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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de marzo de 2010 416504 con ello se podría agravar la problemática de quienes brindan el servicio y, por lo tanto, la sostenibilidad. En este contexto, resulta imprescindible evaluar la política de subsidios que busca benefi ciar al poblador rural. Así, en lo que se conoce como “sectores típicos rurales”, las empresas aplican la tarifa ponderada de la empresa concesionaria y los descuentos establecidos por el Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE), con lo cual muchos usuarios rurales acceden a tarifas más bajas que los otros usuarios residenciales de la concesión. Sin embargo, esta tarifa resulta aun elevada con relación a los ingresos totales de los usuarios rurales; lo que se agrava para los sectores rurales fuera del área de concesión de la distribuidora, donde las tarifas no se ponderan con otras más económicas. Resulta más grave aún en sistemas aislados, donde el componente de la tarifa de generación es bastante elevado. La mayoría de los benefi ciarios del FOSE -cuyo fi n es subsidiar a usuarios con consumos mensuales menores a 100 Kw- son consumidores de regiones de la costa y de zonas urbanas. El FOSE benefi cia al 60% del total de hogares (cerca de 2,4 millones de usuarios), de los cuales son consumidores rurales menos de una cuarta parte (15% del total de hogares ó 0,6 millones de usuarios). La normativa de electrifi cación rural no establece criterios que permitan diferenciar a los segmentos rurales autosostenibles de aquéllos que para ser sostenibles requieren un subsidio a la inversión o un subsidio inclusive a los costos de operación y mantenimiento. Los sistemas rurales conectados al SEIN suelen acceder de manera más fácil a los subsidios existentes, por lo que su operación económica, en principio, es viable. En los sistemas rurales conectados al SEIN existe una serie de defi ciencias desde el punto de vista de la calidad del servicio, especialmente en los extremos (puntas o fi nales) de la red. Esto se suele atribuir a variables diversas: grandes distancias, altas dispersiones y bajos consumos que originan que las empresas concesionarias de electricidad presten menor atención a las localidades más alejadas. En los sistemas rurales aislados, la sostenibilidad es muy variable debido a la gran diversidad de tecnologías, dimensiones, control o propiedad y modos de gestión. Respecto a la calidad del servicio en los sistemas rurales aislados, cabe señalar la especial importancia de la tecnología utilizada. Asimismo, en los casos estudiados y supervisados en los que se producen interrupciones y fl uctuaciones, se señala que éstas se asocian a fenómenos de la naturaleza y condiciones climáticas de la región. Por otro lado se indica la existencia de fallas técnicas, como la falta de mantenimiento de la central y los equipos, así como el hurto de la infraestructura, en particular de los conductores de electricidad. En lo concerniente a la continuidad del alumbrado público se presentan problemas como la interrupción por fl uctuaciones en el voltaje. No es poco común la existencia de postes de madera deteriorados por su antigüedad, que podrían convertirse en un peligro para la población. Los sistemas aislados con potencias menores a 500 Kw no están obligados a solicitar concesión. No pueden acceder a algunos benefi cios como los subsidios. No se encuentran bajo el ámbito del OSINERGMIN, por lo que los usuarios no cuentan con un ente regulador y fi scalizador que asegure la calidad del servicio, ni con una entidad especializada ante la cual presentar sus quejas o reclamos. La gestión para la expansión del servicio es asumida por diversos actores. Las municipalidades distritales suelen vincularse con el Gobierno Regional o directamente con el MEM o con el Fondo Nacional de Cooperación para el Desarrollo (Foncodes). Cuando no existe una presencia ostensible de la municipalidad distrital, la propia comunidad campesina intenta establecer vínculos con organizaciones no gubernamentales y con el Gobierno Regional. En zonas abastecidas por microcentrales hidroeléctricas existen expectativas creadas en torno a obtener la conexión con el SEIN. En cuanto a los caseríos rurales sin acceso a los servicios de la electrifi cación, existen diversas