Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2010 (15/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2010

Que, en el articulo 34º del Reglamento, se establece que: "El Pleno del CONAFU se pronunciara, en el termino de quince (15) dias calendarios a partir de la recepcion del Informe Final de la Comision de Evaluacion y Consolidacion, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobacion, o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Posgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podra adoptar cualquiera de las recomendaciones senaladas en el articulo 32º"; Que, con escrito s/n recibido con fecha 22 de marzo de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad La Salle, remite el Informe Final de la Calificacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del referido proyecto universitario, de acuerdo al puntaje obtenido de la calificacion de dicho proyecto, esta supera el puntaje minimo para su aprobacion; Que, con Oficio Nº 317-2010-CONAFU-CDAA de echa 29 de marzo de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos informa que en referencia al Informe Final presentado por el Presidente de la Comision Calificadora encargada de calificar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad La Salle, el Consejero manifiesta que el referido proyecto universitario ha cumplido con todas sus etapas, culminando con el Informe Final de la Comision de Calificacion, la que recomienda aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del referido Proyecto con las Carreras Profesionales de: Ingenieria Informatica, Derecho y Administracion y Negocios Internacionales; Que, en la sesion de fecha 29 de marzo de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 138-2010CONAFU acordo por MAYORIA: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad La Salle, presentado por el senor MORDAZA Sagredo Sagredo, en representacion de la Asociacion "Instituto de Hermanos de las Escuelas Cristianas, con las Carreras Profesionales 1) Administracion y Negocios Internacionales, 2) Derecho, 3) Ingenieria Informatica; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, bajo la forma de una Asociacion Civil sin fines de lucro; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º inciso d) y e) de Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad La Salle, presentado por el senor MORDAZA Sagredo Sagredo, en representacion de la Asociacion "Instituto de Hermanos de las Escuelas Cristianas, con las Carreras Profesionales 1) Administracion y Negocios Internacionales, 2) Derecho, 3) Ingenieria Informatica; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, bajo la forma de una Asociacion Civil sin fines de lucro; Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la promotora del Proyecto de Universidad La Salle que para la continuacion de su evaluacion del referido proyecto universitario se aplicara el reglamento para la autorizacion de funcionamiento de universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Articulo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los articulos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; bajo apercibimiento de aplicarse el articulo 37° de la MORDAZA MORDAZA citada. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 493292-1

Otorgan autorizacion provisional de funcionamiento a la Universidad Autonoma San MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 196-2010-CONAFU MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 VISTOS: La Carta s/n recibida con fecha 05 de febrero de 2008, la Resolucion N° 386-2009-CONAFU de fecha 10 de agosto de 2009, la Carta N° 070/SPEA/2010 recibida con fecha 10 de marzo de 2010, la Resolucion N° 139-2010 de fecha 15 de marzo de 2010, la Resolucion N° 165-2010 de fecha 24 de marzo de 2010, la Carta N° 069/SPEA/2010 recibida con fecha 25 marzo de 2010, el Escrito s/n recibido con fecha 26 de marzo de 2010, el Oficio N° 336-2010-CONAFU-CDAA de fecha 29 de marzo de 2010 y el Acuerdo Nº 145-2010-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 29 de marzo de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo; en concordancia con el articulo 3° inciso b) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 8º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004 (en adelante Reglamento), se establece que: El Proyecto de Desarrollo Institucional, consolida los resultados del estudio de los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos e institucionales con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una Universidad o Escuela de Postgrado particular no pertenecientes a universidades, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento"; Que, por Carta s/n recibida con fecha 05 de febrero de 2008, el senor MORDAZA Ettore MORDAZA Alcocer, en nombre de la Sociedad Promotora Educativa MORDAZA S.A.C., presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Autonoma San MORDAZA, para su evaluacion correspondiente; Que, por Resolucion N° 386-2009-CONAFU de fecha 10 de agosto de 2009, se resuelve: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma San MORDAZA presentado por la Sociedad Promotora Educativa MORDAZA S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Turismo, Hoteleria y Gastronomia, 2) Ingenieria Comercial y Financiera, 3) Ingenieria Industrial y 4) Lengua, Traduccion e Interpretacion, bajo el Regimen Legal de la Ley Nº 23733; Que, en el articulo 10º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo la Competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante el Reglamento); se establece que: "El procedimiento para la Autorizacion de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a tramite, tiene cuatro (4) Fases: 1.- Evaluacion para la aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional. 2.- Implementacion Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado. 3.Verificacion de la Implementacion Inicial. 4.- Autorizacion del funcionamiento provisional de la universidad;

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