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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de mayo de 2010 418787 Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de fecha de 22 de abril 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Alejandro Villavicencio Mejía, Jefe del Departamento de Caja de la Gerencia de Gestión del Circulante, a la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, del 16 al 21 de mayo, y al pago de los gastos, a fi n de que participe en el curso que se indica en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto aproximado que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 306,69 Viáticos US$ 1 200,00 Tarifa Única de uso de Aeropuerto US$ 31,00 _______ TOTAL US$ 1 537,69 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 490769-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Disponen inscripción de la Organización Política Local Distrital “El Progreso es Bueno” en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN N° 001-2010- ROP/JNE/LIMA Lima, 7 de mayo de 2010. VISTA: La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Iván Nilton Almonacid Muñoz, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) ““EL PROGRESO ES BUENO”, del distrito de Lurigancho, provincia Lima y departamento Lima; CONSIDERANDO: Que, el 12 de marzo de 2010, el ciudadano Iván Nilton Almonacid Muñoz, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) ““EL PROGRESO ES BUENO”, del distrito de Lurigancho, provincia de Lima y departamento Lima; solicitó la inscripción de dicha agrupación ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo al artículo 17° de la Ley 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripción de una Organización Política Local Distrital se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitución de un comité en el distrito de Lurigancho, provincia Lima y departamento Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; Que, mediante Ofi cio N° 851-2010-SGAE/GOR/ RENIEC, de fecha 07 de abril del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), informó que de un total de 6,892 fi rmas presentadas por la OPLD se declararon válidas 1428 fi rmas, cantidad que supera las 688 fi rmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comité distrital, se ha verifi cado que el acta de constitución de su comité distrital ha sido suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comité tal como se acredita con el Informe N° 077-2010-LGAA/DNFPE/ JNE, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales; Que, también la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos; el órgano directivo con mención de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del distrito de Lima; Que, con fecha 28 de abril del 2010, se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 29 de abril del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Ofi cina de Servicios al Ciudadano de nuestra institución y conforme es de verse en el Informe N° 20-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “EL PROGRESO ES BUENO” del distrito de Lurigancho, provincia de Lima y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro especial de Organizaciones Políticas Locales, tomo 12, partida electrónica número 06 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos Iván Nilton Almonacid Muñoz y Edwin Hugo Ricaldi Tapia, respectivamente. Regístrese y notifíquese. YURI FRANK ROMERO ROMERO Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Políticas – Lima 491560-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban Procedimientos para el sorteo de asignación de números a los candidatos participantes y de ubicación de los candidatos en la cédula de sufragios a utilizarse en las Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 083-2010-J/ONPE Lima, 10 de mayo de 2010