iniciativas, fundamentalmente a cargo del MEM y de los Gobiernos Regionales. Ya se pusieron en marcha el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER), proyectos de electrifi cación del Gobierno Regional de Cajamarca y proyectos del MEM vinculados al “shock de inversiones del Gobierno Nacional”. En estos casos, las municipalidades distritales son las que inician las gestiones para que se incorporen los caseríos en los planes de expansión futura. La experiencia mostrada en la investigación de la que se da cuenta en el Informe Defensorial que se aprueba mediante la presente, permite colegir que en los casos en que los sistemas aislados han sido administrados por gobiernos locales o autoridades comunales, se suelen presentar los siguientes inconvenientes: indefi nición de las responsabilidades; falta de manejo técnico, carencia de un plan de operación y mantenimiento, escasa capacidad de gestión; ausencia de criterios de administración; falta de manejo y cálculo de costos; uso indiscriminado de la energía sin posibilidad, por lo general, de realizar mediciones; ausencia de tarifas técnicamente establecidas, generalmente tienen tarifa única o plana. En tal sentido, es necesario estudiar mecanismos que permitan (e incentiven) que el servicio sea prestado por las empresas distribuidoras, a fi n de garantizar la sostenibilidad y el funcionamiento en condiciones de calidad y seguridad idóneas para la población. Es necesario ampliar los esfuerzos de aprovechamiento de las fuentes de energía renovables en el ámbito rural, considerando que éstas generan un impacto mucho menor en comparación a las fuentes convencionales como el carbón, el lignito y el petróleo. La sustracción delictiva de la infraestructura de los servicios públicos ocasiona efectos directos sobre todos los usuarios, en especial respecto a aquéllos con menores recursos económicos y en mayor estado de indefensión. Asimismo, contribuye a postergar más el acceso de los ciudadanos que hoy no cuentan con estos servicios, en especial en las zonas rurales. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 149 denominado “La Electrifi cación Rural en el Perú: Derechos y Desarrollo para Todos”, elaborado por la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a la Presidencia del Consejo de Ministros: a) Utilizar en todos los programas orientados a fomentar el desarrollo rural un único criterio, compartido por las distintas entidades competentes, para identifi car a su población benefi ciaria, considerando las distintas dimensiones que conforman el concepto de “lo rural”, tales como la geografía, el desarrollo de actividades económicas de la población, la densidad poblacional, entre otros factores. b) Diseñar un Sistema Nacional de Desarrollo Rural, conformado por organismos públicos, de los distintos niveles de gobierno, vinculados al desarrollo rural. Dicho sistema debe defi nir y coordinar la estrategia conjunta estatal para las poblaciones rurales y la implementación de los planes, a fi n de superar las visiones sectoriales y centralista del ámbito rural y articular las políticas públicas de desarrollo rural y asignación de recursos, en un contexto de fortalecimiento del proceso de descentralización y de respeto por la diversidad cultural. El sistema debería ser aprobado por Ley del Congreso de la República, a fi n de conferirle una mayor jerarquía y sólida estabilidad. Artículo Tercero.- RECOMENDAR al Congreso de la República: a) Ampliar el ámbito de las funciones y competencias del OSINERGMIN, a fi n de que asuma el rol de organismo regulador y supervisor de todos los servicios de electricidad rurales prestados por distintos agentes públicos y privados, asegurando la calidad del servicio y ante el cual puedan presentarse quejas o reclamos y, asimismo, con el objeto de que colabore con el MEM en el desarrollo de dichos servicios. Con el propósito de asegurar la viabilidad de la medida, la ampliación de funciones y competencias deberá contemplar un proceso de gradualidad. b) Aprobar los proyectos de ley Nº 952/2006-CR y Nº 1708/2007-CR, destinados a precisar el marco legal vigente y regular la disposición de chatarra proveniente de los materiales usados para la prestación de servicios públicos de infraestructura, con vistas a reducir el impacto de los delitos que afectan la prestación de los servicios públicos rurales.