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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (02/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de junio de 2010 419979 personal del OCI de la Dirección Regional de Educación Ancash y que comprometerían al señor Jorge Luis Pajares Sáenz, los mismos que vienen siendo materia de investigación por el Ministerio Público; Que, conforme a los principios de probidad administrativa, transparencia y ética que rigen la función pública y el control gubernamental, la conducta del auditor gubernamental debe ser irreprochable en todo momento, ya que aún una pequeña defi ciencia del auditor, perjudica la imagen de integridad y calidad de la labor de quienes ejercen el control gubernamental y del Sistema Nacional de Control, a tenor de lo indicado en la Directiva N° 010- 2008-CG, aprobada por Resolución de Contraloría N° 430-2008-CG, así como en el Código de Ética del Auditor Gubernamental, aprobado por Resolución de Contraloría N° 077-99-CG; Que, en ese sentido, por la gravedad de las denuncias presentadas, así como por el hecho de haber sido formuladas por personas que laboran en el OCI, resulta necesario, de manera excepcional, la conclusión de la designación del señor Jorge Luis Pajares Saénz en el cargo de jefe de OCI de la Dirección Regional de Educación Ancash, para fi nes de no comprometer ni perturbar la idoneidad y continuidad de la función de control, sin menoscabo de las demás acciones y medidas que corresponden a las instancias competentes de este Organismo Superior de Control; Que, con la fi nalidad de garantizar el adecuado funcionamiento del OCI de la Dirección Regional de Educación Ancash, resulta necesario encargar dicho Órgano, al señor César Javier Cesias López, profesional que ha sido designado como jefe del OCI del Gobierno Regional Ancash, mediante la Resolución de Contraloría N° 139-2010-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 459-2008-CG, modifi cado mediante Resolución de Contraloría N° 099-2010-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor Jorge Luis Pajares Sáenz en el cargo de jefe del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Educación Ancash, por las razones expuestas en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Encargar al señor César Javier Cesias López, adicionalmente al cargo de jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Ancash, la jefatura del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Educación Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 501685-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Establecen gratuidad de la expedición de copias certificadas y extractos de actas registrales y modificiones al estado civil para población en extrema pobreza de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Huancavelica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 465-2010/JNAC/RENIEC Lima, 27 de mayo de 2010 VISTOS: El Ofi cio No. 001732-2010/GOR/RENIEC (04MAY2010) e Informe Nº 000116-2010/GOR/RENIEC (30ABR2010), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Ofi cio Circular Nº 000012-2010/GRC/ RENIEC (10MAY2010), emitido por la Gerencia de Registros Civiles; los Ofi cios Nº 001455-2010/GPP/ RENIEC y 001489-2010/GPP/RENIEC (18MAY y 21MAY2010 respectivamente) e Informes Nº 000886-2010/ GPP/SGP/RENIEC y 000912-2010/GPP/SGP/RENIEC (18MAY y 20MAY2010 respectivamente), emitidos por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe Nº 000950-2010/ GAJ/RENIEC (21MAY2010), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal propósito una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población menos favorecida y en situación de vulnerabilidad; Que, el inciso c) del artículo 98º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, señala que son gratuitos: “Los demás servicios que determine la Jefatura Nacional del Registro”; Que, conforme consigna el mapa de pobreza de FONCODES, el Departamento de Huancavelica está considerado en el quintil 1, originarios mayormente de las zonas de pobreza y extrema pobreza de la población asentadas en zonas rurales y urbano-marginales, cuyas principales características son los bajos índices de desarrollo humano; Que, la población del Departamento de Huancavelica está compuesta por 468,001 habitantes (Censo 2007 INEI, proyectado al 2009), de los cuales 54.7% (256,230) son mayores de edad siendo que el 7.6% (3,087) de los mismos no cuenta con su respectivo DNI. Asimismo, el 45.3% (211,771) son menores de edad, siendo que el 92.4% (90,981) no cuenta con su respectivo DNI; por tanto, se encuentran excluidos y no son visibles para el Estado y la Sociedad por ubicarse en zonas alejadas de la ciudad y de poca accesibilidad; Que, el RENIEC dentro del marco de la política social, ha efectuado diversas acciones para documentar a la población indocumentada del Departamento de Huancavelica por medio de diversas campañas de gratuidad aprobadas por la Alta Dirección, a través de la ejecución de proyectos como “Reconstrucción de los registros destruidos y regularización de personas afectadas por el confl icto armado en Huancavelica” ejecutado conjuntamente con la Organización de Estados Americanos - OEA; Que, dentro del contexto social de su visión y misión institucional, el RENIEC procura constantemente la mejora de los servicios ofrecidos a la población, por lo que mediante propuestas de sus unidades orgánicas involucradas en la ejecución de los diversos procedimientos registrales, emite resoluciones jefaturales en benefi cio de los sectores más vulnerables de la población peruana; Que, en virtud a lo expuesto la Gerencia de Operaciones Registrales, mediante los documentos de visto, ha propuesto se otorgue la gratuidad en el procedimiento de expedición de copias certifi cadas y extractos de actas registrales de hechos vitales y actos modifi catorios del estado civil a la población registrada en la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Huancavelica, próxima a ser revocada e incorporada al RENIEC; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante los documentos de visto, concluye que es factible otorgar la gratuidad del trámite de expedición de copias certifi cadas y extractos de actas registrales, para la población en situación de extrema pobreza y vulnerabilidad ubicados en la Provincia de Huancavelica, con cargo a los Recursos Presupuestarios del Pliego 033: RENIEC, y su afectación será en la medida en que se realicen las certifi caciones de actas registrales correspondientes;