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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428951 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION “VIDA SIN HUMO” la modifi cación e incremento de su plana docente, la que queda conformada de la siguiente manera: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • Edwin Vega Badillo Instructores Teóricos de Tránsito • Juan José Martínez Gutiérrez • Peter John Trujillo Oviedo • Rafael A. López Navarro • Victor Manuel Holgado Vargas • José Luis Mendoza Colchado • Maritza Aroni Yahuana • Wilber Chacca Farfán • Vicente Hemergildo Vilchez Córdova Instructores Prácticos de Manejo • Ludicino Tacuri Quispe • Remigio Villanueva Agustín Instructores Teóricos – Prácticos de Mecánica • Rafael A. López Navarro Instructores Teóricos Prácticos en Primeros Auxilios • José Froilan Balbín Guerra • Dula Estela Villarroel Rojas • Orfelinda Puquio Quispe • Juana Pichihua Huamani Psicólogo • Guillermo Mogollón Quinde • Flor Telinda León Ordoñez Artículo Segundo.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION “VIDA SIN HUMO” los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 455808-1 VIVIENDA Transfieren en propiedad terreno ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2010-VIVIENDA Lima, 10 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29006, Ley que autoriza la disposición de inmuebles del Sector Defensa, autorizó al Ministerio de Defensa y a sus Órganos de Ejecución (Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea) a realizar actos de administración y disposición, a título oneroso, de los inmuebles de su propiedad que no resulten necesarios para el cumplimiento de su fi nalidad o no se encuentren considerados en sus planes estratégicos, destinando los recursos que se obtengan para fi nes de bienestar de su personal, considerando asimismo, por excepción la disposición de bienes necesarios para fi nes de Defensa Nacional, especialmente los ubicados en áreas urbanas que almacenen materiales que representen un riesgo para la población; Que, en mérito a la citada Ley, la Marina de Guerra del Perú mediante Ofi cio Nº G.500-659, de fecha 30 de junio de 2008, solicitó al Ministerio de Defensa se realicen las gestiones para la desafectación y transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú del predio de 691 868,98 m2, ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, el cual integra un predio de mayor extensión que fuera afectado en uso al ex Ministerio de Marina, mediante Resolución Suprema Nº 322-73-VI-DB, de fecha 19 de julio de 1973, inscrito en la Ficha Nº 1115021 con continuación en la Partida Nº 42618632 del Registro de Predios de Lima; Que, según Informe Nº 652-2009/SBN-GO-JAD, de fecha 6 de agosto de 2009, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN opina favorablemente para la transferencia predial a favor del Sector Defensa, respecto del área sin superposición registral de 594 533,18 m2, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, la cual forma parte del predio de mayor extensión de propiedad del Estado de 691 868,98 m2, inscrito en la Ficha Nº 1115021 con continuación en la Partida Nº 42618632 del Registro de Predios de Lima, con la fi nalidad que sea destinado a los fi nes previstos en la Ley Nº 29006; Que, mediante el Informe Técnico Nº 061-2010, de fecha 5 de mayo de 2010, la Marina de Guerra del Perú determinó que resultaría favorable realizar actos de administración y/o disposición en el terreno a transferirse, con la fi nalidad de generar recursos económicos en benefi cio de dicho Instituto Armado, en el marco de la Ley Nº 29006; Que, mediante Informe Nº 776-2010/SBN-GO-JAD de fecha 26 de octubre de 2010 la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN informa respecto a la situación física y legal del predio denominado Parcela IMAP el cual cuenta con un área de 594 533,18 m2 y que forma parte del predio inscrito en la Partida Nº 42618632 del Registro de Predios de Lima, no ha sufrido modifi cación respecto a la situación descrita en el Informe Nº 652-2009/SBN- GO-JAD; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Ley Nº 29006, establece que la desafectación y transferencia de los inmuebles que tengan un área de extensión mayor a diez (10) hectáreas, serán aprobados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar la desafectación y la transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Nº 29151, Ley Nº 29006 y el Decreto Supremo Nº 021- 2007-DE/SG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la extinción de la afectación en uso a favor del Estado del terreno de 594 533,18 m2, ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, el cual forma parte del predio de mayor extensión de propiedad del Estado de 691 868,98 m2, inscrito en la Ficha Nº 1115021 con continuación en la Partida Nº 42618632 del Registro de Predios de Lima, que fuera afectado en uso al ex Ministerio de Marina, mediante Resolución Suprema Nº 322-73-VI-DB, de fecha 19 de julio de 1973 y anotado en el Registro Nº 2071 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima. Artículo 2º.- Disponer la independización del área de 594 533,18 m2, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, la cual forma parte del predio de mayor extensión de propiedad del Estado de 691 868,98 m2, inscrito en la Ficha Nº 1115021 con continuación en la Partida Nº 42618632 del Registro de Predios de Lima. Artículo 3º.- Transferir en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú el terreno de 594 533,18 m2, ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, que forma parte del predio de mayor extensión de propiedad del