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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2010 (24/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de julio de 2010 422829 Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria N° 32- 2010, de fecha 19 de julio del 2010, acordó autorizar su viaje, concediéndole la licencia por los días 22 y 23 de julio del 2010, pasajes terrestres (Chimbote-Cuenca-Chimbote) y dos días de viáticos internacionales, que incluye 01 día por gastos de instalación y traslado; precisándose que dichos gastos deberá contar con la opinión presupuestal de la Ofi cina Central de Planifi cación; Que, en consecuencia, con Ofi cio Nº 659-2010-UNS- OCP, de fecha 21.07.2010, la Jefatura de la Ofi cina Central de Planifi cación, alcanzó el Ofi cio Nº 589-2010-UNS-OCP/ OPRES, de la Ofi cina de Presupuesto, en el cual emitió la CERTIFICACIÓN PRESUPUESTAL del gasto que irrogará el viaje del señor Rector, señalando que deberá afectarse en la Meta Nº 02, Actividad 1 000110 Acciones de la Alta Dirección y por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Presupuesto UNS; Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acordado en el Consejo Universitario, en su Sesión Extraordinaria N° 32-2010, de fecha 19 de julio del 2010, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria N° 23733; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje del señor Ms. PEDRO ELISEO MONCADA BECERRA, Rector de la Universidad Nacional del Santa, a la ciudad de Cuenca-Ecuador, los días 22 y 23 de julio del 2010, para los fi nes a los que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- ENCARGAR al señor M.Sc. VICTOR AUGUSTO CASTRO ZAVALETA, Vicerrector Académico de la Universidad, asumir durante los referidos días, las funciones del Rector Titular, incluida la representación legal de la Universidad. Artículo 3°.- La Universidad Nacional del Santa cubrirá los gastos siguientes: - Pasajes Terrestres Chimbote-Cuenca-Chimbote : S/. 700,00 - Viáticos (2 días a $ 200,00 por día) : US$ 400,00 Artículo 4°.- PRECISAR que, dentro de los quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar a la Institución un informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante el evento mencionado, juntamente con la entrega de la rendición de cuentas correspondientes a los montos entregados. Artículo 5º.- El egreso que ocasione la aplicación de la presente resolución, se afectará en la Meta Nº 02, Actividad 1 000110 Acciones de la Alta Dirección, con la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2010 del Pliego 536 de la Universidad Nacional del Santa. Artículo 6°.- LA presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO ELISEO MONCADA BECERRA Rector de la Universidad Nacional del Santa 523577-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora San Martín, creada para la ejecución del Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de Selva - PROCEJA ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2010-GRSM/CR Moyobamba, 16 de febrero de 2010 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la presente Ley regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo defi ne las normas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el literal h) de la Vigésima Sétima, Disposición Final, de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, establece la creación de la Unidad Ejecutora “PROCEJA” en el Pliego 459: Gobierno Regional de San Martín hasta que dure el fi nanciamiento; Que, mediante Ofi cio Nº 001-2010-GRSM/PROCEJA, de fecha 05 de enero del 2010, la Jefatura de la Unidad Operativa del Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de Selva – PROCEJA, alcanza proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de San Martín, en la cual describe que el presente documento de gestión ha sido elaborado teniendo en cuenta los compromisos asumidos mediante el “Contrato de Aporte Financiero y de Ejecución del programa antes mencionado, suscrito entre el Gobierno de la República Federal Alemana y el Gobierno de la República de Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de las entidades de la Administración Pública”, estableciendo que la fi nalidad es generar aprobación de un Reglamento de Organización y Funciones – ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, el artículo 34º del mismo cuerpo legal descrito en el considerando precedente, establece que “la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de una institución pública, en caso de Gobierno Regional deberá ser aprobada mediante Ordenanza Regional emitido por el Consejo Regional respectivo; Que, mediante Nota Informativa Nº 002-2010-GRSM/ GRPP-AT/SGR, de fecha 06 de enero del 2009, la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, luego de un análisis y revisión de la documentación respectiva concluye que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de Selva - PROCEJA, se encuentra con arreglo a Ley, emitiendo opinión favorable, solicitando se remita lo actuado a la Ofi cina Regional de Asesoría Legal para su opinión correspondiente; Que, en el Informe Legal Nº 024-2010-GRSM/ORAL, de fecha 13 de enero del presente año, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Programa de Desarrollo Agroambiental en la Ceja de Selva - PROCEJA sea aprobado vía Ordenanza Regional;