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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2010 (31/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 66

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de marzo de 2010 416493 Artículo 3º.- LUGAR DE ENTREGA Sustitúyase el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 267-2004/SUNAT por el siguiente texto: “Artículo 4º.- LUGAR DE ENTREGA La declaración jurada a que se refi ere la presente resolución deberá ser presentada a la SUNAT en los siguientes lugares: a) Tratándose de Empresas del Sistema Financiero con domicilio fi scal en la ciudad de Lima, en la mesa de partes de la sede central ubicada en la avenida Garcilaso de la Vega Nº 1472 – Lima. b) Las demás Empresas del Sistema Financiero, en la mesa de partes de la Intendencia u Ofi cina Zonal que corresponda a su domicilio fi scal.” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Segunda.- APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 1º Lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 267-2004/SUNAT modifi cado por la presente Resolución, se aplicará a las Empresas del Sistema Financiero a las que alude dicho artículo, incluso cuando su constitución o el establecimiento en el país de una sucursal se hubiese producido con anterioridad a la entrada en vigencia de esta Resolución, siempre que se les notifi que el certifi cado de autorización de funcionamiento a partir de la vigencia de la presente Resolución. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- INFORMACIÓN DE LOS MEDIOS DE PAGO DE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO CON AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE ESTA RESOLUCIÓN Las Empresas del Sistema Financiero constituidas o con sucursal establecida en el país, cuyo certifi cado de autorización de funcionamiento les hubiera sido notifi cado con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución y que no hubieran proporcionado a la SUNAT la información a que se refi ere el artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 267-2004/SUNAT, deberán hacerlo con carácter de declaración jurada, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolución, conforme a lo dispuesto por el mencionado artículo 1º. Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable para aquellas Empresas del Sistema Financiero que no hubieran estado obligadas a presentar la información al 1 de diciembre de 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 475162-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban transferencia en dominio fiduciario de terreno de propiedad del Estado a fin de llevarse a cabo el desarrollo del proyecto de construcción del Teatro Nacional JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 057-2010/SBN-GO-JAD San Isidro, 30 de marzo de 2010 Visto, el Expediente Nº 074-2010/SBNJAD, en el cual se sustenta la transferencia en dominio fi duciario del inmueble de 12 414,48 m², denominado Lote Nº 03, ubicado con frente a la avenida Javier Prado Este, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, para su administración a cargo de La Fiduciaria S.A.; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, en mérito a la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 004-2007- VIVIENDA, es el organismo público descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales; así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo; Que, el Estado - Ministerio de Educación es propietario del predio: - Predio de 12 414,48 m², denominado Lote Nº 03, ubicado con frente a la avenida Javier Prado Este, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12459418 del Registro de Predios de Lima, respectivamente y con Registros Nº 17085 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales – SINABIP, correspondiente al departamento de Lima. Que, el Secretario General del Ministerio de Educación, en mérito al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, suscrito con fecha 01 de marzo de 2010, entre el Ministerio de Educación y el Patronato del Teatro Nacional, con Ofi cio Nº 342-2010-ME/SG de fecha 29 de marzo de 2010, solicita la aprobación de la transferencia en dominio fi duciario el predio sub materia a favor de La Fiduciaria S.A. y la constitución de un fi deicomiso de administración para la construcción y puesta en funcionamiento del Teatro Nacional; Que, el artículo 60º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que es procedente la transferencia en dominio fi duciario de bienes inmuebles de dominio privado del Estado y será aprobada por Resolución de la SBN; Que, la constitución y ejecución del presente Fideicomiso se rige por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y demás normas sobre la materia; Que, el presente predio ha sido tasado, fi jándose su valor comercial en la suma de S/. 34 151 997,39 (treinticuatro millones ciento cincuentiuno mil novecientos noventa y siete con 39/100 nueve soles); Que, de acuerdo a los literales b) y l) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/ SBN, de fecha 03 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones realizar las transferencias patrimoniales de la propiedad inmobiliaria estatal, así como, emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007- VIVIENDA, Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/ SBN y la Resolución Nº 066-2009/SBN; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 289-2010/SBN-GO-JAD de fecha 30 de marzo de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en dominio fi duciario del terreno de propiedad del Estado - Ministerio de Educación de 12 414,48 m², denominado Lote Nº 3, ubicado en la avenida Javier Prado Este, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12459418 del Registro de Predios de Lima, para la constitución de un Patrimonio Fideicometido bajo la administración de La Fiduciaria S.A., a fi n de llevar a cabo el desarrollo del proyecto de construcción del Teatro Nacional.