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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de marzo de 2010 416506 del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil- RENIEC, se emitirá la resolución de aprobación de los padrones electorales, tanto para la Elección del Consejero por los Colegios de Abogados como para la Elección de los Consejeros por los Colegios Profesionales del País; Que, en ese contexto, la ONPE ha elaborado los padrones electorales correspondientes a las citadas elecciones, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 4º de las disposiciones mencionadas en el considerando anterior, determinándose el número total de electores que conforman cada uno de los padrones, motivo por el cual corresponde emitir el acto administrativo que los apruebe; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y el literal k) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Sistemas e Informática Electoral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los padrones electorales para la Elección del Consejero por los Colegios de Abogados, así como para la Elección de los Consejeros por los Colegios Profesionales del País; que en calidad de Anexos Nos. 1 y 2, respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de los padrones y la Resolución Jefatural que los aprueba en el portal institucional, www.onpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa 474696-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garantías la apertura de oficina especial en la ciudad de Arequipa RESOLUCIÓN SBS N° 2763-2010 Lima, 22 de marzo del 2010. EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa SECREX COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍAS, para que se le autorice la apertura de una ofi cina especial, ubicada en Avenida Cayma C.3 W 407, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, y; La comunicación presentada por la empresa SECREX COMPAÑíA DE SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTíAS, en la que informa que dejará de compartir con La Positiva Seguros y Reaseguros la ofi cina ubicada en San Francisco 301-302, ciudad y departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 5.1 de la Resolución SBS N° 775-2008, SECREX COMPAÑíA DE SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTíAS ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia la apertura de la citada ofi cina especial; asimismo, comunica que ya no hará uso del local compartido con La Positiva Seguros y Reaseguros ubicado en San Francisco 301-302, ciudad y departamento de Arequipa, cuya autorización fue otorgada mediante Resolución SBS Nº1387-2003; Estando a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros “B”, mediante Informe N° 021-2010-ASSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, la Resolución SBS N° 775-2008; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a SECREX COMPAÑíA DE SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTíAS, la apertura de una ofi cina especial ubicada en la Avenida Cayma C.3 N°407, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la parte pertinente de la Resolución SBS N°1387-2003, mediante la cual se autorizó a SECREX COMPAÑíA DE SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTíAS, a compartir con La Positiva Seguros y Reaseguros la ofi cina ubicada en San Francisco 301-302, ciudad y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 474450-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. la apertura de dos oficinas especiales en los distritos de Las Lomas y Tambogrande, departamento de Piura RESOLUCIÓN SBS Nº 2852-2010 Lima, 23 de marzo de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. para que se le autorice la apertura de dos ofi cinas especiales ubicada en el departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la ofi cina especial solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”, mediante el Informe Nº 89-2010-DSM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775- 2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y el memorando Nº 144- 2010-SABM. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. la apertura de dos ofi cinas especiales ubicadas en (i) Jr. Lima Nº 303, distrito Las Lomas, provincia y departamento de Piura; y, (ii) Av.