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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2010 (31/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 66

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de marzo de 2010 416509 medidas correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector 475557-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban el Reglamento para la elección de representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 0002-2010-GORE-ICA Ica, 25 de febrero de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día dieciseis de febrero del año dos mil diez, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680 de reforma constitucional, capítulo XIV, título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regional, Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y el Dictamen Nº 002-2010- CPPYAT/CR de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre aprobación del Reglamento para Elección de representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional-CCR del Gobierno Regional y demás normas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera en un Pliego Presupuestal; Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, por el cual se dispone regular la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente a los Gobiernos Regionales. Todo ello dentro del proceso de descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada mediante Ley Nº 27902, establece la estructura orgánica básica del Gobierno Regional, la que está compuesta por el Consejo Regional, la Presidencia Regional y el Consejo de Coordinación Regional, siendo ésta ultima el órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional con las Municipalidades e integrado por los Alcaldes Provinciales y por los representantes de la Sociedad Civil, con sus funciones y atribuciones que le señala la Ley; Que, de acuerdo al artículo 11-A de la Ley Nº 27902, establece la composición y funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional, la cual está integrado por el Presidente del Gobierno Regional quien lo preside, pudiendo delegar tal función en el Vicepresidente Regional, los Alcaldes Provinciales y los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil; la proporción de los Alcaldes Provinciales y representantes de la Sociedad Civil será de 60% y 40% respectivamente. Al menos la tercera parte de los representantes de la Organizaciones de la Sociedad Civil deberá corresponder a instituciones de empresarios y productores; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 28013, ley que modifi ca la Ley Nº 27867, modifi ca e incorpora la décimo quinta disposición transitoria, complementaria y fi nal, señalando que dentro de los sesenta días naturales del año correspondiente se realizará la elección de representantes de la Sociedad Civil y la instalación de los Consejos de Coordinación Regional, para cuyo efecto se hace necesaria su reglamentación, mediante Ordenanza Regional; Que, en atención a las consideraciones precedentes y el Dictamen Nº 002-2010-CPPAT/CRI favorable emitido por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Consejo Regional en sesión ordinaria de la fecha, previa deliberación acordó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento para la elección de representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional-CCR del Consejo Regional de Ica, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente, que permita garantizar el adecuado desarrollo de actividades del Consejo de Coordinación Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria del dieciséis de febrero del año dos mil diez, con el voto aprobatorio del pleno del Consejo Regional de Ica y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Elección de representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional - CCR del Gobierno Regional de Ica, la cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, que anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, el Cronograma de Elección y Participación de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Ica, para el periodo 2010 – 2012, que en anexo forma integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ica, para que en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el diario de mayor circulación de la Región Ica, previa las formalidades de Ley, debiendo incluir además en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgación. En Ica, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diez. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RÓMULO TRIVEÑO PINTO Presidente del Gobierno Regional Ica 474203-2 Autorizan el inicio e implementación del Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2011 ORDENANZA REGIONAL Nº 0003-2010-GORE-ICA Ica, 25 de febrero de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día dieciséis de febrero del año dos mil diez, visto el Dictamen Nº 001-2010-CPPYAT/ CR de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre Ordenanza Regional