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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de julio de 2010 422831 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan plazo de Beneficios Tributarios a que se refieren la Ordenanza Nº 188-MDC y el D.A. Nº 006- 2010-A/MDC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009 - 2010-A/MDC Carabayllo, 5 de julio del 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 200 /MDC de fecha 17 de junio del 2010 se aprobó el sorteo público para el día 31 de julio del 2010, denominado: “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS, LA MUNICIPALIDAD PREMIA TU PUNTUALIDAD, PAGA TUS IMPUESTOS Y LLEVATE UN AUTO DEL AÑO” para los contribuyentes del Distrito de Carabayllo, afectos al Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, que al 31 de julio del presente año hayan cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias; Que, con Informe N° 084-2010/GR/MDC de fecha 30 de junio del 2010, la Gerencia de Renta hace de conocimiento de la Alta Dirección la necesidad de prorrogar hasta el 31 de agosto del 2010, los benefi cios tributarios existentes aprobados mediante Ordenanza N° 188-MDC, con el fi n de darle mayor impulso a los resultados tributarios que se esperan de éste sorteo; Estando a lo expuesto, con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; y, de conformidad con las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20° y a lo normado por el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR los Benefi cios Tributarios a que se refi ere la Ordenanza 188-MDC y el Decreto de Alcaldía N° 006-2010-A/MDC, hasta el 31 de julio del 2010. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de informática y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad del cumplimiento del presente Decreto. Articulo Tercero.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 523153-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ratifican Res. Nº 0018-2010-MDL- GDU que modifica el Numeral Nº 4.2 de las Normas Técnico Administrativas Complementarias, aprobadas por Res. Nº 0015-2010-MDL-GDU DECRETO DE ALCALDÍA Nº 12-2010-ALC-MDL Lince, 22 de julio del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Memorándum Nº 0202-2010-MDL-GDU emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano sobre Modifi cación del Numeral 4.2. de las Normas Técnico – Administrativas Complementarias a la Ordenanza Nº 266- MDL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 10-2010- ALC-MDL, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, el día 15 de Julio del 2010, se ratifi có la Resolución de Gerencia Nº 0015-2010-MDL-GDU de fecha 8 de Junio del 2010, que aprobó las Normas Técnico-Administrativas Complementarias a la Ordenanza Nº 163-MDL, modifi cada por la Ordenanza Nº 266-MDL, así como, el Plano para la Ubicación de Propaganda Electoral en Espacios Públicos; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Desarrollo Urbano indica que teniendo en cuenta que las Organizaciones Políticas participantes en el proceso electoral superan el número que se previó inicialmente para el desarrollo del sorteo, resulta necesaria la reformulación de ubicaciones, aumentando su número, y consecuentemente la modifi cación de los circuitos previstos en el Plano para la Ubicación de Propaganda Electoral en Espacios Públicos; De conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución de Gerencia Nº 0018-2010-MDL-GDU de fecha 21 de Julio del 2010, emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano, que Modifi ca el Numeral 4.2 de las Normas Técnico- Administrativas Complementarias, aprobadas por la Resolución de Gerencia Nº 0015-2010-MDL-GDU de fecha 8 de Junio del 2010, en los términos del texto que se detalla en la indicada Resolución, así como, el nuevo Plano de Ubicación de Propaganda Electoral en Espacios Públicos que en anexo forma parte integrante de la indicada Resolución. Artículo Segundo.- Póngase en conocimiento de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Desarrollo Económico Local, y de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Sub Gerencia de Fiscalización y Control Administrativo, para que en el ámbito de su competencia, realicen las acciones administrativas para dar cumplimiento al presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 523518-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 293-MSI DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-ALC/MSI San Isidro, 22 de julio de 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 293-MSI publicada el 24 de abril de 2010, la Municipalidad de San Isidro otorga incentivos a los contribuyentes para la regularización tributaria de sus predios; Que, constituye política de esta Corporación Municipal el brindar las mayores facilidades para la regularización de las obligaciones de presentar las declaraciones juradas de cargo, descargo o rectifi caciones, así como incrementar la