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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de marzo de 2010 416210 competitiva para aquella entidad o persona que no conozca el mismo. Por dicha razón, resulta procedente declarar la confi dencialidad de dicho Convenio; Que, fi nalmente, con relación a la califi cación de confi dencialidad se ha expedido, el Informe N° 117-2010- GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaría, que complementa la motivación que sustenta la decisión del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, Numeral 4 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaría y de la Gerencia Legal de OSINERGMIN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Califi car, como confi denciales los siguientes documentos presentados por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. - Cálidda, (i) “Anexo 3: Costo de planilla (que incluye el costo promedio de la planilla de Cálidda según puesto)” (Carta GL.MCH.102252), (ii) “Anexo 5: Detalle de la planilla de Cálidda por cargos, correspondiente al año 2009, expresada en Nuevos Soles” (Carta GL.MCH.102267) y (iii) “Convenio de Asesoría de Servicios Técnicos suscrito entre Cálidda y Promigas S.A. E.S.P.” (Carta GL.MPD.102208), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Declarar improcedente la solicitud de califi cación de confi dencialidad de los documentos denominados (i) “Anexo 2: Gastos de planilla de Cálidda correspondiente a los años 2008 y 2009” (Carta GL.MCH.102252), (ii) “Anexo 4: Corrección de las planillas de Gastos de Personal (Carta GL.MCH.102267), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3°.- Establecer que la División de Gas Natural de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, como responsable de la información clasifi cada como confi dencial en la presente resolución, a fi n de que no sea divulgada, debiendo adoptar las medidas adecuadas para el cumplimiento de dicho fi n. Artículo 4º.- Incorpórese el Informe Legal Nº 117- 2010-GART como Anexo y parte integrante de la presente resolución. Artículo 5°.- La presente resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y con el informe legal respectivo serán consignados en la página WEB de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 473680-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Aprueban trámite anticipado, la inscripción del Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Perú S.A. y el registro del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 019-2010-EF/94.06.3 Lima, 17 de marzo de 2010 VISTO: El expediente Nº 2009032201 y el Informe Interno N° 152-2010-EF/94.06.3, del 17 de marzo de 2010, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 221, numeral 14, y otros de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas del sistema fi nanciero pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, siempre que sean de su propia emisión; Que, mediante sesión de Directorio de HSBC Bank Perú S.A., celebrada el 26 de noviembre de 2008, se aprobó el “Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Perú S.A.” hasta por un monto máximo de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. Asimismo, se acordó delegar en el Vicepresidente de Finanzas y Recursos Humanos, señor Juan Pedro Paz- Soldán Franco y en el Vicepresidente de Operaciones y Tecnología, señor Christopher Levy, de manera expresa y de la forma más amplia que permitan las leyes aplicables y el estatuto social, las facultades sufi cientes para que de manera conjunta, en representación de HSBC puedan determinar todos los términos, condiciones y características del programa; Que, mediante Resolución SBS N° 9895-2009, del 07 de agosto de 2009, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opinó favorablemente para que HSBC Bank Perú S.A. realice el “Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Perú S.A.”, hasta por un monto máximo de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. Que, el 17 de marzo de 2010, HSBC Bank Perú S.A. completó su solicitud de aprobación del trámite anticipado; de inscripción del “Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Perú S.A.”; el registro del prospecto marco respectivo; así como la inscripción de los valores correspondientes a la primera emisión del mencionado programa, y el registro del prospecto informativo complementario respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que HSBC ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias, habiéndose verifi cado asimismo que a la fecha el emisor cumple con la condición de Entidad Califi cada; Que, el artículo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, así como las relativas a la aprobación de trámites anticipados, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido por el artículo 36, del Reglamento de Organización y Funciones de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038- 2007-EF, por el que se faculta a la Dirección de Emisores a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y efectuar todo trámite vinculado a dichas ofertas, así como disponer la inscripción y registros que correspondan en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el “Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Perú S.A.”, hasta por un monto máximo de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, y disponer el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores.