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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (10/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de junio de 2010 420433 ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 09 de enero de 2011 Segunda Inspección anual del taller 09 de enero de 2012 Tercera Inspección anual del taller 09 de enero de 2013 Cuarta Inspección anual del taller 09 de enero de 2014 Quinta Inspección anual del taller 09 de enero de 2015 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa CORPORACION MAC- GNV AUTOMOTRIZ S.A.C., deberá presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 05 de noviembre de 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 05 de noviembre de 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 05 de noviembre de 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 05 de noviembre de 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 05 de noviembre de 2014 En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. El costo por la publicación de la presente la Resolución será asumida por la empresa recurrente. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE G. MEDRI GONZALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 498032-1 Autorizan a la Escuela de Conductores Caminos del Inca E.I.R.L., la modificación e incremento de su plana docente RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1189-2010-MTC/15 Lima, 29 de abril de 2010 VISTOS: los Expedientes Nºs. 2010-004278, 2010- 005391 y 2010-006198, presentados por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ESCUELA DE CONDUCTORES CAMINOS DEL INCA EIRL., en adelante La Escuela, solicitando autorización para la modifi cación e incremento de Plana Docente y de fl ota vehicular; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 02 de noviembre de 2009 se emitió la Resolución Directoral Nº 3394-2009-MTC/15 mediante la que se otorgó a la empresa ESCUELA DE CONDUCTORES CAMINOS DEL INCA EIRL. autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, La Escuela solicita la modifi cación e incremento de su plana docente y para ello cumple con proponer una (01) nueva Directora y dos (02) instructores teóricos de tránsito, quienes reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia requeridos en el literal a) y b) del numeral 43.2 del artículo 43º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, acreditándose el cumplimiento del literal d) del artículo 51º; Que, asimismo La Escuela solicita la ampliación de su fl ota vehicular, cumpliendo para ello con los requisitos establecidos en el numeral 43.4 del artículo 43º en concordancia con lo dispuesto en el literal j) del artículo 51º; Que, el artículo 60º de El Reglamento establece que la autorización como Escuela de Conductores, así como su modifi cación, suspensión o caducidad, para surtir efectos jurídicos serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; asimismo, el primer párrafo del artículo 61º de El Reglamento, dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º, cuya tasa será establecida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del MTC; sin embargo, éste último supuesto no resulta exigible en vista que a la fecha este procedimiento no se encuentra aprobado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, es preciso indicar que el artículo 117° de El Reglamento, dispone que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas de las Escuelas de Conductores, establecidas en los artículos 47°, 48°, 49° y 50° del acotado Reglamento, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, señaladas en el Cuadro de Tipifi cación y Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder, y por ende la ejecución de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del artículo 43°; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 462- 2010-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente; por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ESCUELA DE CONDUCTORES CAMINOS DEL INCA EIRL. la modifi cación e incremento de su plana docente quedando conformada de la siguiente manera: Cargo de Instrucción Docente Autorizado Directora • Carmen Doris Ruiz Salazar Instructores teóricos de Tránsito • Doris Huaygua Guevara • Yolanda Chanducas Moncada • Sarita Betty Sánchez Lezama • Darwin Jesús Silva Bustamante • Rolando Efraín Zevallos Montoya Instructores Prácticos de Manejo • Segundo Baltazar Guevara Vásquez • Fernando Fernández Canán Instructores Teóricos – Prácticos de Mecánica • Marco Antonio Cerna Pérez • José Olegario Cruzado Ramírez Instructor Teórico Práctico en Primeros Auxilios • Ingri Medali Gonzáles Sánchez Psicólogo • Alejandro de la Cruz Rodríguez Díaz