Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2010 (12/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de mayo de 2010 418789 Artículo 6°.- Sorteo de asignación de números pares a los candidatos de otros Colegios Profesionales. Se realizará de acuerdo a los pasos siguientes: a) Se ordena alfabéticamente por apellido paterno, los nombres de los candidatos de los otros Colegios Profesionales. b) Se selecciona tantos bolillos pares de manera consecutiva como número de candidatos existan para otros Colegios Profesionales, tomando como referencia la relación de inscripción defi nitiva de candidatos. c) Se muestra a los asistentes cada bolillo antes de introducirlos en el bolillero. d) Se invita a una persona, de preferencia un menor de edad, para extraer del bolillero uno a uno los bolillos, mostrándolos a los asistentes. Se deberá revolver el bolillero cada vez que se extraiga un bolillo. e) Se asigna el número del primer bolillo que se extrae al primer candidato de la lista ordenada alfabéticamente, luego se asigna el número del segundo bolillo que se extrae al segundo candidato de la lista ordenada alfabéticamente y así sucesivamente, hasta el último bolillo. f) Se registra, simultáneamente al paso anterior, los resultados obtenidos, mostrando a los asistentes mediante la pantalla los números asignados a los candidatos. g) El notario público dará conformidad a los bolillos extraídos y a la asignación de números realizada. Artículo 7°.- Publicidad y elaboración de actas de los resultados del sorteo. Una vez obtenido el resultado de los sorteos mencionados, se hace público los números que corresponden a cada candidato que participará en las Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País. De lo anterior se levantarán cuatro actas que serán entregadas al Notario Público, a los representantes del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, y una quedará en poder de la ONPE. Asimismo, se entregarán ejemplares de las actas a los personeros que lo soliciten y una copia de la misma al representante de la Defensoría del Pueblo. ANEXO A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 083-2010-J/ONPE ANEXO N° 02 PROCEDIMIENTO PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN DE LOS CANDIDATOS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO A UTILIZARSE EN LAS ELECCIONES DE CONSEJEROS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA POR LOS MIEMBROS DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS Y LOS COLEGIOS PROFESIONALES DEL PAÍS Artículo 1°.- Sede y responsables del sorteo El sorteo se realizará en la sede central de la ONPE, Jr. Washington N° 1894-Lima y estará a cargo de la Ofi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional de la ONPE. Artículo 2°.- Etapas del sorteo El sorteo se realiza en dos etapas: c) Sorteo de ubicación de los candidatos de los Colegios de Abogados. d) Sorteo de ubicación de los candidatos de otros Colegios Profesionales. Artículo 3°.- Retiro o desistimiento de un candidato En caso algún candidato se retire o desista de participar en el proceso electoral, la ubicación asignada será tomada por el candidato al que corresponda la posición inmediata inferior, según el orden establecido mediante sorteo. Artículo 4º.- Actividades Preparatorias Previamente al sorteo, la ONPE confi rmará la presencia de un Notario Público, la concurrencia del representante del Jurado Nacional de Elecciones- JNE, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, de la Defensoría del Pueblo y de los personeros de los candidatos participantes. Artículo 5°.- Ubicación en la cédula de sufragio de los candidatos de los Colegios de Abogados Se realizará de acuerdo a los pasos siguientes: a) La ONPE da la bienvenida a los asistentes y lee la metodología del sorteo, de acuerdo al procedimiento aprobado. b) Se asigna bolillos con números impares (teniendo en cuenta el sorteo anteriormente realizado), a cada candidato de los Colegios de Abogados. c) Se muestra a los asistentes cada bolillo antes de introducirlos en el bolillero. d) Se invita a una persona, de preferencia un menor de edad, para extraer del bolillero uno a uno los bolillos, mostrándolos a los asistentes. Se deberá revolver el bolillero cada vez que se extraiga un bolillo. e) Se asigna la primera ubicación al candidato que corresponde el primer bolillo que se extrae, luego se asigna la segunda ubicación al candidato que corresponde el segundo bolillo que se extrae y así sucesivamente hasta el último bolillo. f) Se registra, simultáneamente al paso anterior los resultados obtenidos, mostrando a los asistentes mediante la pantalla la ubicación asignada a los candidatos. g) El notario público dará conformidad a los bolillos extraídos y a la ubicación asignada en la cédula de los candidatos. Artículo 6°.- Ubicación en la cédula de sufragio de los candidatos de los otros Colegios Profesionales Se realizará de acuerdo a los pasos siguientes: a) La ONPE da la bienvenida a los asistentes y lee la metodología del sorteo (de acuerdo al procedimiento aprobado). b) Se asigna bolillos con números pares (teniendo en cuenta el sorteo anteriormente realizado) a cada candidato de los otros Colegios Profesionales. c) Se muestra a los asistentes cada bolillo antes de introducirlos en el bolillero. d) Se invita a una persona, de preferencia un menor de edad, para extraer del bolillero uno a uno los bolillos, mostrándolos a los asistentes. Se deberá revolver el bolillero cada vez que se extraiga un bolillo. e) Se asigna la primera ubicación al candidato que corresponde el primer bolillo que se extrae, luego se asigna la segunda ubicación al candidato que corresponde el segundo bolillo que se extrae y así sucesivamente hasta el último bolillo. f) Se registra, simultáneamente al paso anterior los resultados obtenidos, mostrando a los asistentes mediante la pantalla, la ubicación asignada a los candidatos. g) El notario público dará conformidad a los bolillos extraídos y a la ubicación asignada en la cédula de los candidatos. Artículo 7°.- Publicidad y elaboración de actas de los resultados del sorteo. Una vez obtenido el resultado de los sorteos mencionados, se hace pública la ubicación de los candidatos en las cédulas de sufragio para la elección del representante de los Colegios de Abogados y para la elección de los representantes de los otros Colegios Profesionales del País. De lo anterior se levantarán cuatro actas que serán entregadas al Notario Público, a los representantes del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, y una quedará en poder de la ONPE. Asimismo, se entregarán ejemplares de las actas a los personeros que lo soliciten y una copia de la misma al representante de la Defensoría del Pueblo. 491923-1