEE mediante la información que remitan las entidades, conforme al artículo 10 del presente reglamento. c) Organizar e integrar el sistema de información de la ZEE en sus diferentes niveles. 13.5 De difusión a) Realizar actividades de difusión en todos los espacios y en todos los niveles. b) Facilitar el acceso al sistema de información de la ZEE en sus diferentes niveles. 13.6 De capacitación a) Capacitar al personal encargado de la Unidad Orgánica responsable de manejar la ZEE en cada órgano desconcentrado y entidades públicas. 13.7 De decisión a) Resolver como última instancia administrativa dentro de su jurisdicción, los confl ictos, quejas y denuncias que se formulen con respecto al manejo de las normas y las categorías de uso definidas en la ZEE. b) Emitir posiciones institucionales o pronunciamientos a solicitud de parte o de ofi cio que instituyan precedente ante situación de igual naturaleza. Artículo 14. De la Comisión Técnica Regional de ZEE y OT - SM Se encuentra conformada por representantes de las entidades públicas, Comunidades Nativas y el sector privado. Sus funciones se encuentran establecidas en su Reglamento Interno. Artículo 15. Del Comité Técnico de Ordenamiento Territorial del GRSM Se encuentra conformado por los titulares de cada Gerencia Regional y de las Subgerencias de Administración Territorial y de Planifi cación, Programación e Inversiones. La preside la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial siendo el responsable de enviar a la Gerencia General Regional, las recomendaciones que el Comité Técnico haya considerado. Artículo 16. De las reuniones del Comité Técnico de Ordenamiento Territorial del GRSM Se reunirán ordinariamente una vez al mes, y extraordinariamente las veces que sea necesaria. Cada Gerencia Regional, cubrirá sus gastos cuando sea necesaria su presencia en espacios de concertación y/o decisión fuera de los estamentos del GRSM. Artículo 17. De las funciones y atribuciones del Comité Técnico de Ordenamiento Territorial del GRSM a) Desarrollar sus actividades bajo la supervisión de la Gerencia General. b) Contribuir con la formulación de la metodología del Plan de Ordenamiento Territorial, así como su posterior ejecución y monitoreo. c) Participar en las actividades de difusión, capacitación y coordinación en el desarrollo del proceso de Ordenamiento Territorial. d) Sistematizar el proceso de Ordenamiento Territorial. e) Identifi car y realizar las acciones que fortalezcan las actividades de prioridad en Ordenamiento Territorial, Zonifi cación Ecológica Económica, Demarcación y Organización Territorial, y la Administración de Terrenos del Estado, de acuerdo a las competencias de las Gerencias a la que pertenecen. f) Recomendar políticas, estrategias y otros, en materia de Ordenamiento Territorial, Zonifi cación Ecológica Económica, Demarcación y Organización Territorial, y la Administración de Terrenos del Estado. g) Promover el intercambio de información para el proceso de Ordenamiento Territorial. h) Coordinar con los diversos comités de ZEE y OT e instituciones públicas y privadas en el nivel distrital, provincial, regional y nacional, para lograr la efi ciente aplicación de la ZEE.