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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de junio de 2010 420532 de los recursos administrativos con los que cuenta el administrado para ejercer su facultad de contradicción contra los actos administrativos emitidos por la entidad , los mismos que no habían sido incluidos en el TUPA; Que, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; Que, por Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, se aprobó el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el cual se establecen precisiones que facilitan el proceso de elaboración del TUPA por parte de las entidades públicas; Que, de acuerdo al Estatuto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 07-94-EF, el Banco de la Nación es una empresa de derecho público, integrante del Sector de Economía y Finanzas; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) toda modifi cación que implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de requisitos o derechos, será aprobada por Decreto Supremo del Sector; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba lineamientos para la elaboración del TUPA; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del nuevo TUPA Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Banco de la Nación, el cual cuenta con 10 procedimientos, que como Anexo forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano y el Anexo en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Banco de la Nación (www.bn.com.pe). Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 506613-3 Ratifican acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN mediante el cual se aprobó la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada de la Empresa Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 074-2010-EF Lima, 11 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 043-2009- EF publicada con fecha 24 de abril de 2009, se ratifi có el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 11 de marzo de 2009, por el cual se incorporó a la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. – INMISA al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo N° 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, asimismo mediante la resolución a que se refi ere el considerando precedente se aprobó la defi nición de la modalidad para llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. – INMISA, siendo la prevista en el Literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; encargándole a su vez la conducción del referido proceso al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, mediante Resolución Suprema N° 052-2009-EF publicada con fecha 15 de mayo de 2009, se ratifi có el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 15 de abril de 2009, mediante el cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A.- INMISA; Que, de conformidad con lo establecido en el Numeral 3 del Artículo 4° del Decreto Legislativo N° 674, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 31 de marzo de 2010, aprobó la modifi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. – INMISA; Que, acorde con lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 4° del Decreto Legislativo N° 674, el acuerdo a que se refi ere el considerando precedente debe ser ratifi cado por resolución suprema; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, modifi cado por la Ley Nº 28488, y la Ley Nº 28660 que determina la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 31 de marzo de 2010, mediante el cual se acordó modifi car el Plan de Promoción de la Inversión Privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. – INMISA. Artículo 2º.- La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 506613-7 EDUCACION Modifican el Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa DECRETO SUPREMO N° 016-2010-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana y promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad;