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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de junio de 2010 420425 2010, comunicó el auspicio de dicha representación diplomática para la realización en París de la exposición a que se refi ere el primer considerando; Que, la Subsecretaría de Política Cultural Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Facsímil (SPC) Nº 172 de fecha 19 de mayo de 2010, comunica el auspicio de la misión diplomática peruana en Francia para la realización de la referida exposición; Que, los bienes culturales cuya prórroga de autorización de salida temporal del país se solicita, se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito de la Póliza Nº 290301448 de la empresa Assicurazioni Generali S.p.A., con una cobertura que ha sido ampliada hasta el 10 de marzo de 2011; Que, el artículo 34° de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para casos de exhibición con fi nes científi cos, artísticos y culturales, por un término no mayor de un año, prorrogable por igual período por una sola vez, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la prórroga del plazo de la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158; el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley N° 26510; y la Ley N° 28296; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Prorrogar hasta el 26 febrero de 2011, la autorización de salida temporal de los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 044-2009-ED de fecha 16 de noviembre de 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de noviembre de 2009, a fi n de que se continúe con su exhibición en la exposición denominada “Inca. Origine e misteri delle civiltà dell´oro” en la Pinacothèque de París, París, República Francesa, del 10 de setiembre de 2010 hasta el 06 de febrero de 2011. Artículo 2°.- Ratifi car los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Resolución Suprema Nº 044-2009-ED, de fecha 16 de noviembre de 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de noviembre de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 505358-18 JUSTICIA Acceden a pedido de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a Canadá RESOLUCIÓN SUPREMA N° 113-2010-JUS Lima, 9 de junio de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 043-2010/ COE-TC del 17 de mayo de 2010, sobre la solicitud de extradición activa a Canadá del ciudadano peruano ROLANDO OSWALDO MATOS MATTOS, formulada por el Vigésimo Quinto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 16 de abril de 2010, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ROLANDO OSWALDO MATOS MATTOS, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio - Estafa, en agravio de Antonia Gallardo Barredo y Juan Augusto Gallardo y Barredo (Expediente Nº 12-2010); Que, mediante el Informe Nº 043-2010/COE-TC del 17 de mayo de 2010, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino Unido de Gran Bretaña, suscrito en Lima el 26 de enero de 1904 y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano peruano ROLANDO OSWALDO MATOS MATTOS, formulado por el Vigésimo Quinto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio - Estafa, en agravio de Antonia Gallardo Barredo y Juan Augusto Gallardo y Barredo y disponer su presentación por vía diplomática a Canadá, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 505358-19 Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenado de nacionalidad mexicana recluido en el Establecimiento Penitenciario del Callao, para que cumpla el resto de su condena en México RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 114-2010-JUS Lima, 9 de junio de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 049-2010/ COE-TC del 26 de mayo de 2010, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad mexicana JORGE LARA CASTILLO; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 10 de diciembre de 2009, la Primera Sala Penal de la Corte