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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de junio de 2010 420438 Presidencia del Poder Judicial Nº 024-2010-P-PJ, de fecha 2 de febrero de 2010, con relación al Proceso Administrativo Nº 01-2010-CPPAD/PJ, instaurado contra el servidor, JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, Secretario Judicial I del Primer Juzgado Mixto de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en virtud a las ausencias injustifi cadas a su centro de labores, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 071-2010-P-PJ, de fecha 6 de abril de 2010, se dispuso instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al servidor JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, Secretario Judicial I del Primer Juzgado Mixto de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por la presunta comisión de la infracción contenida en el literal k) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, en concordancia con lo establecido por el Artículo 128º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, asimismo, a través de la precitada resolución, se dispuso otorgar al servidor JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, el plazo de cinco (05) días hábiles, para que cumpla con presentar su descargo por escrito, conjuntamente con las pruebas que estime conveniente para el ejercicio de su derecho de defensa; Que, en el presente caso, el servidor procesado ha sido válidamente notifi cado del acto administrativo contenido en la precitada resolución, tal y conforme aparece del cargo de notifi cación personal que obra en autos, así como en el Diario Ofi cial “El Peruano”, publicado el 09 de abril de 2010; que no obstante ser así, don JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, no ha cumplido con presentar su descargo dentro del plazo concedido a través de la acotada resolución; Que, mediante, Memorándum Nº. 730-2010-GPEJ- GG/PJ del 07 de abril de 2010, la Gerencia Personal y Escalafón Judicial remite a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial el Memorándum Nº 726-2010-SRB-GPEJ-GG-PJ, a través del cual adjunta el Ofi cio Nº. 1033-A-CSLA/PJ, emitido por la Administración de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en virtud del cual se comunica de las inasistencias del servidor JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, quien si bien es cierto presentó el Certifi cado de Incapacidad expedido por Essalud Nº A-402-00001218-9, correspondiente al período del 12 al 21 de marzo de 2009, también lo es que, desde el vencimiento de aquel período de Incapacidad laboral, hasta la fecha de expedición de la presente resolución el recurrente no ha asistido a su centro de trabajo; Que, de las pruebas actuadas en el presente procedimiento administrativo, se advierte que el servidor JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, registra ausencias injustifi cadas a su centro de trabajo desde el 23 de marzo de 2009 a la fecha, al no registrar autorización alguna para ausentarse de su centro de trabajo en el citado período, y considerando que el servidor procesado no ejercitó su derecho a la defensa al no presentar descargo, se ha llegado a determinar que el mencionado servidor incumplió las obligaciones contenidas en el literal k) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, en concordancia con lo establecido por el Artículo 128º del reglamento de la Ley de bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, siendo así, y estando a los hechos descritos precedentemente, corresponde en este estado, emitir la resolución que corresponde, imponiendo la medida disciplinaria de destitución a don JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, de conformidad con lo dispuesto en el literal d) del Artículo 26º1 de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público del Decreto legislativo Nº 276; Que, de conformidad con las facultades previstas en el Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modifi cado por la Ley Nº 27465 y la Ley Nº 27536, así como en lo dispuesto en los artículos 163º y siguientes del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, probado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; y estando a lo acordado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTITUCIÓN al servidor JUAN DE DIOS CHIMOY QUEPUY, Secretario Judicial I del Primer Juzgado Mixto de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- El ex servidor destituido no podrá reingresar al Servicio Público, durante el término de cinco años computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modifi cado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26488. Artículo Tercero.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón judicial, a la Ofi cina de lnspectoría General del Poder Judicial, Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial y al interesado para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VILLA STEIN Presidente del Poder Judicial 1 Artículo 26º.- Las sanciones por faltas disciplinarias pueden ser: (...) d) Destitución. 504851-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Cuarta Sala Civil de Lima y designan Juez Supernumerario del Décimo Sétimo Juzgado Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 474-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 8 de junio del 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 32133-2010 se le concede licencia con goce de haber a la doctora Zoila Alicia Távara Martínez, Juez Superior Titular de la Cuarta Sala Civil de Lima, para que participe en el curso de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual - Problemática Actual, que se realizará del 05 al 27 de julio del año en curso, en la cuidad de Madrid - España. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo y designar al magistrado que complete el Colegiado de la Cuarta Sala Civil de Lima, estando a la licencia de la doctora Távara Martínez. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con